Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2004 (11/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 11 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que sea su denominacion o clase a favor de los funcionarios, cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 20352
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 129-2004-P-CSJCL/PJ

PJ, asi como el tramite previsto en el Oficio Circular Nº 052-2004-GPEJ-GG/PJ; Que, del informe de la Oficina de Personal de esta Corte Superior de Justicia de fechas 27 del presente mes, se tiene que existen plazas vacantes para atender la solicitud de reincorporacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA no existiendo razones de incompatibilidad por razon de parentesco para asumir el cargo; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, por el Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, y estando a los considerandos precedentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR LA REINCORPORACION, a partir de la fecha en la plaza presupuestada y vacante de personal de la Corte Superior de Justicia del Callao, al trabajador obligado a renunciar compulsivamente, conforme al detalle siguiente: ASISTENTES JUDICIALES MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- PONGASE la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Escalafon y Personal de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Comision Distrital de Control de la Magistratura, de la Oficina de Administracion Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional, y de los interesados. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA ZECENARRO MATEUS Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 20324

Callao, 28 de octubre del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El oficio Circular Nº 012-2003-SPTP-GPEJ-GG/PJ de fecha 10 de setiembre del 2003, el Oficio Circular Nº 024-2003-SPTP-GPEJ-GG-PJ de fecha 15 de octubre del 2003, el Oficio Nº 264-2003-GPEJ-GG/PJ, y los Oficios Nºs 517, 1971 y Oficio Circular N° 025-2004GPEJ-GG/PJ, de fechas 16 de MORDAZA, 7 de setiembre y 14 de octubre del 2004 respectivamente, de la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial, mediante los cuales se dictan disposiciones para el MORDAZA de reincorporacion de los cesados irregularmente y por coaccion en las entidades del Sector Publico, y asimismo se habilitan distintas plazas presupuestadas para esta Corte Superior de Justicia para la implementacion de los nuevos Organos Jurisdiccionales creados por Resolucion Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ, asi como los Informes de la Oficina de Personal de este Distrito Judicial Nºs 932 y 936 -2004-AP-A-P-CSJCL/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 11º de la Ley Nº27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promocion de la Inversion Privada y en las entidades del Sector Publico y Gobiernos Locales, establece entre otros aspectos, que el MORDAZA de reincorporacion de los cesados irregularmente y por coaccion en las entidades del Sector Publico, esta sujeto a la disponibilidad de plazas presupuestadas vacantes de caracter permanente correspondientes; Que, segun se desprende de los documentos de Vistos, la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial del Poder Judicial informa que el Consejo Ejecutivo ha dispuesto habilitar un determinado numero de plazas de auxiliares jurisdiccionales y administrativos para la implementacion de los nuevos organos jurisdiccionales creados en esta Corte Superior entre otros, por la Resolucion Administrativa Nº 177-2004-CE-PJ; Que, para la cobertura de plazas vacantes de auxiliares para la implementacion de los nuevos organos jurisdiccionales, la Gerencia General del Poder Judicial en el numeral 3) del Oficio Circular Nº 025-2004-GG-PJ precisa que se debera efectuar mediante la reposicion de despedidos y/o concursos internos de acuerdo a la Directiva Nº 013-2004-GG-PJ y que en caso de quedar plazas excedentes se deberan cubrir mediante concurso externo; Que, para proceder a la reincorporacion o reposicion de despedidos MORDAZA aludida, debera verificarse previamente el cargo que ostentaba el servidor al momento del cese o su equivalente; por lo que para tales efectos se tiene en cuenta las disposiciones emitidas por la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial sobre el particular mediante Oficio Circular Nº 024-2003-SPTO-GPEJ-GG-

Disponen que Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia del Callao continuen conociendo causas a que se refiere la Res. Adm. Nº 071-96-P-CSC/PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 128-2004-P-CSJCL/PJ

Callao, 28 octubre del 2004 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial, establece la competencia funcional de los Organos Jurisdiccionales que conforman este Poder del Estado; Que, en tal sentido se tiene que existen actos de administracion vigentes, los que sin embargo deben ser adecuados al contexto actual y de acuerdo a Ley, a fin de garantizar el normal funcionamiento de los organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial y evitar reclamos que pudieran formular al respecto los senores Abogados y Justiciables que acuden a esta Corte Superior en demanda de un servicio de Justicia oportuno y eficaz; Que en consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del Articulo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER, que los Juzgados de Familia de esta Corte Superior que correspondan, continuen conociendo las causas en las que se avocaron en observancia del Articulo Unico de la Resolucion Administrativa Nº 071-96-P-CSC/PJ de fecha 4 de diciembre de 1996 que a la fecha se halla vigente; asi

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