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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de junio de 2004 INTERIOR /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G2D /G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G69/G6F/G64/G69/G73/G74/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G76/G69/G2D /G64/G65/G6F/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G2C/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1155-2004-IN Lima, 28 de junio del 2004 VISTO: El Oficio Nº 697-2004-IN-0201 de fecha 21 de junio de 2004, de la Oficina General de Comunicación Social del Ministerio del Interior, mediante el cual solicita la contrata- ción del servicio de elaboración del video documental parala prevención y lucha contra la delincuencia y el tráfico ilí- cito de drogas, bajo la modalidad de servicios personalísi- mos; CONSIDERANDO: Que el literal h) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta- do, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, según sea el caso, las contrataciones que se realicenpara servicios personalísimos, de acuerdo con lo que es- tablezca el Reglamento; Que el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado median- te el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que de conformidad con el literal h) del artículo 19º de la Ley, seencuentran exonerados del respectivo proceso de selec- ción, los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas cuando para dicha contra-tación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales o por su determinada ca-lidad, profesión, ciencia, arte u oficio, agregando que la eva- luación del locador deberá ser objetiva y se efectuará en función de la naturaleza de las prestaciones a su cargo, lamisma que no puede ser materia de subcontratación; Que, el artículo 113º del Reglamento citado prescribe que las resoluciones o acuerdos, por los que apruebe laexoneración de los procesos de selección, al amparo de las causales contenidas en el artículo 19º de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado requieren obligato-riamente de la previa opinión técnico legal de las áreas correspondientes de la entidad, agregando que dicha opi- nión contendrá la justificación técnica y legal de la adquisi-ción o contratación y de la necesidad de la exoneración y contemplará criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad; Que, el artículo 116º del Reglamento establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de conformi- dad con el artículo 19º de la Ley, se efectúan mediante elproceso de Adjudicación de Menor Cuantía, siendo de apli- cación lo dispuesto en el artículo 105º del mencionado Re- glamento, agregando que para aprobar la exoneración laautoridad competente, determinará, en cada caso, la de- pendencia u órgano que se encargará de realizar la adqui- sición o contratación exonerada, de acuerdo con el montoinvolucrado y su complejidad, envergadura o sofisticación; Que, es necesario exonerar del proceso de selección correspondiente, la contratación del señor Luis AlejandroGuerrero Torres, quien prestará los servicios especializados para la elaboración de un video documental para la pre- vención y lucha contra el tráfico ilícito de drogas, así como,para la elaboración de spots informativos de radio y televi- sión; Estando al Informe Técnico de la Oficina General de Comunicación Social, de fecha 23 de junio de 2004, y el Informe Legal emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica de fecha 25 de junio del presente año;De conformidad Texto Único Ordenado del Decreto Le- gislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Interior aprobadomediante el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de Concurso Públi- co, la contratación de los servicios especializados del se-ñor Alejandro Guerrero Torres para la elaboración de un video documental para la prevención y lucha contra el trá- fico ilícito de drogas, así como, para la elaboración de spotsinformativos de radio y televisión. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio del Interior del pro- ceso de selección correspondiente para la contratación delos servicios especializados que brindará el señor perio- dista Luis Alejandro Guerrero Torres, disponiendo que el mismo se efectúe mediante el proceso de selección de Ad-judicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- Encargar la contratación señalada en los artículos precedentes, a la Oficina General de Administra-ción del Ministerio del Interior, la misma que se efectuará por única vez, y hasta por la suma de S/. 57,750.00 (Cin- cuenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 NuevosSoles), más el Impuesto General a las Ventas. Dicha con- tratación se hará con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto asignado para el Año2004, de la Unidad Ejecutora 001 - Oficina General de Ad- ministración, del Pliego 007 Ministerio del Interior. Artículo 4º.- La Secretaría General del Ministerio del Interior, remitirá copia de la presente Resolución Ministe- rial, así como, de los Informes Técnico y Legal respectiva- mente, a la Contraloría General de la República dentro delos diez (10) días calendario siguientes a la fecha de apro- bación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro del Interior 12175 MIMDES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E /G53/G75/G62/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G22/G4C/G75/G63/G69/G61/G6E/G6F/G20/G43/G61/G73/G74/G69/G6C/G6C/G6F /G43/G6F/G6C/G6F/G6E/G6E/G61/G22/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G6C/G6C/G61/G6E/G61/G2C/G20/G70/G6F/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G6E/G65/G67/G6C/G69/G2D/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G6E/G20/G66/G75/G6D/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G65/G6D/G65/G6E/G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2004-MIMDES Lima, 28 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 1503-2003/INABIF-P del Presidente del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF; CONSIDERANDO: Que, el Informe Nº 881-2003/INABIF-OAJ señala que la Sociedad de Beneficencia Pública de Sullana coordinó con las autoridades de la Dirección Subregional de Salud "Luciano Castillo Colonna" de Sullana, de la Dirección Re-gional de Salud Piura, diferentes acciones para contrarres- tar los efectos de la presencia del dengue en el Cemente- rio "San José" de Sullana, disponiendo, entre éstas, me-diante Resolución de Presidencia de Directorio Nº 026- 2003-SBPS, de fecha 5 de abril del 2003, la prohibición del uso de agua en los floreros del referido Cementerio, apro-bando el uso de tierra mojada en su reemplazo; Que, las acciones mencionadas en el considerando pre- cedente se comunicaron a la referida Dirección Subregio-nal de Salud mediante Oficio Nº 238-2003 SBPS-P; no obs- tante lo cual, entre los días 15 y 19 de agosto del 2003, el personal técnico de ésta procedió a fumigar al interior delreferido cementerio, utilizando el insecticida Fenitation al