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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de junio de 2004 Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 12004 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G6E/G64/G6F/G73/G20/G64/G65 /G69/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G20/G43/G6F/G72/G69/G6C/G20/G69/G6E/G73/G74/G72/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G72/G74/G6F /G50/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G37/G20/G79/G20/G43/G6F/G72/G74/G6F/G20/G50/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G38/G2C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 058-2004-EF/94.11 Lima, 25 de junio de 2004 VISTOS: El Expediente Nº 2004015194 presentado por Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., así como el Infor- me Nº 231-2004-EF/94.55 de fecha 23 de junio de 2004 pre- sentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 035-99-EF/ 94.10 de fecha 9 de marzo de 1999 se autorizó a ProgresoS.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A., a administrar fon- dos de inversión; Que, mediante escritos presentados con fechas 17 y 19 de mayo y 1 de junio de 2004, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. solicitó a esta ComisiónNacional la inscripción de los fondos de inversión denomi- nados "Coril Instrumentos de Corto Plazo 7 - Fondo de Inversión" y "Coril Instrumentos de Corto Plazo 8 - Fondode Inversión" en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores; Que, en atención a la conexión existente entre ambos procedimientos y conforme a lo dispuesto por el artículo 149 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, corresponde la acumulación de los mismos; Que, mediante Oficio Nº 3277-2004-EF/94.55 de fecha 8 de junio de 2004 se comunicó a Grupo Coril Sociedad Admi- nistradora de Fondos S.A. las observaciones a la documen-tación presentada, las mismas que fueron subsanadas me- diante escritos remitidos el 16, 17, 22 y 23 de junio de 2004; Que, de conformidad con la documentación presenta- da, Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido con lo previsto en los artículos 9 y 23 de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Adminis-tradoras, aprobada por Decreto Legislativo Nº 862 y sus modificatorias, así como en el artículo 28 del Reglamento de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras,aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 042-2003- EF/94.10, para la inscripción de un fondo de inversión; y, Estando a lo dispuesto en el artículo 2º inciso a) del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONA- SEV, aprobado por el Decreto Ley Nº 26126; así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CO-NASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 056-2002-EF; y a las facultades delegadas al Gerente General de CO- NASEV por Acuerdo Nº 115-99 del Directorio de esta Ins-titución reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la inscripción del fondo de inver- sión denominado "Coril Instrumentos de Corto Plazo 7 -Fondo de Inversión" en la sección correspondiente del Re- gistro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- Disponer la inscripción del fondo de inver- sión denominado "Coril Instrumentos de Corto Plazo 8 - Fondo de Inversión" en la sección correspondiente del Re- gistro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Los Reglamentos de Participación, así como los Modelos de Contratos de Suscripción y de Transferen- cias de Cuotas a suscribir con los partícipes, contienen lasdisposiciones aplicables al funcionamiento y a las operacio- nes de los referidos fondos de inversión y se encuentran a disposición de los inversionistas y del público en general enel Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4º.- Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. deberá remitir al Registro Público del Mercadode Valores un (1) ejemplar del Reglamento de Participación y de los Modelos de Contratos de Suscripción y de Transfe- rencias de Cuotas de los fondos de inversión denominados"Coril Instrumentos de Corto Plazo 7 - Fondo de Inversión" y "Coril Instrumentos de Corto Plazo 8 - Fondo de Inversión", en el plazo de quince (15) días hábiles siguientes a la entra-da en vigencia de la presente resolución o antes del inicio de la colocación de cuotas, lo que resultare primero. Artículo 5º.- La inscripción a que se refieren los artícu- los 1º y 2º de la presente resolución no implica que CONA- SEV recomiende la suscripción de certificados de partici- pación de los mencionados fondos de inversión u opinefavorablemente sobre la rentabilidad o calidad del mismo. Artículo 6º.- La publicidad que realice Grupo Coril So- ciedad Administradora de Fondos S.A. para promocionarlos mencionados fondos de inversión no debe inducir a error o confusión y deberá sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo C del Reglamento de Fondos de Inversión ysus Sociedades Administradoras. Artículo 7º.- La presente resolución entrará en vigen- cia el día de su notificación. Artículo 8º.- Transcribir la presente resolución a Grupo Coril Sociedad Administradora de Fondos S.A. y al Banco de Crédito del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CLAUDIO HIGA TAMASHIRO Gerente General 12176 DEVIDA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61 /G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G42/G72/G69/G74/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G4C/G69/G6D/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G44/G45/G56/G49/G44/G41 COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 049-2004-DV-PE Lima, 25 de junio de 2004 VISTOS: La Carta de Donación de fecha 29 de octubre de 2001 emitido por la Embajada Británica de Lima, a favor de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, y el Memorando Nº 236-2004-DV-GAI-LOG de fe- cha 3 de mayo de 2004 del Jefe de la Unidad de Logística; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, la entidad do- nante Embajada Británica con sede en la ciudad de Lima,