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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G30/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 6 de mayo de 2004 S.R.L. Asimismo, se comunicó a CONSUCODE y PROM- PYME. A dicho efecto, se presentaron para la Adjudica-ción de Menor Cuantía Nº 0394M18981, las empresas Johnson & Johnson del Perú S.A., Premium Medical E.I.R.L., Intramédica, Data Medical, Surgimed S.R.L.,Tecnomed S.A. y Representaciones Médicas Mary S.R.L.; Que, conforme a lo señalado en el artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad de-berá definir con precisión la cantidad y las características de los bienes que se van a adquirir, los cuales deberán cumplir obligatoriamente con las normas técnicas, me-trológicas y/o sanitarias nacionales si las hubiere. Para tal efecto, antes de iniciar los procesos de adquisición, coordinará con las dependencias de las cuales provie-nen los requerimientos y efectuará estudios de las posi- bilidades que ofrece el mercado, de modo que se cuente con la información para la descripción y especificacionesde los bienes; Que, en el presente caso, de las Bases de la Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 0394M18981 se desprendeque por un lado, se establece como ítem 1, la adquisi- ción de "Aplicador automático de grapas M-L x 10 mm" (Anexo 1 "Requerimiento y Valores Referenciales Unita-rios"), mientras que por otro, se establece la adquisición de "Aplicador de Clips Automático para Hemostasia" (Anexo 3 "Especificaciones Técnicas y Condiciones deCalidad"); Que, no obstante, según lo informado por el Comité Especial del referido proceso de selección, en lugar de"Aplicador de Clips Automático para Hemostasia" debe decir "Clipador Endoscópico Descartable M-L", toda vez que el producto era para Hemostasia de vasos sanguí-neos y no para conductos; Que, de lo expuesto, se puede observar que no se precisa con exactitud en las Bases de la Adjudicaciónde Menor Cuantía Nº 0394M18981, las características del real requerimiento de las áreas usuarias, por lo que la adquisición del bien señalado en las Bases delmencionado proceso de selección no cumpliría con lo establecido en el artículo 12º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, así como la finalidad establecida en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes y Adquisiciones del Estado, que es garantizar quelas Entidades obtengan bienes de acuerdo a la calidad requerida, en forma oportuna y a precios o costos ade- cuados; Que, de igual forma, del Anexo 3 "Especificaciones Técnicas y Condiciones de Calidad" se observa que los productos: Aplicador de Clips Automático para Hemos-tasia (ítem 1), Cable para Pinza Bipolar para Cirugía La- paroscópica (ítem 2), y, Cable Monopolar para Cirugía Laparoscópica (ítem 3) presentan como nota de pie depágina, lo siguiente: "Tipos y Dimensiones de acuerdo al Cuadro de Necesidades" ; sin embargo, de las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0394M18981se observa que éstas no han sido integradas al mismo, por lo que, toda vez que no se precisa las características de los bienes a adquirir, se transgrede lo establecido enel artículo 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el Titu- lar del Pliego o la máxima autoridad administrativa de laEntidad, según corresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selección por alguna de las cau- sales establecidas en el artículo 57º del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM, sólo hasta antes de la celebración del con-trato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolu- ción recaída sobre los recursos impugnativos; Que, de acuerdo al artículo 57º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, son nulos los actos administrativos cuando son dictados por órgano incompetente, contravengan lasnormas legales, contengan un imposible jurídico o pres- cindan de las normas esenciales del procedimiento; Que, atendiendo a las normas mencionadas prece- dentemente, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 0394M18981, desde la Etapa de la Convocatoria, previa definición dela descripción y especificaciones de los bienes re- queridos, al haberse contravenido los artículos 3º y 12º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Ofi-cio Nº 1194/2001 (GTN-MON), corresponde en forma ex- clusiva al Titular del Pliego la facultad prevista en el artí- culo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Pre-sidente Ejecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y Titular del Pliego Presupuestal; Que, de acuerdo al artículo 47º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la más alta autoridad de la Entidad puede dispo- ner la evaluación del adecuado desempeño de los miem-bros del Comité Especial y servidores que participaron en el mencionado proceso de selección, con la finalidad de deslindar las responsabilidades a que hubiere lugar; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:1.- DECLARAR de oficio la nulidad de la Adjudica- ción de Menor Cuantía Nº 0394M18981 "Adquisición deMaterial para Cirugía Laparoscópica", debiéndose retro- traer el proceso a la Etapa de Convocatoria, previa defi- nición de la descripción y especificaciones de los bie-nes requeridos. 2.- DISPONER la publicación de la presente Reso- lución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco(5) días siguientes a su expedición. 3.- ENCARGAR al Órgano de Control Institucional que realice la evaluación del adecuado desempeño de losservidores o funcionarios, así como de los miembros del Comité Especial que participaron en el presente proce- so de selección. 4.- DISPONER que la Secretaría General notifique la presente Resolución al Comité Especial de la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 0394M18981 "Adquisiciónde Material para Cirugía Laparoscópica" y a la Gerencia Departamental de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 08566 INDECOPI /G53/G65/G20/G61/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4E/G54/G50/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G6F/G73 /G43/G6F/G6D/G69/G74/GE9/G73/G20/G64/G65/G20/G4D/GE1/G71/G75/G69/G6E/G61/G73/G20/G43/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G45/G6C/GE9/G63/G2D /G74/G72/G69/G63/G6F/G73/G3B/G20/G50/G61/G6C/G65/G74/G69/G7A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G3B/G20/G41/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61 /G52/G65/G67/GED/G6D/G65/G6E/G65/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G2C/G20/G43/G61/G2D/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G59/G65/G73/G6F/G73 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCIÓN COMISIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS Y COMERCIALES Nº 0035-2004/CRT-INDECOPI Lima, 1 de abril de 2004