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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (16/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 50

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G37/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 16 de junio de 2004 institución rectora del sistema educativo ha perdido la legi- timidad ante la población y la comunidad por el contratosocial que debe conservarse, lamentablemente quebradopor el mismo Estado a partir de sus propios operadores yresponsables del servicio educativo, olvidando su condi-ción de servidores públicos; Que, se tiene el compromiso de revertir el problema por la necesidad del aseguramiento del desarrollo presente yprioritariamente el futuro, a través de la educación, tareaque a la fecha no fue implementado en su real dimensión,por el contrario se ha mediatizado e incluso ignorado por elinterés personal o particular de algunos funcionarios o ser- vidores de la sede de la Dirección Regional; es decir el interés particular y personal está haciendo peligrar el de-sarrollo integral educativo de nuestros estudiantes en elpresente y los que vendrán; colisión de intereses, que elGobierno Regional, debe determinar e inclinarse al interéscolectivo; Que, el cuestionamiento frecuente del servicio educati- vo, ha promovido y generado que la población dude de laidoneidad del profesional que asuma el direccionamientodel sistema educativo en la Región, además del personalque labora en dicha institución, por ello, es necesario im-plementar acciones concretas que permitan recuperar el contrato social del Estado con la comunidad educativa. De esta, forma, también recuperar la vigencia del contrato so-cial entre el Estado representado por los Gobiernos Loca-les, las instituciones públicas y el Gobierno Regional, conmuestras de transparencia, de compromiso y sobre todopresentando acciones concretas que superen las restric- ciones en el proceso de implementación de los lineamien- tos generales de Emergencia Educativa, que ahora consti-tuye invocación y requerimiento popular generalizado e in-mediato; Que, teniendo en cuenta el Dictamen favorable de la Comisión Permanente de Desarrollo Social Nº 01-2004- GRJ-CR/CPDS de fecha 24 de mayo del 2004 y de confor- midad con las atribuciones conferidas por los artículos 9º,10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regio-nales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley Nº 27902;y el Reglamento Interno, el Consejo Regional ha aprobadolo siguiente: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- OBJETO DE LA ORDENANZA .- Declarar y establecer los lineamentos y disposiciones del proceso de reorganización y reestructuración integralde la Dirección Regional de Educación de Junín y las Uni-dades de Gestión Educativa Locales del Departamentode Junín en todos sus sistemas administrativos y de su objeto y finalidad institucional y la determinación de fun- ciones del Consejo de Participación Regional de Educa-ción de Junín. - La formulación de las estrategias para superar la emer- gencia educativa regional. - Establecer los lineamientos, la formulación, estructu- ración, aprobación e implementación de la Política Educa-tiva Regional de Junín. Artículo 2º.- LEGITIMIDAD Y NATURALEZA JURÍDI- CA.- El Gobierno Regional tiene como competencias Cons- titucionales y exclusivas formular y aprobar el plan de de-sarrollo regional integral concertado con la sociedad civil ypromover y regular las actividades y servicios en materiade educación y como competencias compartidas el deEducación, Gestión de los servicios educativos de nivel inicial, primaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad e inclusión orientados a potenciar la for-mación para el desarrollo. Es atribución del Consejo Regional aprobar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias en edu-cación, y el servicio educativo administrativo. DISPOSICIONES ESPECIALES Artículo 3º.- DECLARATORIA DE REORGANIZA- CIÓN Y REESTRUCTURACIÓN. - DECLARAR a la Dirección Regional de Educación de Junín en reorganización institucional y reestructuraciónorgánica y administrativa; que comprende las tres etapas siguientes: 1. Primera Etapa .- La Reorganización y reestructu- ración administrativa de todas sus dependencias y delas Unidades de Gestión Educativa Local del Departa- mento. 2. Segunda Etapa .- La Reorganización y reestructu- ración del sistema educativo y el servicio educativo orien-tados a superar la emergencia educativa regional. 3. Tercera Etapa .- La Formulación de los Lineamien- tos de Política Regional de Junín, a partir de la formula- ción del Plan Regional de Educación. Artículo 4º.- JUNTA DIRECTIVA DEL CONSEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN DEJUNÍN.- La Junta Directiva del Consejo Participativo Regio- nal de Educación de Junín, estará conformado por el Di- rector Regional de Educación de Junín quien lo preside,el Gerente Regional de Desarrollo Social como Secreta-rio Técnico y dos miembros electos de entre los repre-sentantes de las instituciones ligadas a la educación. Artículo 5º.- FUNCIONES ADICIONALES DEL CON- SEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN DEJUNIN.- ASIGNESE al Consejo Participativo Regional de Edu- cación de Junín las siguientes funciones adicionales a lasestablecidas en el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 015- 2002-ED: 1. Participar en la formulación y adecuación de la políti- ca educativa nacional a las características de su contexto,así como en la elaboración del plan estratégico regionalesy los planes educativos anuales. 2. Fomentar relaciones de cooperación entre la Direc- ción Regional de Educación de Junín y las institucionespúblicas y privadas y organizaciones de cooperación insti-tucional. 3. Apoyar la instauración de mecanismos de vigilancia y control ciudadano que garantice equidad, honestidad y transparencia de la gestión educativa y rendición de cuen- tas. 4. Establecer canales permanentes de información y diálogo con la población, con los Consejos Participativosde Educación de las Unidades de Gestión Educativa Lo-cal y con el Consejo Nacional de Educación, en concor- dancia con la Ley de Transparencia de la Función Públi- ca. Artículo 6º.- DIRECCIONAMIENTO .- ENCÁRGUESE al Presidente del Gobierno Regional de Junín el seguimiento, monitoreo y control de esta orde- nanza dando cuenta al Consejo Regional. Artículo 7º.- COMISIÓN REORGANIZADORA .- 1. La Comisión Central Reorganizadora de la Dirección Regional de Educación de Junín, estará conformada por: - El Director Regional de Educación de Junín, quien la Preside. - El Director Técnico Pedagógico de la Dirección Re- gional de Educación de Junín, como Secretario Técnico. - El Director de Administración de la Dirección Regio- nal de Educación de Junín. - El Jefe de la Oficina de Personal de la Dirección Re- gional de Educación de Junín. - El Director de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Educación de Junín. 2. Las Unidades de Gestión Educativa Locales de todo el ámbito del departamento de Junín, contarán con unaComisión Reorganizadora conformada en similar forma ala Comisión señala en el inciso anterior o por quienes ha-gan sus veces. Las Comisiones Reorganizadoras de las Unidades de Gestión Educativa Local, darán cuenta a la Comisión Cen- tral Reorganizadora de la Dirección Regional de Educa-ción de Junín, sobre la implementación del proceso de re-organización y reestructuración.