Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2004 (19/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

MORDAZA, sabado 19 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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cion de los actos y resultados de la gestion publica, en atencion al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economia en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, asi como el cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de politica y planes de accion avaluando los sistemas de administracion, gerencia de control con fines de su mejoramiento a traves de la adopcion de acciones preventivas y correctivas pertinentes. Las leyes senaladas han sido tangencialmente quebrantadas por el ex Auditor Interno CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CCOYURI, por cuanto ejercio funciones por un largo periodo (1996-2003) y permitio la prescripcion de las acciones de responsabilidad administrativa de los funcionarios y servidores involucrados en los Informes de Control siguientes. 1. Informe Nº 001-97-MDP/OAI - Examen Especial Auditoria a los EEFF 95. 2. Informe Nº 007-97-MDP/OAI - Examen Especial a la Unidad de Rentas 95 - 96 3. Informe Nº 010-97-MDP/OAI - Examen Especial al FONCOMUN 96. 4. Informe Nº 017-97-MDP/OAI - Auditoria a los EEFF 95. 5. Informe Nº 019-97-MDP/OAI - Auditoria a los EEFF 96. 6. Informe Nº 021-97-MDP/OAI - Informe Largo Auditoria a los EEFF 95 - 96. 7. Informe Nº 001-98-MDSSP/OAI - Examen Especial a la Denuncia Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA 96 - 97. 8. Informe Nº 003-98-MDSSP/OAI - Examen Especial a las Actividades desarrolladas 01.01.95 - 30.06.96. 9. Informe Nº 011-98-MDSSP/OAI - Examen Especial al PVL 97. 10.Informe Nº 027-98-MDSSP/OAI - Informe Largo EEPP 97. 11.Informe Nº 034-98-MDSSP/OAI - Informe Largo de EEFF 97. 12.Informe Nº 002-99-MDSSP/OAI - Examen Especial a la Oficina de Rentas 97 -98. 13. Informe Nº 004-99-MDSSP/OAI - Auditoria a los EEFF 98. 14. Informe Nº 005-99-MDSSP/OAI - Informe Largo Auditoria a los EEFF. 15. Informe Nº 011-99-MDSSP/OAI - Auditoria a los EEPP 98. 16. Informe Nº 005-99-CG/AA5 - Examen Especial PVL enero - setiembre 98. 17. Informe Nº 019-99-MDSSP/OAI - Examen Especial de Obras 98. 18. Informe Nº 013-2000-MDSSP/OAI - Examen Especial al PVL 99. 19. Informe Nº 029-2000-MDSSP/OAI - Informe Largo EEFF 99. 20. Informe Nº 030-2000-MDSSP/OAI - Examen a los EEPP 99. 21. Informe Nº 034-2000-MDSSP/OAI - Examen a los EEPP 00. 22. Informe Nº 037-2000-MDSSP/OAI - Examen Especial de Obras 99. Que, de la revision de los informes senalados en el considerando anterior, no se ha evidenciado sancion administrativa a los funcionarios y servidores involucrados en las observaciones de los informes MORDAZA senalados, ni mucho menos a los miembros de las Comisiones Especial y Permanente de Procesos Administrativos instalados en esas fechas a quienes debieron haberseles procesado y sancionarseles por haber permitido la prescripcion de dichos actos, hechos que corroboran lo informado por la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, asimismo se analizo la informacion remitida mediante el Oficio Nº 007-2003-MDSSP/OAI de fecha 20 de enero del 2003 por el ex Auditor en cuestion al Despacho de Alcaldia en cuyo documento se informa solo los alcances del seguimiento practicado a las recomendaciones de los informes de control, asi como la prescripcion de los mismos, sin informar acerca de la necesidad de determinar responsabilidades; Que, el Organo de Control Interno de la Municipalidad durante el periodo que se desarrollaron los informes MORDAZA

detallados, ha incumplido con los criterios basicos de control gubernamental contemplados en la Ley Nº 21162 - Ley del Sistema Nacional de Control vigente durante el periodo cuestionado, tales como: a) Autonomia funcional y economica, expresada tanto en la potestad de los organos de control de organizarse, administrarse y ejercer sus funciones de manera independiente en cuanto a un manejo economico autonomo; y, b) La materialidad o significacion economica, es decir la concentracion del control de las transacciones u operaciones de mas significacion en la entidad examinada. ADEMAS SE HA QUEBRADO EL CUMPLIMIENTO DE LOS CRITERIOS DEL CONTROL, TALES COMO LA OPORTUNIDAD, LA COLABORACION, LA PRESUNCION DE LICITUD, ETC., LOS CUALES SON DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DEL SISTEMA, CUYA RESPONSABILIDAD RECAE EN EL EX AUDITOR INTERNO CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CCOYURI. Que, en cuanto se refiere a las irregularidades en la celebracion de pactos colectivos suscritos con un supuesto Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, la Comision Especial ha podido constatar que el ex Auditor CPC.JUSTO MORDAZA MORDAZA CCOYURI NO OBJETO, NI OPINO respecto al reconocimiento del Sindicato de Trabajadores de la Municipalidad materializado mediante R.A. Nº 619-99-NDSSP/A de fecha 29 de MORDAZA de 1999, documento que reconoce la Junta Directiva, amparandose este reconocimiento en el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, asi como el D.S. Nº 003-82-PCM y 026-82-JUS. La situacion expuesta no fue contemplada dentro de las evaluaciones que realizara el ex Auditor en cuestion, quien tambien se hizo beneficiario de los incrementos que se hacian extensivos a los servidores que eran funcionarios de confianza de la Municipalidad, situacion en la que fue designado el precitado funcionario; Que, dentro de este contexto de reconocimiento ilegal del Sindicato de Trabajadores, se efectuaron pactos colectivos que acordaron pago de aguinaldos de MORDAZA y diciembre en un MORDAZA integro, una bonificacion por escolaridad de casi un MORDAZA y otra bonificacion adicional por el Dia del Trabajador Municipal (5 de noviembre), ademas de un monto por vacaciones sin financiamiento ni sustento tecnico y se acordo tambien un subsidio familiar que conforme a Ley no se puede pactar ya que el monto de este concepto esta reconocido por ley expresa. Al margen de los acuerdos sindicales irregulares que se suscitaron en la Municipalidad, dentro del periodo de funciones del ex Auditor CPC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CCOYURI se produjeron otros hechos irregulares, tales como el incremento de rubros remunerativos por concepto de bonificacion personal y de haber basico. La Comision Especial ha evaluado y verificado el Informe Nº 283-2003-UP-OA/ MDP de la Unidad de Personal estableciendose que por el rubro de bonificacion familiar se pago indebidamente la suma S/. 45,987.00 Nuevos Soles contraviniendo el D.S. Nº 057-86-PCM y por el rubro de haber basico se pago indebidamente la suma de S/. 23,310.00 contraviniendo el Decreto de Urgencia Nº 105-2001 y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 196-2001-EF. Considerando el perjuicio economico producido a la Municipalidad por los importes indebidamente otorgados a los trabajadores y los incrementos indebidamente otorgados bajo una mala interpretacion de las normas dictadas por el gobierno; es MORDAZA que hubo negligencia en el cumplimiento de sus funciones de Auditor Interno, por parte del CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA CCOYURI, quien ha infringido el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) aprobado mediante Edicto Nº 001-2000-MDSSP/A de fecha 27 de junio del 2000, que en el Art. 33º senala: Inciso e) Llevar a cabo acciones de control como Examenes Especiales sobre la ejecucion de normas del Sistema de Administracion implementados en la Municipalidad Distrital de Santisimo MORDAZA de MORDAZA, con la finalidad de que sus acciones se desarrollen de acuerdo a las disposiciones legales y terminos que norman. Inciso h) Proponer medidas correctivas, procesos administrativos y judiciales, aplicacion de sanciones, de

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