Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2004 (11/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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5.3. Del Comite de Evaluacion.

NORMAS LEGALES
5.6. De la evaluacion.

MORDAZA, martes 11 de MORDAZA de 2004

5.3.1.- En el termino de 48 horas despues de realizada la convocatoria, la Direccion Regional de Educacion conformara un Comite de Evaluacion integrado por el Director Regional de Educacion quien lo presidira, el Director de Gestion Pedagogica, el Jefe de la Oficina de Administracion, el Director de Gestion Institucional y un representante del Sindicato de Docentes de Educacion Superior a nivel regional. 5.3.2.- Son funciones del Comite de Evaluacion. a) Evaluar los expedientes de los aspirantes a las encargaturas, teniendo en cuenta el Anexo Nº 1 de la presente norma. b) Elaborar las actas e informes pertinentes y elevarlos a la Direccion Regional de Educacion para la emision de la Resolucion Directoral de encargatura. c) Publicar los resultados. d) Atender y resolver los reclamos presentados por los evaluados. 5.4. Del MORDAZA de revision para la encargatura. 5.4.1.- El MORDAZA de seleccion de personal para la encargatura de Director General tendra dos etapas, una cerrada y otra abierta. 5.4.2.- De la etapa cerrada (Primera Etapa) 5.4.2.1.- La etapa cerrada consiste en recibir solamente expedientes de los docentes que laboran en el Instituto para darles oportunidad que ocupen el cargo de Director General, como un MORDAZA de promocion interna. 5.4.2.2.- La Direccion Regional de Educacion mediante Resolucion Directoral, convocara al MORDAZA de evaluacion y aprobara la fecha de inicio del mismo, (publicandolo en el Diario Oficial El Peruano o en el de mayor circulacion de la region), y ademas comunicara por escrito de dicha convocatoria a la Direccion del ISP/ESFA/IS correspondiente. 5.4.2.3.- En esta etapa, los interesados en el plazo de tres dias habiles impostergables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion que da inicio al MORDAZA de evaluacion para las encargaturas, presentaran en la mesa de partes del ISP/ESFA/IS, su curriculo documentado, el mismo que sera derivado al Comite Revisor en el plazo de 48 horas. 5.4.2.4.- La revision de los expedientes en el Instituto, se realizara en un plazo de dos (2) dias habiles impostergables, contados a partir del dia siguiente del termino del plazo de recepcion. 5.4.2.5.- Concluida la seleccion, el Comite Revisor con el visto MORDAZA de la Direccion del Instituto elevara el informe correspondiente con todos los expedientes que hayan alcanzado los requisitos a la Direccion Regional de Educacion para la evaluacion respectiva. 5.4.2.6.- En caso que no existan postulantes con los requisitos establecidos en la presente MORDAZA, el Comite Revisor con el visto MORDAZA de la Direccion del Instituto informara de dicha situacion a la Direccion Regional de Educacion, quien declarara desierta la eleccion y concluida la primera etapa. 5.4.3.- De la etapa abierta (Segunda Etapa) 5.4.3.1.-En caso de quedar desierto el cargo de Director General despues de concluida la primera etapa, la Direccion Regional de Educacion, en el plazo de 24 horas, MORDAZA una nueva convocatoria de caracter abierta para la seleccion de las encargaturas, siguiendo para ello el mismo MORDAZA establecido para la primera etapa. 5.4.3.2.-La MORDAZA etapa sera de caracter abierto y se podra recibir en cada ISP/ESFA/IS expedientes del personal que labora en otros ISP/ESFA/IS Publicos. 5.5.- Del MORDAZA de evaluacion 5.5.1.- El Comite de Evaluacion de la Direccion Regional de Educacion, una vez recibido el Informe del Comite Revisor del Instituto con los expedientes seleccionados, en un plazo de tres (3) dias habiles improrrogables evaluara los mismos respetando los criterios tecnicos establecidos en los puntos 5.6.1, 5.6.2 y 5.6.3 de la presente norma. Luego elevara su informe a la Direccion respectiva publicando los resultados correspondientes. 5.5.2.- La Direccion Regional de Educacion dentro de las 72 horas de haber recibido el Informe y publicado los resultados por el Comite de Evaluacion, debera emitir la(s) Resolucion(es) de encargatura respectiva(s).

5.6.1.- La evaluacion para la encargatura del cargo de Director General se efectuara teniendo en cuenta los factores siguientes: a) Antecedentes profesionales b) Experiencia profesional 5.6.2.- La valoracion de los factores senalados en el numeral 5.6.1 estan contemplados en la ficha tecnica que se adjunta como Anexo 1. 5.6.3.- El resultado de la evaluacion se obtiene sumando los puntajes parciales de los factores contemplados en la ficha tecnica. El que obtenga el mayor puntaje sera quien gane la encargatura. 5.7.- De los reclamos 5.7.1.- Los reclamos derivados de los resultados de la evaluacion podran ser presentados por los interesados ante el Comite de Evaluacion dentro de las 72 horas siguientes a la publicacion de los resultados y absueltos por este en plazo de 72 horas. VI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. 6.1.- Las Direcciones Regionales de Educacion, en el termino de diez (10) dias habiles improrrogables despues de publicarse la presente Resolucion, publicaran la convocatoria para cubrir las plazas por encargaturas, bajo responsabilidad. 6.2.- Al concluir el MORDAZA, las Direcciones Regionales de Educacion remitiran a la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente y a la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion un informe detallado no documentado sobre el MORDAZA de encargatura que se llevo a cabo, y MORDAZA de la Resolucion de encargatura respectiva. 6.3.- En tanto no se formalicen las encargaturas de Director General de los Institutos Superiores Pedagogicos y Escuelas Superiores de Formacion Artistica, a traves de las Direcciones Regionales de Educacion correspondientes, mediante los dispositivos respectivos, el personal encargado continuara ejerciendo dichas funciones. 6.4.- Las Direcciones Regionales de Educacion no podran remover de las encargaturas a los Directores Generales que hayan sido designados mediante el MORDAZA regulado en la presente MORDAZA, salvo por falta cometida en el ejercicio de la funcion, previo MORDAZA administrativo o MORDAZA penal respectivo. 6.5.- Los Directores Generales que hayan sido seleccionados para ocupar el cargo de Directores Generales por encargatura, en el plazo de quince (15) dias habiles despues de haber asumido sus funciones, presentaran obligatoriamente a la Direccion Regional de Educacion correspondiente, el Plan Operativo Anual, donde se especifique con precision los objetivos y metas academicas, administrativas e institucionales de conformidad con el Proyecto Educativo Institucional. 6.6.- La Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente, resolvera los casos especificos no contemplados en la presente norma.

ANEXO Nº 1 EVALUACION DE POSTULANTES PARA ENCARGATURAS DE DIRECTOR GENERAL DE ISP/ ESFA/IS
Apellidos y nombres ................................................................................. Expediente Nº ............................ Nº de folios ............................................. Cargo que ocupa............................... ISP/ESFA/IS .................................. Nivel magisterial ............................... Codigo Modular ............................... Valoracion Valoracion optima real Doctorado Antecedentes profesionales 50 puntos Maestria, postgrado y MORDAZA especializacion Titulo profesional de profesor o licenciado en educacion Actualizaciones o capacitacion en los ultimos 5 anos, con 40 horas como minimo 3 puntos por cada uno 05 puntos 05 puntos 20 puntos 20 puntos MORDAZA

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