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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G35/G32/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de marzo de 2004 plén de material seleccionado de buena calidad y debida- mente nivelado y compactado. El acabado será con la mezcla de cemento y arena fina, en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro ycon juntas cada cinco metros. El desnivel de acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Los radios de los abanicos en las esquinas serán de 6.00 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en con- tacto con jardines, se construirá un sardinel de concreto de di- mensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados totale independientemente de la losa de la vereda, de tal manera de que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sar- dinel; la calidad de concreto será de f’c=175 kg/cm². Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 ml. en pozas de concreto. Rampas en Bermas para Personas con Discapaci- dad.- En los lugares señalados en el Plano de Lotización y Vías, se construirán rampas en las bermas que conectaránlos niveles superiores de las aceras de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la Norma Técnica NTE-U-190 "Adecuación Urbanística para las personas con Discapa-cidad". Aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2001- MTC/15.04 de fecha 7.2.2001. Artículo Tercero.- DISPONER quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la obligación de los propietarios de cancelar los déficits de aportes reglamenta-rios, que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda en garantía el Lote Único. Los déficits de Aporte para Recreación Pública de 100.032 m² y paraOtros Fines de 25.008 m² deben ser valorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco; para Parques Zonales de 150.048 m² en SERPAR - LIMA y para el Ministerio de Educaciónde 50.016 m² en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- DISPONER que Roberto Henriquez Goi- cochea y Carmen Noemí Barinotto Vargas efectúen la publica-ción de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados admi- nistrativos en copia certificada a la Dirección Municipal de Desa- rrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para suverificación de acuerdo a ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorización y Control deObras el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDUARDO BORDA SAN ROMÁN Gerente de Desarrollo Urbano 04972 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G73/G20/G64/G65/G73/G74/G69/G6E/G61/G64/G6F/G73/G20/G61/G6C /G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G61/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G65/G63/G68/G65 ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2004/MDS Surquillo, 8 de marzo del 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Vistos, los Informes Nº 008-2004/CE-MDS, del Comité Especial para Licitaciones Públicas de la Municipalidad deSurquillo; el Informe Nº 046-04-GAJ-MDS, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Informe Nº 018-04/GM-MDS de la Gerencia Municipal, en la sesión extraordinaria de la fe-cha; mediante los cuales señalan que con el fin de no perjudicar la normal distribución de los re- cursos a los beneficiarios- se requiere la declaratoria ensituación de urgencia de la adquisición de insumos que componen la fórmula nutricional para los usuarios del Pro- grama del Vaso de Leche, mientras dure la Licitación Públi-ca a efectuarse, notificando a la Contraloría General de la República y CONSUCODE, conforme manda la Ley; Por lo que, el Concejo Municipal de Surquillo, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 41º de la LeyOrgánica de Municipalidades, con el voto unánime de sus miembros y con la dispensa de trámite de aprobación de actas; ACUERDA:Primero.- Declara en Situación de Urgencia la adquisición de los insumos que componen la fórmula nutricional para losusuarios del Programa del Vaso de Leche de Surquillo, mien- tras dura el proceso de la Licitación Pública a efectuarse, con el fin de no perjudicar la normal distribución de su producto a losbeneficiarios del referido programa social. Segundo.- Notificar a la Contraloría General de la Repúbli- ca y al CONSUCODE el contenido del presente acuerdo. Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administración la adqui- sición de los insumos del Programa del Vaso de Leche a lo esta- blecido en los Textos Únicos Ordenados de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Regístrese, publíquese y cúmplase.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 05084 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G64/G6F/G20/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G2D/G64/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G34 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000006 Callao, 8 de marzo de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, el plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial, puede ser prorrogado por la Municipalidad acree-dora del tributo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15º de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Le- gislativo Nº 776 y sus modificatorias; Que, la Octava Disposición Final y Transitoria de la Ordenan- za Nº 000024-2003, que regula el régimen legal de los Arbitrios Municipales, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Al-caldía, pueda disponer la prórroga del vencimiento de las obligacio- nes sustanciales y formales, que la misma dispone; Que, el número de contribuyentes que han acudido a cumplir sus obligaciones tributarias, hace necesaria la ampliación de los plazos aludidos, prorrogados mediante los Decretos de Alcaldía Nºs. 000004 y 000005 del 2004; Estando a lo expuesto, con la visación de la Dirección Gene- ral de Administración Tributaria y Rentas, y en ejercicio de las facultades que confiere al Alcalde el inciso 6) del Artículo 20º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Prorróguese hasta el 12 de marzo de 2004, el plazo para el pago al contado o de la primera cuota del Impuesto Predial del 2004, así como para el pago de los Arbitrios Municipales de los meses de enero y fe-brero del 2004, para todos los deudores tributarios o res- ponsables que no se encuentren incorporados en el Direc- torio de Principales Contribuyentes aprobado para el pre-sente ejercicio. Artículo Segundo.- Prorrogar el plazo previsto en el numeral a) del Artículo Sexto del Decreto de Alcaldía Nº000004-2004, para el goce del beneficio de descuento del quince por ciento (15%), sobre el monto insoluto de los Arbitrios Municipales, por pago adelantado de los mismos,para los pequeños y medianos contribuyentes, hasta el 12 de marzo de 2004. Artículo Tercero.- Modifíquese el numeral b) del Artí- culo Sexto del Decreto de Alcaldía Nº 000004-2004, en los términos siguientes: