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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2004 (11/05/2004)

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TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G32/G36/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de mayo de 2004 EDUCACIÓN /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G52/G65/G2D /G71/G75/G69/G73/G69/G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G74/G75/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G2D /G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G73/G20/G53/G75/G70/G65/G2D/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G50/G65/G64/G61/G67/GF3/G67/G69/G63/G6F/G73/G20/G79/G20/G45/G73/G63/G75/G65/G6C/G61/G73/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G2D/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G41/G72/G74/GED/G73/G74/G69/G63/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0223-2004-ED Lima, 7 de mayo de 2004 Vistos, los antecedentes que se acompañan;CONSIDERANDO: Que, el artículo 65º de la Ley del Profesorado, Ley Nº 24029, establece que el personal docente que labora en el nivel supe-rior del sistema educativo se rige por un Reglamento Especialque determina su jornada de labor, titulación profesional, re-muneraciones y demás obligaciones y derechos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0445-2003- ED, se aprobaron las “Normas que regulan el Proceso deSelección de Personal para ocupar las Encargaturas deDirectores en los Institutos Superiores Tecnológicos Públi-cos”, facultándose a la Dirección Nacional de EducaciónSecundaria y Superior Tecnológica a expedir las disposi-ciones complementarias que se requieran para la mejoraplicación de la citada Resolución Ministerial; Que, de acuerdo a lo informado por la Unidad de For- mación Docente de la Dirección Nacional de Formación yCapacitación Docente a través del Informe Nº 225-2003/UFOD/DINFOCAD, en determinadas situaciones se pro-cede a la designación por encargatura de los Directoresde Institutos Superiores Pedagógicos, Escuelas Superio-res de Formación Artística Públicos e Institutos Superio-res, por lo que resulta necesario en relación con dichosInstitutos y Escuelas establecer también los requisitos asícomo el procedimiento para atender la designación de susDirectores por encargatura; Estando a lo informado por la Unidad de Formación Do- cente de la Dirección Nacional de Formación y Capacita-ción Docente mediante el Informe Nº 225-2003-UFOD/DIN-FOCAD, y a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídicamediante el Informe Nº 434-2004-ME/SG-OAJ; y, De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nºs. 039-85-ED, 51-95-ED, 002-96-ED y 023-2001-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las “Normas que regulan los Requi- sitos y el Proceso de Selección de Personal para las Encar-gaturas de Director General en los Institutos Superiores Pe-dagógicos y Escuelas Superiores de Formación ArtísticaPúblicos”, que forman parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Facultar a la Dirección Nacional de For- mación y Capacitación Docente a expedir las disposicio-nes complementarias que se requieran para la mejor apli-cación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación NORMAS QUE REGULAN LOS REQUISITOS Y EL PROCESO DE SELECCIÓN DE PERSONAL PARA LAS ENCARGATURAS DE DIRECTOR GENERAL EN LOS INSTITUTOS SUPERIORES PEDAGÓGICOS Y ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓN ARTÍSTICA PÚBLICOS I. FINALIDAD Establecer los requisitos y procedimiento para unificar a nivel nacional los procesos técnicos de selección de per-sonal para las encargaturas de Director General en los Ins-titutos Superiores Pedagógicos, Escuelas Superiores deFormación Artística e Institutos Superiores Públicos, quedeben aplicar las Direcciones Regionales de Educación.II. BASE LEGAL 2.1 Constitución Política del Perú. 2.2 Ley General de Educación, Ley Nº 28044.2.3 Reglamento Especial para Docentes de Educación Superior, D.S. Nº 39-85-ED. 2.4 Reglamento General de Institutos Superiores Pe- dagógicos y Escuelas Superiores de Formación DocentePúblicos y Privados, D.S. Nº 023-2001-ED. 2.5 Manual de Clasificación de Cargos Docentes en los Institutos y Escuelas de Educación Superior, R.M. Nº 534-89-ED. III. ALCANCE 3.1 Direcciones Regionales de Educación. 3.2 Institutos Superiores Pedagógicos Públicos.3.3 Escuelas Superiores de Formación Artística Públicas.3.4 Institutos Superiores Públicos. IV. DISPOSICIONES GENERALES: 4.1.- Los órganos encargados de aplicar el proceso de selección para la encargatura de Director General en losISP/ESFA/IS son las Direcciones Regionales de Educa-ción. Esta encargatura no da lugar al ascenso de nivelmagisterial, por cuanto la carrera pública del profesoradoestá estructurada por niveles y no por cargos. 4.2.- El proceso de selección de personal para la en- cargatura de Director General se aplica en los casos queexistan plazas vacantes que no estén cubiertas por con-curso público o cuando la plaza ha quedado vacante comoconsecuencia del proceso de evaluación para la ratifica-ción de Directores Generales. 4.3.- No podrán postular a la encargatura, ni integrar las comisiones revisoras y evaluadoras, los sancionados admi-nistrativamente y sentenciados penalmente en los últimos cin-co (5) años, los que tienen procesos administrativos en trámi-te, los que han incurrido en actos de inconducta funcionalprobados y los comprendidos en informes de comisiones re-organizadoras, u otros similares que cuestione su desempe-ño. Tampoco podrá postular el personal docente, directivo oadministrativo que integre el comité revisor y la comisión deevaluación contemplados en la presente norma. 4.4.- La encargatura tendrá una duración de un año, renovable de acuerdo a la evaluación del desempeño porresultados. V. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 5.1. De los requisitosLos postulantes a las encargaturas del cargo de Direc- tor General de los ISP/ESFA/IS, deben cumplir los siguien-tes requisitos: a) Título profesional de profesor o licenciado o grado de maestría o doctor en educación. b) Currículum Vitae documentado con copias autenti- cadas por Fedatario o certificadas. c) Experiencia docente no menor de cinco (5) años en educación superior y un año (1) de gestión institucional opedagógica. d) Acreditar haber participado en acciones de capaci- tación de otros docentes. 5.2. Del Comité Revisor. 5.2.1.- Una vez publicada la convocatoria, el Instituto Superior Pedagógico o Escuela Superior de FormaciónArtística, en un plazo de 48 horas, formará un Comité Re-visor integrado por el Director General, quién lo presidirá,un representante del personal jerárquico, un representan-te de los docentes, un representante de los alumnos y unrepresentante de los trabajadores administrativos. Cada es-tamento elegirá democráticamente a su representante. En el caso que el Director General del Instituto postu- le al cargo, el Director Académico lo reemplazará, en ca-lidad de presidente del Comité. Si el Director Académicotambién postula al cargo, el Comité Revisor elegirá entresus miembros y por mayoría simple a su presidente. 5.2.2.- Son funciones del Comité Revisor: a) Revisar los expedientes de los aspirantes a las encar- gaturas para ver si cumplen o no con los requisitos estable-cidos en los numerales 4.3 y 5.1 de la presente norma. b) Elaborar el informe pertinente y elevarlo conjunta- mente con los expedientes a la Dirección Regional de Edu-cación correspondiente.