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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 30 de junio de 2004 En uso de las atribuciones establecidas en la Ley Nº 27783, "Ley de Bases de la Descentralización"; Ley Nº27867, "Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales", mo- dificada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 27444, Ley del Procedi- miento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR la Nulidad de Oficio de las Adjudicaciones siguientes: 1. Adjudicación Directa Pública Nº 002-2004-GR.CAJ del Expediente Técnico "Mejoramiento de la Carretera San Luis de Lucma - La Ramada - Chimbán (Km. 55.20); y, 2. Adjudicación Directa Selectiva Nº 0007-2004- GR.CAJ, para la elaboración del Expediente Técnico "Re- habilitación y Mejoramiento de la Carretera Asunción -Cospán: Tramo Asunción - La Posada (28.50 Km.). Regístrese y comuníquese.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 12202 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G74/G61/G20/G48/G65/G72/G6D/G6F/G73/G61/G20/G71/G75/G65/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G20/G6C/G61/G20/G74/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G76/G65/G2D/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72 ACUERDO DE CONCEJO Nº 099 Lima, 22 de abril de 2004 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de abril de 2004, el Oficio Nº 01-90-0000001212 del Servicio de Administración Tributaria - SAT, que adjunta el expedientede ratificación de la Ordenanza Nº 0031-MDPH y su modi- ficatoria la Ordenanza Nº 035-2004-MDPH, de la Munici- palidad Distrital de Punta Hermosa, que establece la “Tasaque se aplicará por el Servicio de estacionamiento Vehicu- lar en la Jurisdicción del distrito de Punta Hermosa perío- do 2004, y el Informe Legal Nº 04-82-00001134 remitidopor la Gerencia de Asuntos Legales del SAT; CONSIDERANDO:Que por Ordenanza Nº 073 la Municipalidad Metropoli- tana de Lima regula el uso de playas de verano del litoralde la provincia de Lima, asimismo establece que las tarifas que se autoricen a cobrar a las Municipalidades Distritales tienen una vigencia sólo por una temporada de verano; Que, en virtud de la ordenanza antes citada, la Munici- palidad Distrital de Punta Hermosa, mediante Ordenanza Nº 0031-MDPH y su modificatoria la Ordenanza Nº 035-2004-MDPH, establece la “Tasa que se aplicará por servi- cio de Estacionamiento Vehicular en la jurisdicción del dis- trito de Punta Hermosa período 2004, la que es remitida alSAT mediante Oficio Nº 029-2004-MDPH-SG, en cumpli- miento de las Ordenanzas Nºs. 211 y 212 que regulan el procedimiento de Ratificación de Normas de carácter tri-butario de las Municipalidades Distritales y las disposicio- nes Normativas Generales de la Tasa por estacionamiento de vehículos en la provincia e Lima, respectivamente, lamisma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 29.11.2002; Que, es necesario indicar como antecedente que la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, mediante Orde-nanza Nº 007-99-MPH aprobó la Tasa por Estacionamien- to vehicular en su jurisdicción para la temporada 2000, es-tableciendo quiénes son contribuyentes, el monto de la tasa, las inafectaciones y las zonas de estacionamiento vehicu- lar, siendo ratificada por el Concejo Metropolitano de Limacon Acuerdo de Concejo Nº 005 publicado en el Diario Ofi- cial El Peruano el 12 de enero de 2000; Que, en ese sentido cabe resaltar que las disposicio- nes de las ordenanzas materia de ratificación sólo regulan las zonas de estacionamiento vehicular donde correspon- de el cobro de la tasa, el monto y el período de vigencia dela tasa (dividido en Temporada de Verano A y Temporada Abierta B); pues, los demás elementos de la obligación tri- butaria se encuentran contemplados en la Ordenanza Nº007-99-MPH, la cual a la fecha no ha sido derogada; Que, mediante Ordenanza Nº 0031-2003-MDPH, pu- blicada el 11 de diciembre del 2003 en el Diario OficialEl Peruano, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa aprobó la Tasa por Servicio de Estacionamiento Vehicu- lar correspondiente al período 2004, especificando quelas zonas aprobadas para el servicio de estacionamien- to son: Playa El Silencio, Malecón Parte Alta de la Playa El Silencio, Playa Caballeros o Barcaza, Playas Norte,Centro y Sur, Punta Hermosa Balneario, Malecón Santa Cruz, frente al Complejo Deportivo Municipal (zona El Huayco), Centro Comunal Municipal y Explanada ZonaMiramar. También, especifica que, se usarán dos tem- poradas para estimar la recaudación en el período: Tem- porada A (enero, febrero y marzo) y Temporada B (no-viembre, diciembre y abril). Asimismo, indica que a fin de evitar el desorden y brindar una óptima seguridad al visitante, se han habilitado y construido zonas de esta-cionamiento vehicular (veredas y sardineles) en áreas destinadas para dicho fin; Que, por otro lado, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa mediante Ordenanza Nº 035-2004-MDPH modi- ficó el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 031-2003-MDPH re- definiendo las siguientes zonas destinadas para el servi-cio: Playa El Silencio y Parte Alta de la Playa El Silencio ( Zona sur segundo ingreso), Playa Caballeros, Playa Cen- tral ( frente al complejo Deportivo Municipal - Huayco) ycostado del Local Comunal - Explanada zona Miramar; Que, dentro del proceso de Ratificación de la Ordenan- za Nº 031-2003-MDPH y su modificatoria Nº 035- 2004-MDPH, el Servicio de Administración Tributaria, efectuó al- gunas observaciones de carácter técnico, que fueron en- tre las más importantes, precisar el porcentaje estimadode uso efectivo del espacio habilitado por cada día de la semana y no incluir como parte de los costos, aquellos relacionados con la prestación de servicios higiénicos, ser-vicios médicos y medicinas, en tanto no guardan relación con el servicio de estacionamiento; Que, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, sub- sanó las observaciones efectuadas y remitió los documen- tos de sustento correspondientes, por lo que el SAT, anali- zó el cumplimiento de los requerimientos técnicos para laratificación de las Ordenanzas en cuestión; Que, el Artículo 7º de la Ordenanza Metropolitana Nº 212 dispone que las zonas de playa donde las Municipali-dades Distritales establezcan tasas por estacionamiento vehicular deben contar con la opinión favorable de la Direc- ción de Servicios a la Ciudad de la Municipalidad Metropo-litana de Lima; Que, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, de acuerdo a lo indicado por el SAT en su Informe Nº 04-90-00000604, ha cumplido con adjuntar el Oficio Nº 055-2004- MML/DMSC de la Dirección Municipal de Servicios a la Ciudad, mediante el cual se remite el Informe Nº 003-2004-MML/DMSC/DE/DAME-JPR de la División de Medio Am- biente y Educación, y en el cual se autoriza zonas de pla- ya, cuya denominación e identificación no coincidía conlas zonas señaladas en la versión original del artículo pri- mero de ordenanza. Esta situación fue subsanada a re- querimiento del SAT, habiendo la Municipalidad Distritalcumplido con emitir la Ordenanza Nº 035-2004-MDPH la misma que modificó la denominación de las zonas de esta- cionamiento establecidas, adecuándolas a la denominacióndel referido informe, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 212;