TEXTO PAGINA: 14
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G37/G36/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de mayo de 2004 MIMDES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G6F/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G4E/G69/GF1/G6F/G20/G79/G20/G65/G6C /G41/G64/G6F/G6C/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6E/G63/G68/G61/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G69/G2D /G6C/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G74/GED/G74/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 242-2004-MIMDES Lima, 28 de abril de 2004 Vistos, la solicitud del Alcalde de la Municipalidad Pro- vincial de Chincha de fecha de recepción 23 de octubre de2003, a fin que su Defensoría del Niño y el Adolescente sea autorizada para realizar Conciliaciones Extrajudicia- les con Título de Ejecución; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27007, se facultó a las Defenso- rías del Niño y del Adolescente autorizadas a realizar con-ciliaciones extrajudiciales con Título de Ejecución, estable-ciéndose en su Artículo 4º que el entonces Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PRO- MUDEH, hoy Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, autorizará, supervisará y llevará el registro defuncionamiento de las Defensorías que tengan las faculta-des señaladas en la citada Ley; Que, la Municipalidad Provincial de Chincha, es una institución promotora del Servicio de Defensoría del Niño y el Adolescente, la misma que tiene como uno de sus obje-tivos promover el fortalecimiento de los lazos familiares,por lo que solicitó se autorice a la Defensoría del Niño y elAdolescente que promueve a realizar conciliaciones extra-judiciales con Título de Ejecución; Que, con fecha 1 de diciembre de 2003 se autorizó la visita de inspección a la Defensoría del Niño y del Adolescente de laMunicipalidad Provincial de Chincha, la que se realizó el 5 dediciembre de 2003, dentro del plazo establecido por el nume-ral 5.3.5 de la Directiva Nº 004-2000-PROMUDEH/GPNA,aprobada por Resolución Ministerial Nº 18-2000-PROMUDEH; Que, la Dirección General de Niñas, Niños y Adoles- centes, a través del Informe Nº 064-2003/MIMDES-DIGN-NA de fecha 10 de diciembre de 2003, ha otorgado opiniónfavorable, luego de evaluar el expediente, verificar la infor-mación proporcionada y constatar que la Defensoría cuentacon infraestructura y mobiliarios adecuados; así como con un ambiente privado para realizar las conciliaciones y un adecuado sistema de archivo y registro de las actas de con-ciliación; por lo que habiendo cumplido con los requisitosseñalados en la Ley Nº 27007 y su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 006-99-PROMUDEH, resulta con-veniente autorizar a la Defensoría del Niño y el Adolescente de la Municipalidad Provincial de Chincha, a realizar conci- liaciones extrajudiciales con Título de Ejecución; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27007 - Ley que faculta a las Defensorías del Niño y el Adolescente a rea-lizar Conciliaciones Extrajudiciales con Título de Ejecución, ysu Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 006-99- PROMUDEH, Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, Reglamen-to de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, y la Resolución Ministerial Nº 18-2000-PRO- MUDEH que aprobó la Directiva Nº 004-2000-PROMUDEH- GPNA “ Normas para la Autorización y Registro de las Defen-sorías del Niño y el Adolescente para realizar ConciliacionesExtrajudiciales con Título de Ejecución”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Defensoría del Niño y el Adolescente de la Municipalidad Provincial de Chincha arealizar conciliaciones extrajudiciales con Título de Ejecu-ción en materia de alimentos, régimen de visitas y tenen-cia, por los fundamentos expuestos en la parte considera- tiva de la presente Resolución. Artículo 2º.- Asignar a la Defensoría del Niño y el Ado- lescente de la Municipalidad Provincial de Chincha, el nú-mero de registro de autorización 11017AC. Artículo 3º.- La Oficina de Defensorías de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, supervisará el funcionamiento de la citada Defensoría. Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes a emitir la constancia correspon-diente. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Defensoría del Niño y el Adolescente de la Municipalidad Provincial de Chincha para los fines consi-guientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 08259 PRODUCE /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G72/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G50/G65/G73/G2D/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G69/G74/G61/G20/G2D/G20/G43/G45/G50/G20/G50/G41/G49/G54/G41 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 014-2004-PRODUCE Lima, 30 de abril del 2004 Vista la Nota Nº 549-2004-PRODUCE/DM-Ases del 14 de abril de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 136-2001-PE, de fecha 20 de setiembre de 2001, se designó como Miem-bros del Consejo Directivo del Centro de EntrenamientoPesquero de Paita - CEP PAITA, a los señores Julio Gonza-les Fernández y Miguel Scollo Torreblanca, por la Resolu- ción Suprema Nº 019-2002-PRODUCE, del 19 de diciem- bre del 2002, al señor José Avilez Cueto, y por la Resolu-ción Suprema Nº 003-2003-PRODUCE, del 15 de mayodel 2003, al señor Guillermo Aliaga Manassevitz; Que, los citados funcionarios han formulado renuncia al cargo conferido, siendo conveniente designar a sus re- emplazantes; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia presentada por los señores Julio Gonzales Fernández, Mi-guel Scollo Torreblanca, José Avilez Cueto y Guillermo Alia-ga Manassevitz, al cargo de Miembros del Consejo Directi- vo del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP PAITA, dándoles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Blgo. William Ricardo León Villavicencio, Ing. Oscar VásquezRamos, Ing. Ricardo Segura Romero y al señor EnriqueGarcía Abalde, como miembros del Consejo Directivo del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP PAITA. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 08423