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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G32/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 12 de junio de 2004 modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y dere- chos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su juris-dicción con los límites que señala la Ley, en concordancia con la Norma IV; Principio de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - De-creto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Muni-cipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionadocuerpo normativo; Que, la Ordenanza Nº 0149-CDLO, en su artículo 2º, exoneró, hasta el 30 de abril de 2004, el 50% de las deu-das correspondientes al Arbitrio de Serenazgo, así como del 100% de los intereses moratorios y reajustes genera- dos por dicho concepto, por el pago al contado de los im-portes anuales correspondientes a los períodos vencidos, precisando en su artículo 4º que las deudas tributarias por concepto de Arbitrios de Serenazgo que se encuentran enproceso de cobranza coactiva podrán acogerse a dicho beneficio; Que, mediante Ordenanza Nº 0153-CDLO, se prorrogó a partir del 5 de mayo del 2004 y hasta el 4 de junio del presente año, el beneficio Tributario contenido en los artí- culos segundo y cuarto de la Ordenanza Nº 0149-CDLO,descritos precedentemente; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplancon la cancelación al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades con- feridas por los Artículos 9º, inciso 8, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y por UNANI- MIDAD aprobó la siguiente; ORDENANZA Nº 0159-CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE EXONERACIÓN PARCIAL POR ARBITRIO DE SERENAZGO POR PAGO AL CONTADO DE PERÍODOS VENCIDOS Artículo Primero.- PRORROGAR a partir del 5 de junio y hasta el 7 de agosto del presente año, los alcances del be- neficio tributario contenido en la Ordenanza Nº 0153-CDLO. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Unidad de Gestión Informática, su debida implementación y a la Se-cretaria General e Imagen Institucional su difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 10960 ORDENANZA Nº 0160-CDLO Los Olivos, 4 de junio de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 028-2004 MDLO-CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la auto- nomía política, económica y administrativa de los Gobier- nos Locales, otorgándole potestad tributaria para crear,modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y dere- chos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su juris- dicción con los límites que señala la Ley, en concordanciacon la Norma IV; Principio de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - De- creto Supremo Nº 135-99-EF;Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Muni-cipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) del mencionadocuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 0141-CDLO se estable- ció, a partir del 16 de febrero al 31 de marzo del 2004, elbeneficio tributario de condonación parcial del 90% del in- terés moratorio y su capitalización anual de tributos co- rrespondiente a períodos vencidos a la fecha, sin conside-rar el Índice de Precios al Por Mayor (IPM) en el Impuesto Predial, por el pago al contado de las Deudas Tributarias contenidas dentro del período anual correspondiente; pre-cisándose que las deudas tributarias que se encuentren en proceso de Cobranza Coactiva pueden acogerse a los alcances del Artículo Primero, siempre que se cancele alcontado toda la deuda por el período anual respectivo; Que, con Ordenanza Nº 150-CDLO se prorrogó hasta el 4 de junio del presente año, los alcances del beneficiotributario de condonación contenido en la Ordenanza Nº 141-CDLO; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades con- feridas por los Artículos 9º, inciso 8, 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y por UNANI-MIDAD aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 0160-CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO TRIBUTARIO DE CONDONACIÓN DEL 90% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A PERÍODOS VENCIDOS POR SU PAGO AL CONTADO Artículo Primero.- PRORROGAR a partir del 5 de ju- nio y hasta el 7 de agosto del presente año, los alcancesdel beneficio tributario contenido en la Ordenanza Nº 0150- CDLO. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Unidad de Gestión Informática, su debida implementación y a la Se-cretaria General e Imagen Institucional su difusión. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 10961 /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G2D /G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G34/G38/G2D/G43/G44/G4C/G4F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G64/G65/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G61/G64/G65/G63/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 0161-CDLO Los Olivos, 7 de junio de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTA: La Moción de la Comisión Permanente de Eco- nomía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 0148-CDLO del 11 de marzo de 2004 se dispuso de noventa (90) días calendario para el proceso de modificación y adecuación del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos de la Municipali- dad de Los Olivos a la nueva Estructura Orgánica y al Re- glamento de Organización y Funciones; plazo en el cual