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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (16/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G37/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de junio de 2004 sustituido dentro de las 24 horas de notificada la tacha al personero de la lista, y el reemplazante debe cumplir losrequisitos para ser candidato e integrante de la Junta Veci-nal Comunal. Artículo Tercero.- Establecer en el Artículo 27º del Reglamento que los nombres de los miembros de mesa serán publicados con una anticipación no menor a siete (7) días calendario a la fecha de las elecciones. Artículo Cuarto.- Establecer en el Artículo 29º del Reglamento que ante la inasistencia de los miembros demesa hasta 30 minutos después del inicio del Proceso Elec-toral, ésta se conformará o complementará con los veci- nos presentes en la cola que acudieran a votar, por orden de llegada. Artículo Quinto.- Modificar el Artículo 37º del Regla- mento, quedando redactado de la siguiente manera: “Artículo 37º.- El acto del sufragio terminará indefecti- blemente a las 15.00 horas”. Artículo Sexto.- Modificar la segunda disposición Tran- sitoria y Final del Reglamento, quedando redactada de lasiguiente manera: “Segunda.- De producirse el caso que en alguna zona no hubiere lista de candidatos, se convocará a eleccionescomplementarias dentro de los siguientes sesenta (60) díascalendario”. Artículo Séptimo.- Déjese subsistente todo lo demás que contiene el Reglamento Electoral de las Juntas Veci- nales Comunales de La Victoria aprobado por OrdenanzaNº 016-04/MDLV del 17 de enero del 2004. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese, publíquese y cúmpla- se. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 11299 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G63/G65/G73/G65/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D /G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN Nº 0449-04-ALC/MDLV La Victoria, 4 de junio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA VICTORIA Visto el Dictamen Final emitido por la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios en el caso del servidor empleado don MARCO ANTONIO CASTROLEON; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Alcaldía Nº 0530-03-ALC/MDLV de fecha 16 de diciembre del 2003, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario al servidor empleado don MAR-CO ANTONIO CASTRO LEON, por haber incurrido en fal-tas injustificadas reiteradas a su centro de labores; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios en su Dictamen de orden emitido con relación al caso en mención, el servidor cuestionado ha demostradouna inconducta funcional y negligencia en el desempeñode sus funciones, incurriendo además en abandono de tra-bajo, acumulando durante el año 2002, cincuenta y ocho(58) faltas injustificadas y de enero a mayo del 2003, vein- tiséis (26) faltas injustificadas; Que, el servidor MARCO ANTONIO CASTRO LEON, ha presentado su descargo con fecha 21 de julio del 2003y las razones que sustenta no desvirtúan de manera algu-na los hechos que se le imputa configurándose la falta dis-ciplinaria incurrida pasible de sanción de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico;Que, por Informe Nº 1503-03-DAJ/MDLV de fecha 30 de octubre del 2003, la Dirección de Asesoría Jurídica sepronuncia en el sentido de que las faltas injustificadas yreiteradas al centro de labores incurridas por el servidorcuestionado, configuran faltas de carácter disciplinario pre-vistos en el Artículo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276 y el Artículo 150º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, pasible de sanción; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios, en su conclusión final, recomiendase sancione al servidor MARCO ANTONIO CASTROLEON, con una suspensión temporal no menor de un (1) año; Que, el comportamiento demostrado por el servidor cuestionado, conforme a las consideraciones expuestas,constituye falta de carácter Disciplinario a tenor de lo pre-visto en el Artículo 28º incisos b) y k) de la Ley de Basesde la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del sec- tor Público, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 276; Que, por la razón expuesta, teniendo en cuenta que la Falta Disciplinaria cometida es pasible de sanción, estan-do a las recomendaciones formuladas por la Comisión Per-manente de Procesos Administrativos Disciplinarios, deconformidad con los Artículos 150º, 151º, 152º, 153º, 154º y 155º inciso c) del Reglamento de la Carrera Administrati- va aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y enuso de las atribuciones conferidas por el Artículo 20º inci-so 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer al servidor empleado don MARCO ANTONIO CASTRO LEON, la sanción de CeseTemporal, sin goce de remuneración, por un período dedoce (12) meses, computados a partir del día siguiente denotificado con el presente acto resolutivo. Artículo Segundo.- Hágase constar la presente Re- solución en el Legajo Personal del mencionado servidor. Artículo Tercero.- La Dirección de Administración y la Unidad de Personal, quedan encargadas de su debido cum-plimiento. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ALEJANDRO BAZÁN GONZALES Alcalde 11298 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G2D /G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G2C /G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G31/G35/G37/G2D/G43/G44/G4C/G4F ORDENANZA Nº 0162-CDLO Los Olivos, 14 de junio de 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTA: La Moción presentada por la Comisión Perma- nente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales son los órganos de gobier- no promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimientode sus fines, que gozan de autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia, confor-me a los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 0157-CDLO de fecha 4 de junio de 2004 se aprobó el Reglamento para la Partici-