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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 2004 (04/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G37/G38/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 4 de mayo de 2004 12. De acuerdo al inc. b) del Art. 6411 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, se encuentradentro de las atribuciones del Tribunal Registral el de veri-ficar, en el ejercicio de su función, el cumplimiento, por partede los Registradores Públicos, de las disposiciones lega-les y reglamentarias. En el presente caso, se modificó eldomicilio procesal de la empresa compradora, sin tenerseen cuenta que si bien en principio solicitó el cambio dedomicilio, mediante escrito presentado en la misma fecha la compradora modificó dicho pedido indicando que las no-tificaciones posteriores se realizaran en el domicilio con-signado en el exordio del contrato del 14 de octubre de2002. Por consiguiente, debe comunicarse a la Gerencia Re- gistral de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo, asícomo al Superintendente Adjunto de la SUNARP del vicioincurrido, según se indicó en el numeral 8 del presenteanálisis. Estando a lo acordado por unanimidad.VI. RESOLUCIÓN1. Declarar FUNDADA la apelación formulada por Los Andes S.A.C. Contratistas Generales (ANDECON S.A.C.),y en consecuencia NULAS las resoluciones del 10 de oc- tubre de 2003 y 22 de diciembre de 2003, así como tam-bién el remate y adjudicación efectuado del Tractor sobreOrugas, marca Caterpillar, Modelo D6G, Motor Nº08TD12250, Serie Nº 02MJ02849, por las consideracio-nes expuestas en los numerales 8, 9, 10 y 11 del análisisde la presente resolución, debiendo de reponerse el esta-do del procedimiento a la fecha de la presentación de losescritos de la compradora, efectuado con fecha 9 de octu-bre de 2003, obrante a fs. 163, 164, 165 y 166; y SUBSIS- TENTE la resolución del 14 de noviembre de 2003, de fs. 178, así como la liquidación de pagos y bases para la su-basta de fecha 14 de noviembre de 2003, de fs. 180, de-biendo de ser notificados al domicilio procesal de la com-pradora. 2. REMITIR copia de la presente resolución la Geren- cia Registral de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo,así como al Superintendente Adjunto de la SUNARP, paraefectos de lo dispuesto en el numeral 12 de su rubro análi-sis. Regístrese y comuníquese.MIRTHA RIVERA BEDREGAL Presidenta de la Primera Sala delTribunal Registral FERNANDO TARAZONA ALVARADO Vocal del Tribunal Registral FREDY SILVA VILLAJUAN Vocal del Tribunal Registral 11Artículo 64º.- Son funciones del Tribunal Registral: (...) b) Verificar, en el ejercicio de su función, el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias, así como de los precedentes de observan- cia obligatoria, por parte de los Registradores, dando cuenta a la Gerencia Registral y al Superintendente Adjunto de las irregularida-des detectadas. (...) 08467 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 179-2004-SUNARP/SN Mediante Oficio Nº 1430-2004-SUNARP/SG, la Super- intendencia Nacional de los Registros Públicos solicita sepublique Fe de Erratas de la Resolución del Superinten-dente Nacional de los Registros Públicos Nº 179-2004-SUNARP/SN, publicada en nuestra edición del día 1 demayo de 2004.En el CONSIDERANDO, tercer párrafo: DICE:"... de fecha 29 de mayo de 2004 ..."DEBE DECIR:"... de fecha 29 de abril de 2004 ..."08466 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 /G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6C/G6C/G61/G6F ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 013-2004-REGIÓN CALLAO-CR CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27813, Ley del Sistema Nacional Coor- dinado y Descentralizado de Salud, establece en su Artí-culo 1º la finalidad de la creación del mismo, así como lade coordinar el proceso de aplicación de la Política Nacio-nal de Salud y en su Artículo 3º dispone que son tres losniveles de organización del Sistema Nacional Coordinadoy Descentralizado de Salud, siendo ellos: el Nacional, Re-gional y Local; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-SA, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27813, Ley del SistemaNacional Coordinado y Descentralizado de Salud, en cuyoArtículo 13º se define al Consejo Regional de Salud - CRS,como el órgano de concertación, coordinación y articula-ción regional del SNCDS, asignándole funciones específi-cas; Que, el Artículo 14º del precitado Reglamento, prevé la conformación y funcionamiento del Consejo Regional deSalud - CRS, el cual es presidido por el Director Regionalde Salud y está integrado por los representantes de lasInstituciones del Sector en el ámbito regional, de conformi-dad con la finalidad y objetivo de la referida Ley, acordadospor el Gobierno Regional respectivo; Que, mediante Oficio SA-DS-CALLAO/DG Nº 130-2004, de fecha 16 de enero del 2004, el Dr. Marco Antonio An-driánzen Costa, Director General de la Dirección de SaludI Callao, solicita la conformación del Consejo Regional deSalud del Callao; Que, la Comisión Regional de Salud, Educación y Cul- tura del Consejo Regional del Gobierno Regional del Ca-llao en su Dictamen Nº 001-2004-REGIÓN CALLAO-CR-CSEC de fecha 20 de abril del 2004; acordó por unanimi-dad proponer al Pleno del Consejo Regional la Conforma-ción del Consejo Regional de Salud del Callao; El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria celebrada el día 26 de abril del 2004,con el voto aprobatorio del Consejo Regional y en uso delas facultades conferidas por los Artículos 39º y los incisosa) y d) del Artículo 49º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánicade Gobiernos Regionales y por el Reglamento Interno delConsejo Regional; ACUERDA:Artículo Primero.- CONFORMAR el Consejo Regio- nal de Salud del Callao, el mismo que estará integrado porlos siguientes miembros: - El Director Regional de Salud, quien la presidirá. - El Gerente Regional de Desarrollo Social del Gobier- no Regional del Callao. - El Director General del Hospital Nacional “Daniel A. Carrión”. - El Director General del Hospital “Alberto Sabogal” - ESSALUD. - El Director del Centro Médico Naval “Mayor Santiago Távara”. - El Obispo del Callao.