Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2004 (06/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 2004

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Modifican resolucion referente a las normas que regulan contratos de prestacion de servicios de seguridad social en salud
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 056-2004-SEPS/CD MORDAZA, 3 de noviembre del 2004 VISTOS: El Informe Nº 107-2004/IRD de la Intendencia de Regulacion y Desarrollo, el Informe Juridico Nº 024-2004-SEPS/ OAJ de la Oficina de Asuntos Juridicos y el Memorandum Nº 245-2004-SEPS/IG de la Intendencia General; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 15º de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, aprobada mediante Ley Nº 26790, las Entidades Empleadoras pueden otorgar coberturas de salud a sus trabajadores mediante Planes de Salud contratados con Entidades Prestadoras de Salud (EPS); Que, de conformidad con el articulo 14º de la citada Ley, la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud - SEPS, autoriza, regula y supervisa a las EPS; y, segun el literal l) del articulo 5º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion de Superintendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, le compete regular las modalidades y procedimientos de contratacion de las EPS; Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 071-2003-SEPS/CD se aprobaron las normas que regulan los contratos de prestacion de servicios de seguridad social en salud para afiliados regulares y derechohabientes legales; Que, es necesario precisar los plazos, condiciones y periodicidad que las EPS deben cumplir en la MORDAZA a la SEPS de la informacion relacionada con los contratos MORDAZA mencionados; Que, conforme a lo dispuesto en el literal b) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, corresponde al Consejo Directivo aprobar los reglamentos y otras disposiciones de caracter general que MORDAZA de observancia obligatoria por el Sistema; Que, conforme a lo dispuesto en el literal c) del articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SEPS, corresponde al Superintendente velar por la correcta ejecucion de los acuerdos del Consejo Directivo y expedir las Resoluciones que correspondan; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en Sesion Ordinaria Nº 015-2004-SEPS de fecha 2 de noviembre de 2004, con el MORDAZA unanime del pleno y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 10º de la Resolucion Nº 071-2003-SEPS/CD en los terminos siguientes: "Articulo 10º.- Las Entidades Prestadoras de Salud se encuentran obligadas a presentar a la SEPS, dentro de los primeros diez (10) dias utiles de cada mes, una relacion de los contratos y renovaciones que hubieran remitido en el mes inmediato anterior a las Entidades Empleadoras para la suscripcion respectiva, asi como las correspondientes Ficha de Actualizacion de la cotizacion (Anexo 2) y Nota Tecnica (Anexo 3), en archivo electronico". Articulo 2º.- Modificar la Clausula Decimo Octava de las Condiciones Generales del Contrato de Prestacion de Servicios de Seguridad Social en Salud para

Afiliados Regulares, Anexo 1 de la Resolucion de Superintendencia Nº 071-2003-SEPS/CD, en los terminos siguientes: "LA ENTIDAD EMPLEADORA proporcionara a LA EPS, en la forma y en los plazos que esta determine, la informacion senalada en las Condiciones Particulares. LA ENTIDAD EMPLEADORA informara a LA EPS sobre la inclusion, la renuncia al Plan, el cese o la suspension de la relacion laboral del trabajador, dentro de los cinco (5) primeros dias utiles del mes siguiente a la ocurrencia. Asimismo, LA ENTIDAD EMPLEADORA informara mensualmente a LA EPS sobre el monto total de la planilla de los trabajadores afiliados al Plan de Salud contratado, de acuerdo al Anexo 2. La informacion que LA EPS requiera debera guardar una razonable relacion con el objeto de este contrato. De requerirse a LOS ASEGURADOS una declaracion jurada de salud o la realizacion de un examen medico, estos deben dar cumplimiento a dicha solicitud, pero en ningun caso pagaran el costo del citado examen medico, debiendo definirse en las Condiciones Particulares si sera asumido por LA EPS o LA ENTIDAD EMPLEADORA. LA EPS no podra rechazar dar cobertura a un asegurado basada en los resultados de tales examenes o declaraciones, excepto en cuanto a la cobertura complementaria y beneficios adicionales dado que no son de contratacion obligatoria. LA ENTIDAD EMPLEADORA proporcionara a sus trabajadores afiliados, en el mas breve plazo, MORDAZA del Plan de Salud ofertado, de las presentes Condiciones Generales y de las Condiciones Particulares que le entregara LA EPS. Previamente a la aplicacion del reajuste de los aportes y copagos, dentro de los plazos acordados entre las partes, LA EPS debera haber cumplido con presentar a LA ENTIDAD EMPLEADORA, los reportes de la siniestralidad, conteniendo la informacion minima establecida en el Anexo 3, debidamente sustentada y analizada, senalando las medidas orientadas a la racionalizacion del gasto". Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a los treinta (30) dias calendario posteriores a su publicacion en el Diario Oficial. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente 19900

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan viaje de funcionarios a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 284-2004-GRA/PR VISTO: Los Oficios Nºs. 237-2004-GRA-AUTODEMA-2.1.1, 215-2004-GRA-GGR-GRAD-SGCO del Proyecto Especial Majes MORDAZA, de la Gerencia Regional de Administracion y el Informe Nº 158-2004-GRA/PE-GGR-GRDE de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, respecto a la participacion integral de los Gobiernos Regionales en el Stand Institucional del Peru, en la XVII Feria Internacional de Cordoba a realizarse en el MORDAZA de Argentina; CONSIDERANDO: Que, es objetivo del Gobierno Regional de MORDAZA, el cumplimiento de sus principios rectores, entre los que se encuentra la gestion estrategica de competitividad regional, a traves del aprovechamiento de oportunidades para la formacion de ejes de desarrollo y corredores economicos, la ampliacion de mercados y la exportacion, facilitando los procesos orientados a los mercados internaciona-

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