Norma Legal Oficial del día 06 de mayo del año 2004 (06/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 6 de MORDAZA de 2004

sea mas rapida, eficiente y MORDAZA, siendo necesario la adquisicion de dos (2) Licencias Oracle Perpetuas por procesador de usuarios ilimitados; Que, mediante Carta de fecha 12 de MORDAZA del 2004 remitida por Oracle Corporation (fabricante) consigna a Oracle del Peru S.A. (subsidiaria) como la unica empresa autorizada por la Corporacion para distribuir todos los productos y servicios de su empresa, es decir, licencias, servicios de soporte tecnico y renovacion de soporte, entendiendose que Oracle es el unico proveedor del programa MORDAZA mencionado; Que, de lo expuesto se concluye que es necesario adquirir las dos (2) licencias Oracle perpetuas, a fin de no poner en riesgo la informacion que reside en la Base de Datos Oracle de la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, de acuerdo a lo senalado el Articulo 19º inciso f) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Articulo 20º de la acotada MORDAZA senala que las adquisiciones o contrataciones (...) se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y se aprobaran mediante Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Locales, requiriendo para ello el informe tecnico-legal previo y sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo MORDAZA del Acuerdo y el Informe que lo sustenta debe ser remitido a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el Articulo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que de producirse los supuestos senalados en los Articulos 19º y 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, que determina la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del titular del pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la adquisicion de dos (2) Licencias Oracle perpetuas a la empresa ORACLE del Peru S.A., por ser esta proveedora Unica, de acuerdo a los considerandos del presente acuerdo. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la realizacion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de la empresa ORACLE del Peru S.A. hasta por un monto de S/. 104,500.00 (Ciento cuatro mil quinientos y 00/100 nuevos soles) incluidos los impuestos de ley; con cargo a la Partida 6.7.11.51 "Equipamiento y Bienes Duraderos" - Fuente de Financiamiento 08 y 09 "Recursos Directamente Recaudados". Articulo Tercero.- ENCARGAR al Comite Especial Permanente la realizacion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, de conformidad con el Articulo 105º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850. Articulo Cuarto.- REMITIR MORDAZA del presente Acuerdo y los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica dentro del plazo senalado por ley. Articulo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo senalado por ley. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08568

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de combustible para los vehiculos de la municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2004-MDR

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha dieciseis de MORDAZA del ano dos mil cuatro el Informe Nº 257-2004-MDROAF/UL de la Unidad de Logistica; el Informe Nº 052-2004OAF-MDR de la Oficina de Administracion y Finanzas; el Informe Nº 309-2004-OAJ-MDR de la Oficina de Asesoria Juridica; el Informe Nº 004-2004-GM-MDR de la Gerencia Municipal por el cual solicitan se declare en Situacion de Urgencia la adquisicion del suministro de combustible para las unidades vehiculares de la Corporacion; CONSIDERANDO: Que, mediante los Informes administrativos de Visto estos senalan que como resultado de las indagaciones efectuadas con relacion al suministro de combustible para las unidades vehiculares de la entidad durante el periodo presupuestal 2003, esta se habria realizado sin culminarse los procesos de seleccion que correspondian y no haberse suscrito contratos para tal suministro. Esta situacion ha conllevado que esta Municipalidad MORDAZA dispuesto las investigaciones y verificaciones pertinentes que deberan establecer procesos administrativos para determinar las responsabilidades de los funcionarios y servidores participantes en este hecho; Que, sin menoscabo de la situacion expuesta en el considerando anterior, se debe considerar que de conformidad con el Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Decreto Legislativo Nº 611; la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, son funciones de la Municipalidad el velar por la conservacion del medio ambiente saludable y ecologicamente equilibrado para el desarrollo de la MORDAZA, evitando la contaminacion ambiental y en ese sentido la Municipalidad es responsable por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de residuos solidos y de la limpieza de las vias, entendiendo que este servicio se presta mediante unidades vehiculares en cantidad suficiente y por consiguiente estas unidades utilizan perentoriamente suministro de combustible; Que, teniendo en cuenta las causales de necesidad justificada de suministro inmediato de combustible (gasolina y petroleo) a las unidades vehiculares de la entidad, especialmente a los de limpieza publica y serenazgo para mantener su operatividad y a fin de evitar las consecuencias que acarrearia la desatencion de los servicios de recoleccion de residuos solidos domiciliarios y comerciales y de seguridad ciudadana que pondria en grave riesgo la salubridad, el ornato, la seguridad y bienestar del distrito, se debe considerar esta situacion como excepcional; Que, mediante Informe Nº 309-2004-OAJ-MDR la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad es de opinion favorable para que se declare la Situacion de Urgencia toda vez que los hechos contenidos en los Informes Tecnicos demuestran que se configuran los presupuestos legales para declarar una exoneracion del MORDAZA de seleccion senalados en los articulos 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, en el sentido que se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria y imprevisible de un bien compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial. Dicha situacion faculta a la entidad adquirir los bienes o servicios solo por el tiempo o cantidad necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda;

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