Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2004 (06/11/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 279870

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de noviembre de 2004

Sistema de Bibliotecas, Cadena de Gasto: 5.3.11.30 Bienes de Consumo y en el caso de la Escuela de Post Grado en la Actividad: 100218 Desarrollo y Evaluacion de Programas de Post-Graduacion, Componente: 300488 Desarrollo de Cursos de Post-Grado, Cadena de Gasto: 5.3.11.30 Bienes de Consumo; todos con la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; Que, la Autoridad Universitaria, ha tomado conocimiento de las peticiones que contiene el presente expediente, disponiendo se emita la Resolucion correspondiente autorizando la exoneracion pertinente, cumpliendo las formalidades previstas en el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Estando a lo solicitado, al Inc. f) del Art. 19º y 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM - Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Art. 33º del Reglamento de la Ley, Dictamen Legal Nº 317AL-2003 y a las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE:

Bienes de Consumo; Biblioteca Central se estaria afectando a la Actividad 1 00376 Preservacion y Difusion de Acervo Bibliografico, Componente 3 00838 Mantenimiento del Sistema de Bibliotecas, Cadena de Gasto: 5.3.11.30 Bienes de Consumo y Escuela de Post - Grado en la Actividad: 1 00218 Desarrollo y Evaluacion de Programas de Post-Graduacion, Componente: 3 00488 Desarrollo de Cursos de Post-Grado, Cadena de Gasto: 5.3.11.30 Bienes de Consumo; todos con la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligacion del Jefe del Area de Abastecimientos de la institucion de publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como, de remitirla a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. El Vicerrectorado Administrativo, la Direccion General de Administracion y el Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, adoptaran las acciones complementarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y archivese.

Primero.- AUTORIZAR la exoneracion de la realizacion de MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa, para la Adquisicion de Fichas Opticas y otros insumos con destino a la Oficina de Admision, Ciclo Basico Universitario, Biblioteca Central y la Escuela de Post-Grado de la institucion en merito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- APROBAR EL MORDAZA DE SELECCION DE ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA: Adquisicion de Fichas Opticas y otros insumos con destino a la Oficina Permanente de Admision, Ciclo Basico Universitario, Biblioteca Central y Escuela de Post-Grado de la institucion; de la Empresa POLYSISTEMAS con sede en la MORDAZA de MORDAZA, con el valor referencial de S/ . 90,576.75 Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y en merito a los fundamentos y conforme al siguiente detalle: 130 Unid. de Ribbons Full Color YMCKO. 25 Mill. de Tarjetas PVC m Estandar de 30 mm de grosor. 20 Mill de Fichas OMR "Examen de Admision Tarjeta de Respuesta". 01 Cabezal termico para impresora Fargo MORDAZA Fargo Original Cod. 81524. 01 Kit de limpieza para impresora Fargo MORDAZA Fargo Original Cod.81518. 60 Unid. Ribbons Color Negro. Tercero.- DISPONER que el Comite Especial Permanente, nombrado por la Resolucion Nº R-885-2004-UNSAAC tendra a su cargo la realizacion del MORDAZA de seleccion aprobado mediante el numeral precedente de la presente Resolucion, el mismo que esta conformado de la manera siguiente: PRESIDENTE: Mgt. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de Administracion. INTEGRANTES: Lic. Adm. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. Lic. EVELIN MORDAZA MORDAZA, Personal Administrativo del AASA. SUPLENTE: CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la U. de Mantenimiento y Servicios Auxiliares. ASESORA: Abog. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora Legal del Vicerrectorado Administrativo. Cuarto.- EL EGRESO sera atendido con cargo a Oficina Permanente de Admision y Ciclo Basico Universitario, en la Actividad 1 00493 Unidades de Ensenanza y Produccion, Componente 3 01341 Unidades de Ensenanza y Produccion, Cadena de Gasto 5.3.11.30

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 19901

Aprueban adquisicion de formatos de diplomas de MORDAZA y titulos para la Universidad Nacional de San MORDAZA MORDAZA del MORDAZA mediante adjudicacion de menor cuantia
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA SECRETARIA GENERAL RESOLUCION Nº R-1350-2004-UNSAAC MORDAZA, 30 de septiembre del 2004. EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA MORDAZA DEL CUSCO: VISTO, el Oficio Nº 633-2004-AASA signado con el Expediente Nº 13983 cursado por el Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Institucion, mediante el cual solicita exoneracion de MORDAZA de Seleccion para adquisicion de 3,000 formatos de Diplomas de MORDAZA y Titulos de la UNSAAC; y, CONSIDERANDO: Visto el expediente de la referencia por el cual el Jefe del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita la exoneracion de MORDAZA de Seleccion, por la Adquisicion de tres mil formatos de Diplomas de MORDAZA y Titulos para la UNSAAC de la Asamblea Nacional de Rectores, por el monto de S/. 24,000.00 Nuevos Soles, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; Que, de acuerdo a la normatividad vigente, se debe tener en cuenta que la adquisicion de bienes por parte de las entidades publicas, se efectua necesariamente dentro de los procesos de seleccion previstos en la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, normado por el D.S. Nº 012-2001-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado y el D.S. Nº 013-2001PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley; Que, de los propios dispositivos legales MORDAZA indicados, se tiene que se ha contemplado supuestos que justifican la exoneracion de los procesos de licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, los cuales se encuentran descritos en el Art. 19º del D.S. Nº 012-2001PCM. En el presente caso, se advierte que la exoneracion se sustenta en el hecho de que existe unico proveedor de los bienes descritos precedentemente que utiliza la UNSAAC, siendo que estos bienes no admiten proveedor sustituto, por lo que es de invocarse lo prescrito por el inciso f) del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.