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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (28/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G34/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de junio de 2004 del 2003, ya que en obediencia debida a su superior se fue a laborar a la Municipalidad Provincial de Tacna, no desvir- túa el cargo de ausencias injustifficadas, desconociendo su relación de dependencia para con la Municipalidad Dis- trital Alto de la Alianza, toda vez que no se cumplió con el trámite establecido por el Art. 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Manual Normativo de Personal Nº 002- 92-DNP “ Desplazamiento de Personal”; Que, mediante Dictamen Nº 009-2003-CPPAD-MDAA, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios recomienda imponer al procesado la Sanción Disciplinaria de Destitución establecida en el Art. 26º Inc. d) del D. Leg. Nº 276 concordante con el Art. 155º Inc. d) del D.S. Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el Art. 20º Inc. 28º De la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27444 y Art. 194º de la Constitución Política del Perú; con la visación de Asesoría Legal; y, atendiendo a la recomendación de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital Alto de la Alianza; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Imponer Sanción Disciplinaria de DESTITUCIÓN a Don Nicanor Quispe Copa, por haber in- currido en la causal prevista por el Inc. K) del Art. 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remunera- ciones del Sector Público Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Segundo .- Notifíquese al procesado la pre- sente Resolución con las formalidades de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR GANDARILLAS CHÁVEZ Alcalde 12151 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1194-2003-A-MDAA Alto de la Alianza, 23 de diciembre del 2003VISTO:El Dictamen Final Nº 008-2003-CPPAD-MDAA, de fecha 23 de diciembre del 2003 emitido por la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios y teniendo a la vista el Exp. Nº 006-2003-CPPAD/MDAA del proceso seguido a don Elisban Delgado Macedo ex - servidor de la Municipalidad Distrital de la Alianza, por la comisión de falta de carácter disciplinario prevista y sancionada por el Art. 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0966-2003- A-MDAA, de fecha 11 de noviembre del 2003, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario contra don Elisban Delgado Macedo, por ausencias injustificadas al centro de trabajo, falta tipificada en el Inc. K) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, desde el 7 de enero del 2003 a la fecha, verificándose que el servidor fue designado por el Alcalde Provincial de Tacna en esa Municipalidad prescindiendo del procedimiento establecido por la legislación vigente, hecho al que debe agregarse que el procesado no renun- ció para poner término al vínculo laboral con esta Entidad; Que, el procesado ingresó a prestar servicios a la Muni- cipalidad Distrital Alto de la Alianza en condición de contra- tado eventual desde el 29 de octubre de 1998 hasta el 6 de enero del 2003, siendo nombrado ilegalmente mediante Re- solución de Alcaldía Nº 0481-2002-A-MDAA, de fecha 16 de diciembre del 2002, razón por la que mediante la Resolu- ción de Alcaldía Nº 064-2003-A-MDAA, de fecha 7 de febre- ro del 2003, se declaró la nulidad del nombramiento; Que, notificado con la Resolución de instauración de Proceso Administrativo Disciplinario con las formalidades preceptuadas por la normatividad procesal para el Sector Público y presentado el descargo a la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos ha emitido su dictamen final;Que, la afirmación del procesado en el sentido de no haber incurrido en ausencias injustificadas, al haber sido designado en la Municipalidad Provincial de Tacna mediante Resolución de Alcaldía Nº 0018-03, de fecha 2 de enero del 2003 ya que en obediencia debida a su superior se fue a laborar a la Municipalidad Provincial de Tacna, no desvir- túa el cargo de ausencias injustificadas, desconociendo su relación de dependencia para con la Municipalidad Distri- tal Alto de la Alianza, toda vez que no se cumplió con el trámite establecido por el Art. 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Manual Normativo de Personal Nº 002- 92-DNP “ Desplazamiento de Personal”; Que, mediante Dictamen Nº 008-2003-CPPAD-MDAA, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios recomienda imponer al procesado la Sanción Disciplinaria de Destitución establecida en el Art. 26º Inc. d) del D. Leg. Nº 276 concordante con el Art. 155º Inc. d) del D.S. Nº 005-90-PCM; y, En uso de las facultades conferidas por el Art. 20º Inc. 28) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27444 y Art. 194º de la Constitución Política del Perú; con la visación de Asesoría Legal; y, atendiendo a la recomendación de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital Alto de la Alianza; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Imponer Sanción Disciplinaria de DESTITUCIÓN a Don Elisban Delgado Macedo, por haber incurrido en la causal prevista por el Inc. K) del Art. 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remu- neraciones del Sector Público Decreto Legislativo 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Segundo .- Notifíquese al procesado la pre- sente Resolución con las formalidades de Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR GANDARILLAS CHÁVEZ Alcalde 12152 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 1195-2003-A-MDAA Alto de la Alianza, 23 de diciembre del 2003VISTO:El Dictamen Final Nº 007-2003-CPPAD-MDAA, de fe- cha 23 de diciembre del 2003 emitido por la Comisión Per- manente de Procesos Administrativos Disciplinarios y te- niendo a la vista el Exp. Nº 005-2003-CPPAD/MDAA del proceso seguido a don José Luis Carhuamaca Paria ex - servidor de la Municipalidad Distrital de la Alianza, por la comisión de falta de carácter disciplinario prevista y san- cionada por el Art. 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0967-2003- A-MDAA, de fecha 11 de noviembre del 2003, se instauró Proceso Administrativo Disciplinario contra don José Luis Carhuamaca Paria, por ausencias injustificadas al centro de trabajo, falta tipificada en el Inc. K) del Art. 28º del De- creto Legislativo Nº 276, desde el 7 de enero del 2003 a la fecha, verificándose que el servidor fue designado por el Alcalde Provincial de Tacna en esa Municipalidad prescin- diendo del procedimiento establecido por la legislación vi- gente, hecho al que debe agregarse que el procesado no renunció para poner término al vínculo laboral con esta entidad; Que, el procesado ingresó a prestar servicios a la Mu- nicipalidad Distrital Alto de la Alianza como contratado even- tual desde el 15 de febrero del 1991 al 4 de enero del 2001, en cargo de confianza a partir del 5 de enero del 2001 al 31 de diciembre del 2002 y como contratado del 1 al 6 de ene- ro del 2003, siendo nombrado ilegalmente mediante Reso- lución de Alcaldía Nº 0480-2002-A-MDAA, de fecha 16 de diciembre del 2002, razón por la que mediante la Resolu-