Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2004 (28/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G32/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 28 de mayo de 2004 el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, por la causal de cambio de domicilio fuerade la jurisdicción municipal, prevista en el numeral 5) delartículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; expidiéndose, en ese sentido, la Resolución de Concejo Nº 02-2004-MDP de la misma fecha; Que el acuerdo de vacancia fue notificado personalmen- te a la regidora afectada el 20 de febrero de 2004, segúncargo de fojas 7; Que a fojas 12 corre la declaración jurada suscrita por la Regidora Ilda Leiva Lázaro, con fecha 15 de mar- zo de 2004, manifestando estar conforme con la vacan-cia declarada e indicando su imposibilidad de asistir alConcejo por encontrarse fuera de la jurisdicción muni-cipal; Que conforme lo dispone el artículo 24º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en caso de va- cancia del regidor lo reemplaza el suplente, respetan-do la precedencia establecida en su propia lista electo-ral; sin embargo, al haberse agotado la lista del PartidoDemocrático Somos Perú, a la que perteneció la regi-dora vacada, se procede con arreglo a lo dispuesto por el artículo 8º de la Ley Nº 15265, debiéndose convocar al candidato no proclamado de la lista que sigue en elorden del cómputo de sufragios, en este caso, de lalista del Frente Independiente Moralizador, don VíctorTarazona Trujillo, para que asuma el cargo de Regidordel Concejo Distrital de Pontó, de acuerdo con la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Huari con motivo de las Elecciones Municipales delaño 2002; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar al ciudadano Víctor Ta- razona Trujillo para que asuma el cargo de Regidor delConcejo Distrital de Pontó, provincia de Huari, departa- mento de Ancash, para completar el período de gobier- no municipal 2003-2006, otorgándosele la respectiva cre-dencial. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial de Regidor del Concejo Distrital de Pontó otorgada a doña IldaLeiva Lázaro. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALABALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 10090 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G68/G75/G6E/G74/GE9/G2C/G20/G70/G72/G6F/G2D /G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G54/G6F/G63/G61/G63/G68/G65/G2C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/GFA/G61/G6E/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G65/G6E/G2D /G64/G6F/G20/G73/G75/G73/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G73 RESOLUCIÓN Nº 100-2004-JNE Expediente Nº 1713-2004 Lima, 25 de mayo de 2004 VISTA, la apelación interpuesta por el ciudadano Ma- nuel Palomino Espinoza y otros, contra la Resolución de Concejo Nº 003-2004-CMDSH, que declara improcedente los recursos de reconsideración, de las Resoluciones deConcejo Nºs. 001-2004-CDMSH y 002-2004-CMDSH que rechazaron la declaración de vacancia del cargo de Alcal- de y Regidor de la Municipalidad de Shunté, provincia deTocache, departamento de San Martín, que ejercen don Pedro Iraldo Bogarín Valdiviezo y Ever Catalino MedinaAguirre, respectivamente; CONSIDERANDO:Que, el apelante argumenta que el Alcalde Pedro Iraldo Bogarín Valdiviezo se encuentra incurso en la causal denepotismo, prevista en el inciso 5 del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, al figurar don Edwin Cristhian Ortiga, hermano de su esposa, como per-sonal administrativo de la Municipalidad de Shunté; don Manuel Tafur Sánchez, esposo de su hermana, como alba- ñil constructor; y, su hermano don Jorge Bogarín Valdivie-zo como proveedor de madera para el techado de Centros Educativos y Puentes Colgantes; asimismo se infiere que el Alcalde, al igual que el Regidor Ever Catalino MedinaAguirre no domicilian en la jurisdicción municipal, incurrien- do en la causal prevista en el inciso 5 del artículo 22º de la citada norma; Que, en autos no se ha acreditado el estado civil de casado del Alcalde; con las copias certificadas del Cua- dro de Asignación Personal y Cuadro de Nominación Per-sonal de la Municipalidad se advierte que don Manuel Tafur Sánchez no ha sido contratado por la Municipali- dad; con la constancia expedida por la Jefatura de Abas-tecimiento y los contratos obrantes a fojas 122, 130 y 131, se acredita que la Municipalidad contrató a la Car- pintería Ebanistería “Luisita” como único proveedor demadera para la construcción de puentes colgantes; no habiéndose demostrado a su vez, vínculo contractual entre el citado proveedor y el hermano del Alcalde; y,con las constancias y certificados domiciliarios expedi- dos por el RENIEC y autoridades del distrito de Shunté, como con la copia certificada de posesión de tierras ur-banas para la construcción de vivienda y los contratos de arrendamiento obrantes a fojas 150 a 153, 169, 174, 228 y 229, se prueba que el Alcalde domicilia en la juris-dicción municipal; Que, con la copia certificada de posesión de tierras ur- banas para la construcción de vivienda, constancias y cer-tificados domiciliarios expedidos por autoridades del distri- to de Shunté y con la copia certificada del Documento Na- cional de Identidad, obrantes a fojas 181, 179, 266 a 268se demuestra que el regidor Ever Catalino Medina Aguirre domicilia en la jurisdicción municipal; por lo que no se acre- ditan las causales invocadas por el apelante; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundada la apelación in- terpuesta por el ciudadano Manuel Palomino Espinoza y otros, en consecuencia confirmar las Resoluciones deConcejo Nºs. 001-2004-CMDSH y 002-2004-CMDSH del 12 de enero de 2004 y la Resolución de Concejo Nº. 003- 2004-CMDSH del 10 de febrero de 2004. Artículo Segundo.- Declarar que don Pedro Iraldo Bo- garín Valdiviezo y don Ever Catalino Medina Aguirre conti- núan ejerciendo el cargo de Alcalde y Regidor de la Muni-cipalidad Distrital de Shunté, provincia de Tocache, depar- tamento de San Martín, respectivamente, por el periodo para el que fueron elegidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General. 10091