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PÆg. 279880 NORMAS LEGALES Lima, sábado 6 de noviembre de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los siguientes Sitios Arqueológicos, ubicados en el distrito de Cachicadán, provincia de Santiago de Chu-co, departamento de la Libertad: - Sitio Arqueológico El Alumbre 1 - Sitio Arqueológico El Alumbre 2 - Sitio Arqueológico El Alumbre 3 - Sitio Arqueológico El Alumbre 4- Sitio Arqueológico Ojos de Agua 1 - Sitio Arqueológico Ojos de Agua 2 - Sitio Arqueológico Ojos de Agua 3- Sitio Arqueológico Coriquinga 1 - Sitio Arqueológico Las Minas 1 - Sitio Arqueológico Las Minas 2- Sitio Arqueológico Chualluega 1 - Sitio Arqueológico Chualluega 2 - Sitio Arqueológico Chualluega 3- Sitio Arqueológico Chualluega 4 - Sitio Arqueológico Chualluega 5 - Sitio Arqueológico Chualluega 6- Sitio Arqueológico Chualluega 7 - Sitio Arqueológico Tres Cruces - Sitio Arqueológico El Alumbre 5 Artículo 2º.- Aprobar los planos del área intangible de los sitios arqueológicos citados en el artículo 1º de lapresente resolución. - Plano Nº 01, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio El Alumbre 2, con un área de 22,070.96 m2 y 606.18 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 02, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio El Alumbre 3 (AB), con un área de 3,884.58 m2 y 498.60 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 02-A, Poligonal de delimitación arqueo- lógica Sitio El Alumbre 3 (C), con un área de 2,547.41 m2 y 610.24 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 03, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio El Alumbre 4, con un área de 2,545.86 m2 y 212.35m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 04, Poligonal de delimitación arqueoló- gica Sitio Ojos de Agua 1 (polígono 1A, polígono 1B),con un área de 5,039.09 m2 y 514.62 m.l.; 7,011.99 m2 y 368.64 m.l. respectivamente. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 05, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Ojos de Agua 2, con un área de 19,074.46 m2 y662.83 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 06, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Ojos de Agua 3, con un área de 5,816.89 m2 y303.90 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 07, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Coriquinga 1 (polígono A-B-C-D y polígono E), con un área de 14,167.52 m2 y 839.13 m.l.; 1,271.92 m2 y 221.74 m.l. respectivamente. escala 1/1,000 de Nov.2003. - Plano Nº 08, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Las Minas 1, con un área de 2,252.86 m2 y 228.05m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 09, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Las Minas 2 (polígono A, polígono B), con un área de 409.77 m2 y 108.76 m.l.; 749.61 m2 y 128.33 respecti- vamente. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 10, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Chualluega 1, con un área de 2,669.27 m2 y 216.43 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 11, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Chualluega 2, con un área de 752.07 m2 y 131.15m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 12, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Chualluega 3, con un área de 1,058.60 m2 y 130.85m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 13, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Chualluega 4, con un área de 71,613.79 m2 y 1,088.00 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 14, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Chualluega 5, con un área de 2,475.48 m2 y 200.42 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003.- Plano Nº 15, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Chualluega 6, con un área de 7,591.99 m2 y 352.48m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 16, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Chualluega 7, con un área de 5,234.75 m2 y 298.65 m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 17, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio Tres Cruces, con un área de 7,397.17 m2 y 332.17m.l. escala 1/1,000 de Nov. 2003. - Plano Nº 18, Poligonal de delimitación arqueológica Sitio El Alumbre 5, con un área de 2,455.03 m2 y 210.88m.l. escala 1/1,000 de nov. 2003. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condi-ción de Patrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos referidos en el Artículo 2º de la presente Reso-lución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pu- diese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueo- lógicos declarados “Patrimonio Cultural de la Nación”,deberán contar con la aprobación del Instituto Nacio- nal de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon- dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, Comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 19923 IRTP Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo del IRTP aque se refiere el D.S. N” 012-2004-TR INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DEL PERÚ RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 076-2004-IRTP 2 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27736 publicada el 28 de mayo de 2002, se promulgó la Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, establecien-do que el Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP a través de Radio Nacional del Perú y Televisión Nacional del Perú - TNP, difundirá en hora-rio que considere conveniente, avisos de servicio pú- blico en los que se ofrezcan puestos de trabajo públi- cos y privados; Que, con fecha 20 de octubre de 2004, se publica en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo Nº 012- 2004-TR, mediante el cual se dictan las disposicionesreglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la trans- misión radial y televisiva de ofertas laborales del sector público y privado; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012-2004- TR, dispone que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de re-mitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designa- ción debe realizarse mediante Resolución del Titular de la Entidad y publicada en el Diario Oficial El Peruano,dentro de los diez días hábiles siguientes de la entrada en vigencia de la presente norma; Que, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones antes descritas, resulta necesario efectuar la designa- ción del funcionario responsable de remitir a la Red CIL