TEXTO PAGINA: 24
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G34/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 28 de junio de 2004 VISTO: El Informe Nº 005-2004-CND/LOG de fecha 15 de junio de 2004, de la Unidad de Logística de la Gerencia de Ad- ministración y Finanzas, en el cual se propone la modifica- ción del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Descentralización; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Artículos 108º y 109º de la Constitución Política del Estado se promulgó la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, la que establece las Normas que deberán observar las entidades del Sector Público Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 012-2001-PCM, concordante con el artícu- lo 7º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones que prevea los tipos de bienes, servicios y obras que se requieran durante el ejercicio presupuestal, Plan que deberá ser aprobado por el titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 008-CND- P-2004, del 15 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Descentralización para el año 2004; Que, el numeral 7) de las Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, establece que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrata- ciones podrá ser modificado en cualquier momento durante el transcurso del ejercicio presupuestal, y que toda modifi- cación ya sea por inclusión y/o exclusión de algún proceso de selección para la adquisición y/o contratación de bienes, servicios u obras deberá ser aprobada, en cualquier caso, mediante instrumento emitido por el órgano o funcionario en el que se haya delegado la competencia para la aprobación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, mediante documento de visto la Gerencia de Ad- ministración y Finanzas ha propuesto la Modificación del Plan Anual de Adquisiciones para el año 2004 del Consejo Nacional de Descentralización; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento apro- bado con Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposi- ciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 005- 2003-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolución Nº 380-2003-CONSUCODE/PRE, y contando con las visacio- nes de la Gerencia de Administración y Finanzas, de la Ge- rencia Legal, de la Unidad de Logística, de la Unidad de Con- tabilidad y de la Unidad de Presupuesto; En uso de las facultades establecidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Des- centralización para el ejercicio presupuestal 2004 aprobado por Resolución Presidencial Nº 008-CND-P-2004, del 15 de enero de 2004, esto con la finalidad de realizar la inclusión de los procesos de selección detallados en el Anexo Nº 1 "Modi- ficación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones" el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, remita copia al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Em- presa - PROMPYME, así como disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas ponga al alcance del público interesado en adquirir o revisar el Plan Anual de Adquisiciones y Con- trataciones modificado, al valor de su reproducción y publi- car en la página Web de la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DÍAZ Presidente 12062CONSUCODE /G52/G65/G73/G75/G65/G6C/G76/G65/G6E/G20/G6E/G6F/G20/G68/G61/G20/G6C/G75/G67/G61/G72/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G73/G61/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G54/G61/G75/G72/G75/G73/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G2D /G63/G65/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 245/2004.TC-SU Sumilla : No corresponde sancionar a la empresa Tau- rus Service S.R.L., por no existir indicios su- ficientes que evidencien una conducta que pueda ser considerada como pasible de san- ción de acuerdo lo establecido en el literal f) del art. 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Lima, 26 de mayo de 2004Visto en sesión de la Sala Única del Tribunal de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, del 21.5.2004, el Ex- pediente Nº 645/2003.TC referido al procedimiento de apli- cación de sanción a la empresa Taurus Service S.R.L., por presunta responsabilidad en la presentación de documen- tos falsos y/o declaración jurada con información inexacta en el Concurso Público Según Relación de Ítems Nº 0001- MDLM-2001, convocado por la Municipalidad Distrital de la Molina, para la “Contratación de los Servicios de Mante- nimiento y Recuperación de Áreas Verdes, Seguridad y Vigilancia de Locales, Limpieza de Locales Municipales y Contratación de Empresas de Seguros”, y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES1. Con fecha 6 de enero de 2002, la Municipalidad Dis- trital de la Molina (en adelante la Entidad) convocó al Pro- ceso de Concurso Publico Según Relación de Ítems Nº 0001-MDLM-2001, para la “Contratación de los Servicios de Mantenimiento y Recuperación de Áreas Verdes, Segu- ridad y Vigilancia de Locales, Limpieza de Locales Munici- pales y Contratación de Empresas de Seguros”, presen- tándose las propuestas el día 4 de febrero de 2002 y otorgándose la Buena Pro, respecto del ítem 2: “ Seguridad y Vigilancia de Locales ” a la empresa Taurus Service S.R.L. (en adelante el Postor) el 7 de febrero de 2002. 2. El Consorcio PROCPER S.A. - SEGSA S.A. (en ade- lante el Denunciante) comunicó al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCO- DE que el Postor habría presentado declaración jurada con información inexacta ante la Entidad al haber presentado como parte de su propuesta técnica el curriculum vitae del señor Joel Espinoza Gonzáles como agente de seguridad propuesto por el Postor; sin embargo el Denunciante ad- junta copia de la declaración jurada referido señor, en el cual señala que no labora para el Postor desde el mes de diciembre de 2000. 3. Mediante Memorándum Nº 171-2003 (GTN) de 27 de junio de 2003, la Gerencia Técnico Normativa remitió al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante el Tribunal) la comunicación del Denunciante a fin de evaluar la posibilidad de aplicar sanción administrativa al Postor por la causal tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado (en adelante el Reglamento), en con- secuencia, Tribunal dispuso abrir expediente de aplicación de sanción, a fin de evaluar la procedencia del inicio del procedimiento administrativo sancionador contra el Postor. 4. El 7 de julio de 2003, el Tribunal corrió traslado a la Entidad la comunicación del Denunciante; asimismo solici- tó a la Entidad que remita su informe técnico, legal y los antecedentes administrativos correspondiente al Proceso de Concurso Público Según Relación de Ítems Nº 0001- MDLM-2001. 5. El 23 de julio de 2003, mediante Oficio Nº 115-2003- MDLM-GA, la Entidad remitió los antecedentes adminis- trativos, omitiendo adjuntar su informe técnico y/o legal, siendo requerido nuevamente por el Tribunal, mediante de- creto de 24 de julio de 2003.