Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2004 (11/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, martes 11 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto por el numeral 7.2 del articulo 7º del Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 0262003-PRODUCE; y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE Articulo 1º.- Modificar el Capitulo II de las Bases "Calificacion de las Empresas Proveedoras del Servicio de Seguimiento Satelital de las Embarcaciones Pesqueras", el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "CAPITULO II CALENDARIO 2.1. CONVOCATORIA Las empresas precalificadas que pretendan ser declaradas aptas para proveer el Servicio de Seguimiento Satelital, podran presentar una solicitud dirigida a la Comision constituida por Resolucion Ministerial Nº 128-2004-PRODUCE del 26 de marzo del 2004, a efecto que MORDAZA evaluadas. 2.2. ENTREGA DE BASES Las Bases "Calificacion de las Empresas Proveedoras del Servicio de Seguimiento Satelital de las Embarcaciones Pesqueras" podran ser recabadas en la Oficina de Tramite Documentario del Ministerio de la Produccion, por las empresas precalificadas". Articulo 2º.- Modificar el Cronograma del Anexo 7 de las Bases "Calificacion de las Empresas Proveedoras del Servicio de Seguimiento Satelital de las Embarcaciones Pesqueras", estableciendo como fecha limite para que las empresas precalificadas presenten la documentacion pertinente a efecto de que MORDAZA declaradas aptas para brindar el servicio del Sistema de Seguimiento Satelital, el dia 31 de diciembre 2004. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 08942

cuentren aptas para brindar el Servicio de Seguimiento Satelital; Que la empresa SISPERU S.A.C., cuenta con los derechos administrativos requeridos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y ademas con la opinion favorable del Ministerio de Defensa debido a que no registra hasta la fecha antecedentes que ofrezcan riesgo a la seguridad del Estado; Que, en tal sentido, de acuerdo al Acta Nº 001-2004COMISION-SISESAT de fecha 7 de MORDAZA del 2004, la mencionada Comision acordo por unanimidad declarar a SISPERU S.A.C., como empresa apta para brindar el Servicio de Seguimiento Satelital de acuerdo a los alcances establecidos por el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; y, De conformidad con las atribuciones conferidas por el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar a SISPERU S.A.C. como empresa proveedora el Servicio de Seguimiento Satelital de acuerdo a los alcances establecidos por el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE. Articulo 2º.- Autorizar a la empresa SISPERU S.A.C. a suscribir el Contrato MORDAZA de Prestacion de Servicios de Seguimiento Satelital - SISESAT, establecido por el Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, con los armadores pesqueros que han obtenido su permiso de pesca al MORDAZA de la Ley Nº 26920 y normas complementarias. Articulo 3º.- La Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, y la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, estan obligadas a adoptar las medidas pertinentes, a efectos de dar cumplimiento a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 08943 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 186-2004-PRODUCE Mediante Oficio Nº 562-2004-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Produccion solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE, publicada en la edicion del dia 7 de MORDAZA de 2004. En la pagina 268041; DICE: Articulo 7º.(...) 7.3 De la informacion historica de desembarques se seleccionaran los 5 mayores valores del periodo a que se refiere el acapite 7.1 del presente articulo por cada. 7.4 embarcacion, y se obtendra el promedio ponderado de estos. La capacidad de bodega sera tomada en cuenta para aquellas embarcaciones que se consideren operativas; caso contrario, se consignara el valor de cero. 7.5 La cuota individual por armador o empresa toma en cuenta la suma de los subindices de desembarques y de capacidad de bodega. 7.6 La Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion, publicara los Indices de Participacion y la Cuota Individual de Pesca asignada a cada armador o empresa, teniendo como plazo hasta el 12 de MORDAZA del 2004. Articulo 11º.(...) a.1 La embarcacion arrastrera de debera contar ... a.4 Las operaciones de pesca deberan desarrollarse conforme a las medidas de ordenamiento pesquero conte-

Declaran a SISPERU S.A.C. como empresa proveedora del Servicio de Seguimiento Satelital
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 190-2004-PRODUCE
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2004 VISTA: El Acta Nº 001-2004-COMISION-SISESAT, de fecha 7 de MORDAZA del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, estableciendose las disposiciones que los armadores pesqueros y las empresas proveedoras del servicio deben cumplir para la implementacion del MORDAZA Sistema de Seguimiento Satelital; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 128-2004PRODUCE, se creo la Comision encargada de evaluar la documentacion y calificacion de las empresas que se en-

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