Norma Legal Oficial del día 08 de marzo del año 2004 (08/03/2004)
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TEXTO DE LA PÁGINA 32
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ITEM
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO
REQUISITOS
DERECHO DE TRAMITE UIT
CALIFICACION AUTOM EVALUACION Silencio Silencio Positivo Negativo
DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE
AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRAMITE
AUTORIDAD QUE RESUELVE LA IMPUGNACION
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Los fundamentos de hecho Los fundamentos de derecho Firma del impugnante o de su representante Autorizacion de abogado, en los casos de licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y siempre que la defensa sea cautiva
2 -
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Adjuntar: Las pruebas instrumentales en caso de haberlas Copias simples del escrito y sus recaudos para la otra parte, si la hubiera y Comprobante de pago.
Plazo: Cuando la Buena Pro MORDAZA quedado firme administrativamente, los actos posteriores solo pueden ser impugnados hasta el 5º dia posterior a la MORDAZA fecha prevista para la suscripcion del contrato.
El recurso de apelacion suspende el MORDAZA de seleccion hasta que dicho recurso, y en su caso, el de revision, MORDAZA resueltos Gratuito 30 dias habiles 30 dias habiles Oficina de Tramite Documentario y Archivo Oficina de Tramite Documentario y Archivo Secretario General No aplicable
15.102
Desistimiento del Recurso de Apelacion Art. 170º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, (13/02/01) Gratuito
1
Escrito dirigido al Presidente del Comite Especial, con firma legalizada ante el fedatario del JNE
15.103
Devolucion de la garantia de fiel cumplimiento Arts. 121º, 122º y 140º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM (13/02/01)
1
Escrito dirigido al Secretario General solicitando al devolucion de la carta fianza
Secretario General
No aplicable
16
0.00625% UIT copias simples (por pagina) 0.25% UIT copias certificadas (por pagina) 7 dias habiles (*****)
Acceso a la Informacion Publica del JNE
Oficina de Tramite Documentario y Archivo Funcionario Responsable (Resolucion Nº 168-2002-P/JNE) Secretario General Ver item 16.105
NORMAS LEGALES
16.104
Solicitud para acceder a la informacion que produzca o posea el JNE (*) (**) (***) (****) Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM (24/04/03) Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM (07/08/03)
1
Formulario Nº 1 proporcionado por la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del JNE
2 -
Adjuntar: Liquidacion del costo de reproduccion
(*) Dicha informacion incluye a las Resoluciones emitidas por el Pleno del JNE, la documentacion e informacion administrativa y/o electoral obrante en la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del JNE, asi como cualquier otra informacion que se encuentre en posesion o bajo control del JNE. 0.0469% UIT Grabacion de informacion en disquete (por disquete) 0.1313% UIT Grabacion de informacion en CD-R (por CD-R) 0.2125% UIT
La liquidacion del costo de reproduccion que contiene la informacion requerida, estara a disposicion del solicitante a partir del 6to dia de presentada la solicitud. El solicitante debera acercarse al JNE y cancelar el monto, a efectos que el JNE efectue la reproduccion correspondiente y pueda poner a su disposicion la informacion dentro del plazo establecido.
(**) Este procedimiento no es aplicable a las solicitudes de informacion que encajen en las excepciones previstas en los Arts. 15º, 16º y 17º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM
(***) En caso de que un documento contenga, en forma parcial informacion que no sea de acceso publico, el JNE debera permitir el acceso a la informacion disponible del documento
MORDAZA, lunes 8 de marzo de 2004
(****) Sin perjuicio de lo establecido en el presente procedimiento, el JNE permitira a los solicitantes el acceso de manera inmediata a la informacion publica durante las horas de atencion al publico