Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2004 (30/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de junio de 2004

INTERIOR
Disponen contratar servicios especializados de periodista para elaborar video documental, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1155-2004-IN MORDAZA, 28 de junio del 2004 VISTO: El Oficio Nº 697-2004-IN-0201 de fecha 21 de junio de 2004, de la Oficina General de Comunicacion Social del Ministerio del Interior, mediante el cual solicita la contratacion del servicio de elaboracion del video documental para la prevencion y lucha contra la delincuencia y el trafico ilicito de drogas, bajo la modalidad de servicios personalisimos; CONSIDERANDO: Que el literal h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las contrataciones que se realicen para servicios personalisimos, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento; Que el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, senala que de conformidad con el literal h) del articulo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, agregando que la evaluacion del locador debera ser objetiva y se efectuara en funcion de la naturaleza de las prestaciones a su cargo, la misma que no puede ser materia de subcontratacion; Que, el articulo 113º del Reglamento citado prescribe que las resoluciones o acuerdos, por los que apruebe la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el articulo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado requieren obligatoriamente de la previa opinion tecnico legal de las areas correspondientes de la entidad, agregando que dicha opinion contendra la justificacion tecnica y legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, el articulo 116º del Reglamento establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformidad con el articulo 19º de la Ley, se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo de aplicacion lo dispuesto en el articulo 105º del mencionado Reglamento, agregando que para aprobar la exoneracion la autoridad competente, determinara, en cada caso, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion exonerada, de acuerdo con el monto involucrado y su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, es necesario exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, la contratacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien prestara los servicios especializados para la elaboracion de un video documental para la prevencion y lucha contra el trafico ilicito de drogas, asi como, para la elaboracion de spots informativos de radio y television; Estando al Informe Tecnico de la Oficina General de Comunicacion Social, de fecha 23 de junio de 2004, y el Informe Legal emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica de fecha 25 de junio del presente ano;

De conformidad Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Concurso Publico, la contratacion de los servicios especializados del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la elaboracion de un video documental para la prevencion y lucha contra el trafico ilicito de drogas, asi como, para la elaboracion de spots informativos de radio y television. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio del Interior del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion de los servicios especializados que brindara el senor periodista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, disponiendo que el mismo se efectue mediante el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Encargar la contratacion senalada en los articulos precedentes, a la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, la misma que se efectuara por unica vez, y hasta por la suma de S/. 57,750.00 (Cincuenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), mas el Impuesto General a las Ventas. Dicha contratacion se MORDAZA con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto asignado para el Ano 2004, de la Unidad Ejecutora 001 - Oficina General de Administracion, del Pliego 007 Ministerio del Interior. Articulo 4º.- La Secretaria General del Ministerio del Interior, remitira MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial, asi como, de los Informes Tecnico y Legal respectivamente, a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro del Interior 12175

MIMDES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra personal de la Direccion Subregional de Salud "Luciano MORDAZA Colonna" de Sullana, por presunta negligencia en fumigacion de cementerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 362-2004-MIMDES MORDAZA, 28 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 1503-2003/INABIF-P del Presidente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 881-2003/INABIF-OAJ senala que la Sociedad de Beneficencia Publica de Sullana coordino con las autoridades de la Direccion Subregional de Salud "Luciano MORDAZA Colonna" de Sullana, de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, diferentes acciones para contrarrestar los efectos de la presencia del dengue en el Cementerio "San Jose" de Sullana, disponiendo, entre estas, mediante Resolucion de Presidencia de Directorio Nº 0262003-SBPS, de fecha 5 de MORDAZA del 2003, la prohibicion del uso de agua en los floreros del referido Cementerio, aprobando el uso de tierra mojada en su reemplazo; Que, las acciones mencionadas en el considerando precedente se comunicaron a la referida Direccion Subregional de Salud mediante Oficio Nº 238-2003 SBPS-P; no obstante lo cual, entre los dias 15 y 19 de agosto del 2003, el personal tecnico de esta procedio a fumigar al interior del referido cementerio, utilizando el insecticida Fenitation al

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