Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2004 (11/05/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 11 de MORDAZA de 2004

ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA Res. Nº 026-2004.- Autorizan viaje de funcionario a MORDAZA, en comision de servicios 268271 MINISTERIO PUBLICO RR. Nºs. 679 y 680-2004-MP-FN.- Nombran fiscales provinciales en despachos de los Distritos Judiciales de MORDAZA y MORDAZA 268272 Res. Nº 681-2004-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento de fiscal provisional del Distrito Judicial de Huancavelica 268272

SUNARP Res. Nº 193-2004-SUNARP/SN.- Declaran nulidad de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 005-2004-ZRVIII-SHYO, "Suministro de Formatos Impresos para la MORDAZA Registral Nº VIII Sede Huancayo", y la retrotraen a la etapa de convocatoria 268273

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Ordenanza Nº 002-2004-CR/GRM.- Aprueban Reglamento para el MORDAZA Participativo de la Region MORDAZA 2005 268274

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INACC R.J. Nº 1729-2004-INACC/J.- Encargan funciones del Jefe Institucional del INACC 268273

CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenio - Contra la Delincuencia Transnacional.- Entrada en vigencia de la "Convencion de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional" y sus dos protocolos adicionales 268274

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 28221
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

traccion si los titulares de los permisos contaminan gravemente las aguas del rio, afectan el cauce o sus zonas aledanas o la propiedad o afectan la seguridad de la poblacion. Articulo 6º.- Requisitos Las autorizaciones a que se refiere el articulo 1º de esta Ley se otorgan a solicitud de parte adjuntando como minimo la siguiente informacion: a) MORDAZA de material a extraerse y el volumen del mismo expresado en metros cubicos. b) Cauce y MORDAZA de extraccion asi como puntos de acceso y salida del cauce, todo ello expresado en base a coordenadas U.T.M. c) Planos a escala 1/5,000 en coordenadas U.T.M. de los aspectos mencionados en el inciso anterior. d) Ubicacion de las instalaciones de clasificacion y acopio si las hubiere. e) Sistema de extraccion y caracteristicas de la maquinaria a ser utilizada. f) Plazo de extraccion solicitado.

LEY QUE REGULA EL DERECHO POR EXTRACCION DE MATERIALES DE LOS ALVEOS O CAUCES DE LOS MORDAZA POR LAS MUNICIPALIDADES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Las Municipalidades Distritales y las Municipalidades Provinciales en su jurisdiccion, son competentes para autorizar la extraccion de materiales que acarrean y depositan las aguas en los alveos o cauces de los MORDAZA y para el cobro de los derechos que correspondan, en aplicacion de lo establecido en el inciso 9 del articulo 69º de la Ley Nº 27972. Articulo 2º.- Definicion Para efectos de la presente Ley se entiende por materiales que acarrean y depositan las aguas en los alveos o cauces de los MORDAZA a los minerales no metalicos que se utilizan con fines de construccion, tales como los limos, arcillas, MORDAZA, grava, guijarros, cantos rodados, bloques o bolones, entre otros. Articulo 3º.- Derecho de extraccion El derecho de extraccion a que se refiere el inciso 9 del articulo 69º de la Ley Nº 27972, no podra ser superior al derecho de vigencia que MORDAZA los concesionarios mineros no metalicos. Los Ministerios, entidades publicas y gobiernos regionales que tengan a su cargo la ejecucion de obras viales, quedan exceptuados del pago de los derechos previstos en el inciso 9 del articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo 4º.- MORDAZA de extraccion La MORDAZA de extraccion se ubicara siguiendo el eje central del cauce del rio, sin comprometer las riberas ni obras hidraulicas existentes en ellas. Articulo 5º.- Causales de suspension o extincion La Municipalidad puede suspender las actividades de extraccion o disponer el cambio de ubicacion de la MORDAZA de ex-

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y DEROGATORIAS
PRIMERA.- Los procedimientos que se encuentren en tramite a partir de la vigencia de la presente Ley se adecuaran a las disposiciones que preve esta Ley. SEGUNDA.- Las Municipalidades otorgaran las autorizaciones a que se refiere la presente Ley de acuerdo a los Planes senalados en el articulo 79º numeral 1.1 de la Ley Nº 27972. TERCERA.- Las autorizaciones de extracciones concedidas MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ley mantendran su validez por el plazo que fueron otorgadas. CUARTA.- Derogase y dejase sin efecto toda MORDAZA que se oponga a lo dispuesto en la presente Ley. POR CUANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la Republica, aceptandose la observacion formulada por el senor Presidente de la Republica, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 108º de la Constitucion Politica del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 08953

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