Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2004 (16/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 16 de junio de 2004

Articulo 6º.- DEROGATORIA Derogase la Resolucion de Superintendencia Nº 1712003/SUNAT. DISPOSICION FINAL Y TRANSITORIA Unica.- Lo dispuesto en la presente Resolucion sera de aplicacion: a) A las infracciones, cometidas o detectadas a partir de la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 953. b) A los escritos que cumplen con los requisitos senalados en el primer parrafo de la Cuarta Disposicion Transitoria del Regimen de Gradualidad, presentados con anterioridad a la vigencia de dicha disposicion, en cuyo caso el plazo previsto en el articulo 4º sera de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolucion. c) Tratandose de los escritos que no cumplen con los requisitos senalados en el primer parrafo de la Cuarta Disposicion Transitoria del Regimen de Gradualidad, el plazo de cuarenta y cinco (45) dias habiles previsto en el articulo 4º, se computara a partir del dia siguiente de la nueva MORDAZA de dicho escrito de acuerdo a lo establecido en la mencionada disposicion, siempre que la nueva MORDAZA cumpla con los requisitos senalados a fin de ser considerada como Acta de Reconocimiento. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 1º.- Sustituyase el numeral 1 de la Unica Disposicion Transitoria de la Resolucion de Superintendencia Nº 060-2002/SUNAT, modificada por las Resoluciones de Superintendencia Nºs. 115-2003/SUNAT y 229-2003/SUNAT, por el texto siguiente: "Unica.- DOCUMENTOS AUTORIZADOS CON ANTERIORIDAD 1. Los documentos que hayan sido autorizados por la SUNAT con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente resolucion podran seguir siendo usados por los sujetos obligados a emitir documentos hasta el 31 de diciembre del 2004 inclusive." Articulo 2º.- Lo dispuesto en el articulo anterior no sera aplicable a los boletos de viaje autorizados por la SUNAT, los cuales se regiran por lo establecido en el articulo 2º de la Resolucion de Superintendencia Nº 229-2003/SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 11373 FE ERRATAS

NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 11351

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 141-2004/SUNAT Mediante Oficio Nº 224-SUNAT/10000, la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion de Superintendencia Nº 141-2004/SUNAT, publicada en nuestra edicion del dia 12 de junio de 2004. En el MORDAZA parrafo del Articulo Unico de la resolucion DICE: "El referido reglamento entrara en vigencia a partir del 1 de junio de 2004". DEBE DECIR: "El referido reglamento entrara en vigencia a partir del tercer dia habil siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano". 11322

Modifican plazo de vigencia de documentos autorizados con anterioridad a la vigencia de la Res. Nº 060-2002/SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 146-2004/SUNAT MORDAZA, 15 de junio del 2004 CONSIDERANDO: Que de acuerdo al numeral 1 de la Unica Disposicion Transitoria de la Resolucion de Superintendencia Nº 0602002/SUNAT, los documentos que hayan sido autorizados por la SUNAT con anterioridad a la fecha de la vigencia de la citada resolucion, podran seguir siendo usados por los sujetos obligados a emitir dichos documentos hasta por doce meses contados a partir de la fecha de su publicacion; Que mediante la Resolucion de Superintendencia Nº 115-2003/SUNAT se prorrogo hasta el 31 de diciembre del 2003 el plazo dentro del cual podran seguir utilizando los documentos citados en el considerando anterior; Que posteriormente la Resolucion de Superintendencia Nº 229-2003/SUNAT prorrogo el referido plazo hasta el 30 de junio del 2004; Que dado que a la fecha existen contribuyente que aun mantienen en stock dichos comprobantes de pago y a efectos de no ocasionarles gastos adicionales, resulta conveniente prorrogar el plazo para que estos puedan seguir siendo utilizados; Que por otro lado tratandose de boletos de viaje que emiten las empresas de transporte publico nacional de pasajeros, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Resolucion de Superintendencia Nº 156-2003/SUNAT y MORDAZA modificatoria establece que los indicados documentos podran seguir siendo usados hasta el 31 de diciembre del 2003, siempre que cumplan con ciertos requisitos; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley Nº 25632 modificado por el Decreto Legislativo Nº 814, por el articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y por el inciso q) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a procurador hacer de conocimiento al Ministerio Publico el informe preliminar sobre presunta comision de ilicitos penales en el sector Educacion del Gobierno Regional
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 120-2004-PRES. MORDAZA, 15 de junio del 2004 VISTOS; el Acuerdo de Consejo Regional Nº 027-2004GRL/CR, el Oficio Nº 009-04-C.L.G.A.-D.R.E.-GRL que contiene el Informe Preliminar de la Comision Investigadora de la Gestion Administrativa de la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA Provincias, el Memorando Nº 0152004.-GRL/PRES, el Memorando Nº 262-2004-GRL/GGR, el Informe Nº 091-2004-GRL/SGRAJ, el Acuerdo de Direc-

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