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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G35/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de marzo de 2004 Estando a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Munici- palidades - Ley Nº 27972, Artículo 9º, incisos 8) y 9), con el voto UNÁNIME de los (as) señores (as) Regidores (a) del Concejo Municipal y la dispensa del trámite de lecturay aprobación de acta, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar la modificatoria establecida en el Cronograma de la Ordenanza Nº 022-2003-MDLP, para el pago del Primer Trimestre del Impuesto Predial y para el Pagode los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques, Jardines y Sere- nazgo de los meses de enero y febrero, por cuanto su nueva fecha de vencimiento será el 30 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración Tributaria, el cumplimiento de la presente dispo- sición, asimismo poner en conocimiento de la Gerencia deAdministración y a la Gerencia de Planeamiento y Presu- puesto para los fines de su competencia. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secreta- ría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 05045 /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G69/G72/G20/G6F/G62/G72/G61/G73 /G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 059-2004-MDLP-ALC La Perla, 23 de febrero de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE LA PERLA Visto, el INFORME Nº 015-2004-GDU-MDLP de fecha 8.2.2004 emitido por el Gerente de Desarrollo Urbano, so- licitando nombrar la Comisión para la Recepción de Obras ejecutadas por la Municipalidad Distrital de La Perla; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece "las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local tienen autonomía política, econó-mica y administrativa en asuntos de su competencia"; Que, mediante INFORME Nº 015-2004-GDU-MDLP de fe- cha 9.2.2004 emitido por el Gerente de Desarrollo Urbano, so-licitando nombrar la Comisión para la Recepción de Obras eje- cutadas por la Municipalidad Distrital de La Perla: Construc- ción de Piletas y Grutas en la Av. Santa Rosa (ADS Nº 004-2003-MDLP-CEP), Remodelación del Parque Unidad La Perla "Plaza Cívica" (ADS Nº 003-2003-MDLP-CEP) y la Construc- ción del Parque Astete (ADS Nº 002-2003-MDLP-CEP); y, Que, mediante Proveído Nº 0098-04-GM/MDLP de fe- cha 20.2.2004, el Gerente Municipal, señala se meritúe la propuesta alcanzada por el Gerente de Desarrollo Urbano; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar la Comisión para la re- cepción de Obras Ejecutadas por la Municipalidad Distritalde La Perla, la misma que estará integrada por los siguien- tes funcionarios: Ing. Anibal Jara Aguirre CIP 55312 Gerente de Desarrollo Urbano Ing. Ernesto Ramos Torres CIP 43767 Supervisor de Obras Públicas Eco. Roberto Castillo Semorile Gerente de Planeamiento y Presupuesto Artículo Segundo.- La Comisión establecida en el ar- tículo precedente suscribirá las Actas de la recepción deobras ejecutadas por la Municipalidad Distrital de La Perla. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, el cabal cumplimiento dela presente Resolución.Artículo Cuarto.- Publicar la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 05043 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G44/G69/G63/G74/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C ORDENANZA Nº 013-2004-MDLP/ALC La Punta, 8 de marzo del 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA El Concejo Distrital de La Punta, en Sesión Ordinaria de la fecha 4 de marzo de 2004; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y admi- nistrativa en los asuntos de su competencia; y otorga po-testad tributaria para crear, modificar y suprimir contribu- ciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple la función normativa, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución; Que, la Norma IV del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus con- tribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellas,dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; ORDENANZA Artículo Primero.- Defínase el concepto de Arbitrio Social como el beneficio por el cual un contribuyente de la jurisdicción obtiene un descuento sobre el monto a pagar por concepto de Arbitrios Municipales. El Arbitrio Socialestará directamente relacionado con la situación económi- ca del contribuyente y, sólo se podrá aplicar en virtud a una Resolución de Gerencia que otorgue este beneficio. Artículo Segundo.- El Arbitrio Social se aplicará so- bre todas las deudas de arbitrios que se hayan generado y sobre aquellas mensualidades del año que aún no vencen. Artículo Tercero.- El descuento sobre el monto a pagar podrá ser desde un 20% hasta un 90% según lo determine el estudio realizado del caso específico, estableciéndose comomonto mínimo a pagar la suma de S/. 5.00 Nuevos Soles. Artículo Cuarto.- Podrá condonarse los intereses, multas y costas judiciales que se hayan irrogado comoconsecuencia del atraso en el pago de esta tasa para los contribuyentes que obtengan este beneficio, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la presente norma. Artículo Quinto.- Los contribuyentes que deseen acogerse a este beneficio deberán presentar en Mesa de Partes una solicitud, la cual podrá estar acompañada delas pruebas que fundamenten su pedido. La presentación de dicha solicitud no tendrá costo alguno. Artículo Sexto.- La evaluación de las solicitudes es- tará a cargo de la División de Atención al Vecino y sujeta al procedimiento señalado en el reglamento de la pre- sente ordenanza. Artículo Séptimo.- Este beneficio será renovado automá- ticamente cada año. Seguirá vigente y/o bajo las mismas condi- ciones siempre y cuando el proceso de fiscalización posterior arealizar por parte de la Municipalidad así lo defina. Artículo Octavo.- Encárguese a la División de Atención al Vecino el desarrollo del reglamento de la presente ordenanza. Artículo Noveno.- Deróguese la Ordenanza Nº 13- 2003-MDLP y la Ordenanza Nº 05-2004-MDLP. Artículo Décimo.- Encárguese a la Gerencia de Ren- tas y Comercialización el fiel cumplimiento de la presente. Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 04982