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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (30/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de junio de 2004 cuarenta por ciento (40%), lo cual ha causado graves da- ños al pintado de los pabellones de éste; Que, asimismo el referido informe señala que los he- chos mencionados constituyen un actuar negligente por parte del personal de la referida Dirección Subregional deSalud, lo que ha ocasionado un perjuicio económico a la Sociedad de Beneficencia Pública de Sullana ascendente a S/. 39,489.18 (Treinta y nueve mil cuatrocientos ochentay nueve y 18/100 Nuevos Soles), teniendo en considera- ción que con fecha 2 de setiembre del 2002 se suscribió el Convenio de Ejecución de Obra/Servicio Nº 24-0025-02,entre la Sociedad de Beneficencia Pública de Sullana y la Unidad Ejecutora "Programa de Emergencia Social Pro- ductivo - A Trabajar Urbano" del Ministerio de Trabajo y Pro-moción del Empleo, para la ejecución del proyecto denomi- nado Rehabilitación del Cementerio "San José" II Etapa; invirtiéndose en dicho proyecto la suma indicada, compro-metiéndose la mencionada Sociedad de Beneficencia al mantenimiento, preservación y cuidado de la obra; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público para que en defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones judiciales que correspon- dan; Con la opinión favorable de la Dirección General de Ase- soría Jurídica del MIMDES contenida en el Informe Nº 808- 2004-MIMDES/DGAJ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, en el Reglamento de Organización y Fun- ciones del MIMDES aprobado por Decreto Supremo Nº 008- 2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES y en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Re- presentación y Defensa del Estado en asuntos judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial, para que en representación y defensa de los intere- ses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que correspondan contra el personal de la Dirección Subregio-nal de Salud "Luciano Castillo Colonna" de Sullana, de laDirección Regional de Salud Piura, y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos enla parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como los antecedentes del caso al Procurador Públicoencargado de los asuntos judiciales encargado de los asun- tos judiciales del Ministerio de Mujer y Desarrollo Social, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 12234 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G61/G6C/G73/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6F/G63/G75/G6C/G74/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G64/G65/G20/G64/G6F/G63/G75/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G42/G49/G46 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 363-2004-MIMDES Lima, 28 de junio de 2004 Visto, el Oficio Nº 139-2004/INABIF-OAI del Jefe de la Oficina de Auditoría Interna del Instituto Nacional de Bien- estar Familiar - INABIF; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de de- recho del Informe Nº 14-IE-09-2002-02-0309 "Informe Espe- cial sobre los ceses de personal por causal de exceden- cia, del segundo semestre 1995" de la ex Jefa de la Oficinade Auditoría Interna del INABIF , se determina presunta res- ponsabilidad penal por parte de las personas comprendidas en dicho informe, por la comisión de los delitos de falsifica-ción y ocultamiento de documentos, previstos en los artí- culos 427º y 430º del Código Penal, respectivamente; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado , se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadasen original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU