Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2004 (30/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, miercoles 30 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para las dependencias de la SUNAT ubicadas en MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica, cumpliendose asi con lo establecido en el Articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º e inciso b) del Articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia el servicio de seguridad y vigilancia de las sedes de la SUNAT ubicadas en los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA y Huancavelica. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para dichas sedes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Intendente Nacional de Administracion a realizar el procedimiento para la contratacion respectiva mediante Adjudicacion de Menor Cuantia por el importe total de S/. 166,363.63 (Ciento sesenta y seis mil trescientos sesenta y tres y 63/100 Nuevos Soles), incluido IGV, segun el siguiente detalle: SEDE MORDAZA Huancavelica MORDAZA San MORDAZA TOTAL VALOR REFERENCIAL S/. 27,818.18 S/. 13,909.09 S/. 69,545.45 S/. 55,090.91 S/. 166,363.63

Articulo 4º.- Precisar que la referida contratacion se efectuara por el periodo comprendido entre el 28 de junio y el 27 de setiembre de 2004, y sera financiada con recursos propios de la institucion. Articulo 5º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que una vez aprobada la exoneracion correspondiente, la contratacion debe efectuarse a traves de un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, conforme a lo establecido por el Articulo 20º de dicho texto legal; Que en los Articulos 105º y 116º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se establecen los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones, precisandose que debera indicarse en la resolucion exoneratoria el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion; Que el Informe Tecnico Nº 940-2004-SUNAT/2G3000 de la Gerencia Administrativa, indica que se requiere prorrogar por el periodo de seis (6) meses, comprendido entre el 1 de MORDAZA y el 31 de diciembre de 2004, el plazo del contrato de arrendamiento de las oficinas Nºs. 01, 23, 24, 25 y 26, y el deposito Nº 64, del Centro Civico y Comercial de MORDAZA, ubicadas entre las Avenidas Paseo de la Republica, Bolivia y Garcilaso de la MORDAZA, del distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, donde actualmente funcionan la Division Penal y un Centro de Servicios al Contribuyente, en virtud a que las referidas oficinas se encuentran ubicadas en ambientes y lugares adecuados para el cumplimiento de sus funciones y que actualmente no se cuenta con ambientes disponibles para reubicar dichas oficinas; Que el mencionado informe tambien indica que el propietario del inmueble ha manifestado su voluntad de prorrogar el plazo de dicho contrato de arrendamiento, siempre que la renta mensual sea reajustada sin superar la tasa de crecimiento del Indice General de Precios al por Mayor a nivel nacional que establece el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; Que sobre la base de los argumentos expuestos, el Informe Legal Nº 024-2004-SUNAT/2B2300, concluye que procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la prorroga del contrato de arrendamiento de las oficinas y el deposito mencionados; Que lo expuesto en dichos Informes justifica tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la prorroga del referido contrato de arrendamiento, cumpliendose asi con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en los articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento; y en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) 12233

Exoneran de MORDAZA de seleccion la prorroga de contrato de arrendamiento de inmuebles ubicados en el Cercado de MORDAZA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 161-2004/SUNAT MORDAZA, 25 de junio del 2004 CONSIDERANDO: Que el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicaciones Directas las prorrogas del plazo de los contratos de arrendamiento de inmuebles siempre que la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor;

Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente, a la prorroga del contrato de arrendamiento de las Oficinas Nºs. 01, 23, 24, 25 y 26, y el deposito Nº 64, del Centro Civico y Comercial de MORDAZA, ubicado entre las Avenidas Paseo de la Republica, Bolivia y Garcilaso de la MORDAZA, del distrito del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, por el periodo de seis (6) meses, comprendido entre el 1 de MORDAZA y el 31 de diciembre de 2004, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Intendente Nacional de Administracion a suscribir el Contrato respectivo con el representante del Fondo Consolidado de Reservas Previsionales de la Oficina de Normalizacion Previsional, mediante Adjudicacion de Menor Cuantia y por una renta mensual de S/. 27,583.33 (Veintisiete mil quinientos ochenta y tres y 33/ 100 Nuevos Soles), incluido impuestos, la misma que sera financiada con recursos propios de la institucion. Articulo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administracion remita copias de la presente Resolucion y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos (e) 12227

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