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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G37/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de junio de 2004 SE INCLUYE: 1. Adquisición de equipos y bienes duraderos para el "Hospital Municipal Los Olivos" S/. 283,484.00 2. Contratación con empresas para los ser- vicios de vigilancia, lavandería, alimen- tación, aseo y limpieza para el Hospital Municipal "Los Olivos". S/. 105,000.00 Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 11296 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G79 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6F/G63/G61/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G61/G63/G74/G75/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G61/G74/G61/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G36/G2D/G4D/G50/G4C ORDENANZA Nº 140-MPL Pueblo Libre, 18 de mayo del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 03-2004-MPL/CPL-CPDU de la ComisiónPermanente de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritalesson órganos de gobierno local y tienen autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de su compe- tencia; Que, el Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobier-nos locales gozan de autonomía política, económica y ad-ministrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo,señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la fa- cultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y deadministración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, con fecha 28 de febrero de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 136-MPL, la cualentre otros aspectos, aprueba y declara de interés priorita- rio, la actualización catastral en el distrito de Pueblo Libre y concede beneficios administrativos y tributarios a loscontribuyentes que brinden las facilidades para la fiscali-zación de sus predios y culminen con su firma, el procesode actualización catastral. Por ello, es conveniente com-plementar esta Ordenanza, otorgando previamente, mayo- res beneficios administrativos y tributarios, a fin de contri- buir al saneamiento físico - legal de las unidades inmobilia-rias de los vecinos y puedan de ser el caso, incorporar elíntegro del valor de su patrimonio a su capacidad crediti-cia, con el propósito de mejorar su calidad de vida; Que, el numeral 3.3 del artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece entre las fun- ciones específicas exclusivas de las Municipalidades Dis-tritales, la de elaborar y mantener el catastro; Que, el artículo 92º de la Ley Nº 27972, establece que toda obra de construcción, reconstrucción, conservación,refacción o modificación de inmueble, sea pública o priva-da, requiere de licencia del gobierno local, dentro de cuya jurisdicción se halla el inmueble; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Munici-palidades, Ley Nº 27972, sometido a votación en forma re-glamentaria, el Concejo por Mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA TÍTULO I NATURALEZA DEL BENEFICIO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO Artículo Primero.- La naturaleza de los beneficios con- cedidos es: a) Beneficio administrativo, para la regularización de obras ejecutadas sin la correspondiente licencia, incluidas las am- pliaciones, modificaciones, remodelaciones y/o demoliciones. b) Beneficio tributario, consistente en el factor de ajuste o factor de actualización, interés moratorio y multas tribu-tarias referentes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipa-les para aquellos contribuyentes que hubieran incurrido en omisión total o parcial respecto a la presentación de la Declaración Jurada de Impuesto Predial. Estos beneficios comprenden las infracciones corres- pondientes a los años 2000, 2001, 2002 y 2003. TÍTULO II ALCANCE DEL BENEFICIO ADMINISTRATIVO Artículo Segundo.- Concédase el presente beneficio administrativo a los contribuyentes del distrito de Pueblo Libre con ocasión del programa de actualización catastraldispuesto por Ordenanza Nº 136-MPL. Los beneficios administrativos son los siguientes: 1. Entrega gratuita del Formulario Único Oficial. 2. Exoneración de las multas administrativas genera- das por construcciones sin la correspondiente autorización,establecida en la Ley Nº 27157. 3. Simplificación del procedimiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo quinto de la presente Ordenanza. TÍTULO III ALCANCE DEL BENEFICIO TRIBUTARIO Artículo Tercero.- Establecer un beneficio tributario por sesenta (60) días en el período 2004 consistente en la condonación del factor de reajuste o factor de actualiza- ción, incluido intereses moratorios y multas tributarias. Los beneficios tributarios estarán dirigidos a: 1. Las ampliaciones y modificaciones de las áreas cons- truidas y que no han actualizado su Declaración Jurada al Impuesto Predial. 2. Las nuevas edificaciones construidas y que no han presentado su Declaración Jurada de Impuesto Predial,incluyendo las que se encuentran en proceso de ejecucióny no han declarado el avance de obra. TÍTULO IV REQUISITOS DEL BENEFICIO Artículo Cuarto.- Los interesados en acogerse al pre- sente beneficio administrativo para la regularización de Li- cencia de Obra, (Regularización de modificaciones, am- pliaciones, construcciones nuevas y demoliciones), podránpresentar declaración jurada de cumplir con adecuarse alprocedimiento establecido en la presente Ordenanza,adjuntando en un plazo máximo de treinta (30) días los si-guientes requisitos: 1. Hoja de Trámite y Formulario Único Oficial, adjun- tando anexo "D", suscrita por el propietario y el profesionalcorrespondiente.