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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2004 (11/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G32/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de mayo de 2004 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el nombramiento de los Fiscales en calidad de provisionales es de carácter temporal sujeto a las ne-cesidades del servicio establecidas por la Fiscalía de la Nación, quien dentro de sus atribuciones debe adop- tar las medias apropiadas para el buen funcionamientode los despachos fiscales e imagen institucional; Estando a lo dispuesto por los artículos 29º y 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombra- miento de la doctora Juana Olinda Rojas Cruz, comoFiscal Adjunta Superior Provisional de la Fiscalía Supe- rior Mixta del Distrito Judicial de Huancavelica, materia de la Resolución Nº 1845-2003-MP-FN, de fecha 25 denoviembre del 2003 Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Dis-trito Judicial de Huancavelica, Gerencia Central de Per- sonal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 08925 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 INACC /G45/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G43/G43 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 1729-2004-INACC/J Lima, 7 de mayo del 2004 CONSIDERANDO: Que, por motivo de comisión de servicios, el Ing. Juan Carlos Barcellos Milla, Jefe Institucional del Instituto Na- cional de Concesiones y Catastro Minero - INACC, seausentará de la ciudad de Lima del 10 al 12 de mayo del 2004; Que, en consecuencia, resulta necesario encargar las funciones del Jefe Institucional del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º, del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero, Decreto Su- premo Nº 002-2003-EM; Con el visado del Director de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar al Ing. JORGE SÁNCHEZ ALBAVERA, las funciones del Jefe Institucional del Institu- to Nacional de Concesiones y Catastro Minero- INACC, a partir del 10 al 12 de mayo del 2004, con retención de sucargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS BARCELLOS M. Jefe Institucional 08906SUNARP /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G4D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G43/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G5A/G52/G56/G49/G49/G49/G2D /G53/G48/G59/G4F/G2C/G20/G22/G53/G75/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G6F/G72/G6D/G61/G74/G6F/G73/G20/G49/G6D/G70/G72/G65/G2D /G73/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G56/G49/G49/G49/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F/G22/G2C/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G74/G72/G6F/G74/G72/G61/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G74/G6F/G72/G69/G61 RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 193-2004-SUNARP/SN Lima, 7 de mayo de 2004 Visto, el Oficio Nº 370-2004-ZEVIII-SHYO-GAF/JEF, del Jefe de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo, solici-tando se declare la nulidad de oficio de la Adjudicación deMenor Cuantía Nº 005-2004-ZRVIII-SHYO para el "Sumi-nistro de Formatos Impresos para la Zona Registral Nº VIII- Sede Huancayo”, al no haberse especificado el valor re-ferencial del proceso de selección; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución del Superintendente Nacional Nº 126-2004-SUNARP/SN, se delegó en los Jefes de los Ór-ganos Desconcentrados, entre otras, la facultad de apro-bar Bases Administrativas en Licitaciones Públicas, Con-cursos Públicos, Adjudicaciones Directas y Adjudicacionesde Menor Cuantía; Que, en uso de la facultad delegada, mediante Resolu- ción Jefatural Nº 109-2004-ZRVIII-SHYO/JEF, se aprobólas Bases del proceso de Adjudicación de Menor CuantíaNº 005-2004-ZRVIII-SHYO; Que, mediante documento del Visto, el Jefe de la Zona Registral Nº VIII informa que las Bases de la Adjudicaciónde Menor Cuantía Nº 005-2004-ZRVIII-SHYO, no han es-pecificado el Valor Referencial conforme a lo estipulado porel artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado mediante DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM; Que, en efecto, de la revisión de las referidas Bases se aprecia que únicamente se han consignado los valores re-ferenciales de los ítems Nºs. 1 y 2; omitiéndose señalar elmonto total del valor referencial del proceso, a tenor de loprescrito en el tercer párrafo del artículo 27º de la antedi-cha norma legal; Que, igualmente no se ha señalado en forma expresa en letras y números el monto a que asciende el exceso del10% del valor referencial, así como el monto a que ascien-den las propuestas inferiores al 70% del valor referencial,según lo establecido por el Acuerdo Nº 017/010 del Tribu-nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el mis-mo que constituye precedente de observancia obligatoria; Que, por otro lado, el artículo 14º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, clasifica a los procesos de selección como: Licita-ción Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa yAdjudicación de Menor Cuantía, indicando que el Regla-mento determinará las características y requisitos; Que, por su parte, el artículo 14º del Reglamento esta- blece que la Adjudicación Directa se subdivide en: Adjudi-cación Directa Pública que se convoca cuando el montode la adquisición o contratación es mayor al cincuenta porciento (50%) del límite máximo establecido para la Adjudi-cación Directa en la Ley Anual del Presupuesto, requirien-do de publicación para su convocatoria; por otro lado, laAdjudicación Directa Selectiva se convoca cuando el mon-to de la adquisición o contratación es igual o menor al cin-cuenta por ciento (50%) del límite máximo establecido parala Adjudicación Directa en la Ley Anual de Presupuesto,no requiriendo de publicación; Que, el mismo artículo indica que la Adjudicación de Menor Cuantía se convoca, entre otros, para el suministrode bienes cuyos montos sean inferiores a la décima partedel límite mínimo establecido por la Ley Anual de Presu-puesto para las Licitaciones Públicas; Que, el valor referencial total del "Suministro de Forma- tos Impresos para la Zona Registral Nº VIII - Sede Huan-cayo”, asciende a S/. 40,000.00 (Cuarenta Mil y 00/100 Nue-vos Soles), por lo que en atención a lo anteriormente ex-