Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2004 (15/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, martes 15 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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prohibidos, respecto de las empresas o instituciones privadas comprendidas en el sector economico especifico de la Empresa en donde ejerce sus funciones, a realizar lo siguiente: 1) Prestar servicios en estas, bajo cualquier modalidad. 2) Aceptar representaciones remuneradas. 3) Formar parte de directorios, salvo autorizacion expresa del Directorio de FONAFE. 4) Adquirir directa o indirectamente acciones o participaciones de estas, de sus subsidiarias o de las empresas que pudieran tener vinculacion economica. 5) Celebrar, a titulo personal, contratos civiles o mercantiles con estas. 6) Intervenir como abogados, apoderados, asesores, conciliadores, patrocinadores, peritos o arbitros de particulares, en los procesos que tales empresas tengan pendientes con la Empresa en la cual prestan sus servicios, mientras ejercen el cargo.
CAPITULO VI RESPONSABILIDADES DE LOS DIRECTORES

blica de ser el caso, las irregularidades que conozca, cometidas por los Directores que los hayan precedido y/ o los actuales, asi como por cualquier otro funcionario de la Empresa en la que participan. c) Por el incumplimiento de las directivas y demas disposiciones emitidas por FONAFE. f) Por no votar a favor de acuerdos relacionados al cumplimiento de disposiciones legales a cargo del Directorio. Articulo 14º.- La responsabilidad civil por el incumplimiento de lo establecido en la Directiva, no enerva la responsabilidad penal que pueda corresponderle al Director, asi como tampoco la facultad del Directorio de FONAFE de dejar sin efecto la designacion del Director, si fuera el caso.
CAPITULO VII RENUNCIA Y REVOCACION DE LA DESIGNACION DE DIRECTORES

Articulo 13º.- Los Directores responden ilimitada y solidariamente por danos y perjuicios, ante la Empresa en la que ejercen sus funciones, y ante FONAFE, en los siguientes casos: a) Por no votar en contra de acuerdos contrarios a las normas vigentes, el estatuto social de la Empresa en la que participa, los acuerdos adoptados por la Junta General de Accionistas de dicha Empresa, los acuerdos y disposiciones emitidos por FONAFE y, en general, a los intereses del Estado. b) Por no comunicar por escrito a la Direccion Ejecutiva de FONAFE, y a la Contraloria General de la Repu-

Articulo 15º.- La renuncia al cargo de Director se efectua mediante la MORDAZA de una comunicacion escrita dirigida al gerente general y al presidente de Directorio de la Empresa. En caso de renuncia del presidente de Directorio, la comunicacion sera presentada unicamente ante el gerente general de la Empresa. En todos los casos, el Director renunciante debera remitir una MORDAZA de la carta a la Direccion Ejecutiva de FONAFE y al titular del sector al que se encuentra adscrita la Empresa. Articulo 16º.- La renuncia al cargo de Director surte plenos efectos legales a partir de la fecha en que es comunicada a la Empresa, salvo disposicion contraria contenida el estatuto social o MORDAZA legal especial. Las renuncias seran puestas en conocimiento del Directorio de FONAFE. El acuerdo del Directorio de FONAFE mediante el cual este toma conocimiento de las

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas al siguiente correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.

LA DIRECCION

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