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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2004 (28/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 41

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G32/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 América, durante los días 31 de mayo al 2 de junio del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a quese contrae la Orden de Inspección Nº 0651-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Reynaldo Julio Ríos Vienrich, inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 31 de mayo al 2 de junio del 2004, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 8469 y 8470, abonados a la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y ta-rifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10032 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G54/G69/G70/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G4D/GF3/G76/G69/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G61/G74/G6F/G73/G20/G4D/G61/G72/GED/G74/G69/G6D/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G61/G74/GE9/G6C/G69/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 404-2004-MTC/03 Lima, 27 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde alMinisterio de Transportes y Comunicaciones otorgar con- cesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº06-94-TCC, establece que los teleservicios o servicios fi-nales de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Regla-mento y se perfecciona mediante la suscripción de un con-trato de concesión aprobado por el Titular del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, por Decreto Supremo Nº 012-2004-MTC se modifi- có el Reglamento General de la Ley de Telecomunicacio- nes, incluyéndose en el artículo 50º numeral 10 al ServicioMóvil de Datos Marítimos por Satélite; Que, el artículo 130º-A del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que el Ministerio, previaopinión de OSIPTEL, aprobará contratos tipo de concesión;Que, el artículo 38º del Reglamento General de OSIP- TEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM,modificado por el Decreto Supremo Nº 029-2002-MTC, dis-pone que el OSIPTEL, a través de su Consejo Directivo, deberá emitir opinión previa a la aprobación de los contra- tos tipo de concesión a ser empleados por el Ministeriopara la prestación de los servicios públicos, dentro del pla-zo de veinte (20) días hábiles a partir de la fecha de recep-ción de los citados contratos, que para tal efecto le remitiráel Ministerio; Que, mediante Oficio Nº 193-2004-MTC/17 de fecha 12 de mayo de 2004, la Dirección General de Gestión de Tele-comunicaciones, remite al Organismo Supervisor de Inver-sión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL el modelodel contrato de concesión tipo para la prestación del Servi-cio Móvil de Datos Marítimos por Satélite; Que, mediante carta C.215-PD.L/2004, el Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL emite su pronuncia-miento favorable al Proyecto de Contrato de ConcesiónTipo para el Servicio Móvil de Datos Marítimo por Satéli-te. Asimismo, formula sugerencias y recomendacionespara su evaluación e inclusión en el texto final del contra- to tipo; Que, mediante Informe Nº 152-2004-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Teleco-municaciones de la Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones, señala que, habiéndose evaluadoslas sugerencias y recomendaciones del OSIPTEL, se debe aprobar el contrato de concesión tipo para la prestación del Servicio Público Móvil de Datos Marítimos por Satéli-te; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado porDecreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento Gene- ral aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Ges- tión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunica-ciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Contrato Tipo de conce- sión para la prestación del servicio público Móvil de DatosMarítimo por Satélite, el mismo que consta de veintidós(22) cláusulas y un (1) anexo que forma parte de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10148 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D /G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G2D /G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G6D/G69/G78/G2D/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G70/G75/G65/G72/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G68/G6F/G79/G61/G20/G61/G6D/G61/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 126-2004-MTC/13 Lima, 17 de mayo de 2004 Vista la solicitud (Expediente Nº 2004-002012) presenta- da por HITLER LAICHE ESCOBAR, solicitando Permiso de Operación para prestar servicio irregular de transportefluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los puertosde la hoya amazónica, en tráfico nacional o cabotaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, enel cual se establecen las normas técnicas y legales a lascuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi- cas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordena- miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri-dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir losPermisos de Operación a las personas naturales o jurídi- cas, que así lo soliciten;