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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (30/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de junio de 2004 para la contratación del servicio de seguridad y vigilancia para las dependencias de la SUNAT ubicadas en Loreto,San Martín, Apurímac y Huancavelica, cumpliéndose así con lo establecido en el Artículo 113º del mencionado Re- glamento; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Artículos 105º, 113º y116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferi- das por el inciso u) del Artículo 19º e inciso b) del Artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones de laSUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en Situación de Urgencia el ser- vicio de seguridad y vigilancia de las sedes de la SUNATubicadas en los departamentos de Loreto, San Martín, Apu- rímac y Huancavelica. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, a la contratación del servicio de seguridad y vi- gilancia para dichas sedes, por los fundamentos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar al Intendente Nacional de Admi- nistración a realizar el procedimiento para la contratación respectiva mediante Adjudicación de Menor Cuantía por elimporte total de S/. 166,363.63 (Ciento sesenta y seis mil trescientos sesenta y tres y 63/100 Nuevos Soles), inclui- do IGV, según el siguiente detalle: SEDE VALOR REFERENCIAL Apurímac S/. 27,818.18 Huancavelica S/. 13,909.09 Loreto S/. 69,545.45 San Martín S/. 55,090.91 TOTAL S/. 166,363.63 Artículo 4º.- Precisar que la referida contratación se efectuará por el período comprendido entre el 28 de junio y el 27 de setiembre de 2004, y será financiada con recur- sos propios de la institución. Artículo 5º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución y de los informes que sustentan esta exoneración a la Con-traloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE VEJARANO VELÁSQUEZ Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) 12233 /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6C/G61 /G70/G72/GF3/G72/G72/G6F/G67/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G72/G65/G6E/G64/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 161-2004/SUNAT Lima, 25 de junio del 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitación Pú- blica, Concurso Público o Adjudicaciones Directas las prórro-gas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmue- bles siempre que la renta no se incremente en una tasa ma- yor al crecimiento del índice general de precios al por mayor;Que una vez aprobada la exoneración correspondien- te, la contratación debe efectuarse a través de un procesode adjudicación de menor cuantía, conforme a lo estableci- do por el Artículo 20º de dicho texto legal; Que en los Artículos 105º y 116º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a quedeben someterse tales contrataciones, precisándose que deberá indicarse en la resolución exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que el Informe Técnico Nº 940-2004-SUNAT/2G3000 de la Gerencia Administrativa, indica que se requiere prorrogar por el período de seis (6) meses, comprendido entre el 1 dejulio y el 31 de diciembre de 2004, el plazo del contrato de arrendamiento de las oficinas Nºs. 01, 23, 24, 25 y 26, y el depósito Nº 64, del Centro Cívico y Comercial de Lima, ubi-cadas entre las Avenidas Paseo de la República, Bolivia y Garcilaso de la Vega, del distrito del Cercado de Lima, pro- vincia y departamento de Lima, donde actualmente funcio-nan la División Penal y un Centro de Servicios al Contribu- yente, en virtud a que las referidas oficinas se encuentran ubicadas en ambientes y lugares adecuados para el cumpli-miento de sus funciones y que actualmente no se cuenta con ambientes disponibles para reubicar dichas oficinas; Que el mencionado informe también indica que el propietario del inmueble ha manifestado su voluntad de prorrogar el plazo de dicho contrato de arrendamiento, siempre que la renta mensual sea reajustada sin superar la tasa de crecimiento del Índice Ge-neral de Precios al por Mayor a nivel nacional que establece el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI; Que sobre la base de los argumentos expuestos, el In- forme Legal Nº 024-2004-SUNAT/2B2300, concluye que procede la exoneración del proceso de selección corres- pondiente a la prórroga del contrato de arrendamiento delas oficinas y el depósito mencionados; Que lo expuesto en dichos Informes justifica técnica y legal- mente la exoneración del proceso de selección para la prórrogadel referido contrato de arrendamiento, cumpliéndose así con lo establecido en el artículo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los artículos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferi-das por el inciso u) del artículo 19º del Reglamento de Or- ganización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decre- to Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento de las Oficinas Nºs. 01, 23, 24, 25 y 26, y el depósito Nº 64, del CentroCívico y Comercial de Lima, ubicado entre las Avenidas Paseo de la República, Bolivia y Garcilaso de la Vega, del distrito del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, por elperíodo de seis (6) meses, comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Nacional de Admi- nistración a suscribir el Contrato respectivo con el repre- sentante del Fondo Consolidado de Reservas Previsionalesde la Oficina de Normalización Previsional, mediante Adju- dicación de Menor Cuantía y por una renta mensual de S/. 27,583.33 (Veintisiete mil quinientos ochenta y tres y 33/100 Nuevos Soles), incluido impuestos, la misma que será financiada con recursos propios de la institución. Artículo 3º .- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE VEJARANO VELÁSQUEZ Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) 12227