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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (11/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 72

PÆg. 280106 NORMAS LEGALES Lima, jueves 11 de noviembre de 2004 problemática de la desnutrición crónica y la anemia por deficiencia de hierro, principalmente en la niñez,así como en las gestantes y mujeres que dan de lac-tar. Las consecuencias de la desnutrición son varia-das entre ellas podemos mencionar la mortalidad, lasinfecciones, la disfuncionalidad y las enfermedadescrónicas; Que, la salud ambiental incluye el saneamiento bá- sico, protección del medio ambiente, protección delos alimentos; los problemas nutricionales y de saludambiental tienen carácter multifactorial y para su abor-daje adecuado se requiere de la concertación entre elsector público privado y sociedad civil. En cuanto a laproblemática de Salud Ambiental en la jurisdicción delGobierno Regional Huánuco se han identificado proble-mas que afectan la salud de la población, tales como :Aguas no aptas para el consumo humano, inadecuadadisposición final de residuos sólidos, inadecuadadisposición de excretas, aguas residuales e industria-les, índices de infestación de vectores de las enfer-medades metaxénicas, uso indiscriminado de agro-químicos y pesticidas, deterioro de la calidad de vidadel poblador rural por el consumo de licores de dudo-sa procedencia; Que, de conformidad con lo establecido en el artí- culo 46º de la Ley Nº 27867 Orgánica de GobiernosRegionales las funciones específicas que ejercen sedesarrollan en base a las políticas regionales, las cua-les se formulan en concordancia con las políticasnacionales sobre la materia; Que, de conformidad con el artículo 49º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, son fun-ciones en materia de salud, el formular, aprobar eje-cutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políti-cas de salud de la región en concordancia con laspolíticas nacionales y los planes sectoriales; formulary ejecutar concertadamente, el Plan de DesarrolloRegional de Salud; asimismo de Promover y Ejecutaren forma prioritaria las actividades de promoción yprevención de la salud; y también Promover y preser-var la salud ambiental de la región; Estando a lo expuesto, a lo acordado por unanimi- dad en la Sesión Extraordinaria de Consejo de fechaveintiuno de Septiembre del año en curso y en uso delas facultades conferidas por el Art. 38º de la Ley Nº27867 Orgánica de Gobiernos Regionales; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO EMITE LA SIGUIENTE ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar los Lineamientos de Políti- ca Regional y Salud Ambiental, para el período 2004-2006: a.- Considerar la Nutrición y la Salud Ambiental como prioridades sanitarias en el Gobierno Regional Huánu-co. b.- Impulsar la formación y coordinación de organi- zaciones que trabajan en nutrición y salud ambiental,bajo el liderazgo del Gobierno Regional. c.- Orientar la inversión pública y privada para mejo- rar la salud ambiental y proteger la nutrición adecuadade la población. d.- Institucionalizar el censo de talla escolar desde el nivel inicial. e.- Promover la vigilancia nutricional comunitaria anual con participación ciudadana multisectorial y supervisa-da por la Dirección Regional de Salud. f.- Priorizar la atención de los programas sociales para las familias pobres, niños menores de tres años,escolares, gestantes y grupos excluidos. g.- La promoción de prácticas adecuadas alimenta- ción-nutrición, para lograr una cultura nutricional. h.- Reconocer la lactancia natural como el ali- mento ideal para el crecimiento y desarrollo óptimode los niños de 0 a 6 meses de edad y como comple-mento alimentario de 6 meses hasta los dos años deedad. i.- Proveer información sobre nutrición y salud am- biental a la población con énfasis a las madres y niñosmenores de tres años. j.- Promover el uso de alimentos locales apoyando la producción, accesibilidad y uso de dichos productos to-mando en cuenta los valores, saberes, hábitos nutricio-nales y culturales de la población. k.- Promover las investigaciones que permitan el mejoramiento de la Salud Ambiental y el Estado Nutri-cional de los grupos prioritarios. l.- La coordinación interinstitucional debe permitir el desarrollo social y económico de la población. ll.- Promover la participación ciudadana y el control social en las intervenciones de nutrición y salud ambien-tal. m.- Promover que exista personal de salud califica- do. n.- Considerar a la escuela como un centro prioritario de desarrollo educacional en nutrición y salud ambiental.Así como insertar en la currícula temas de Nutrición ySalud Ambiental. ñ.- Los Programas de apoyo alimentario incluirán la difusión capacitación a los beneficiarios en temas dealimentación y nutrición, a la evaluación del impacto delas inversiones. o.- El 1% de las utilidades mineras deben ser para la implementación de programas adecuados para el ma-nejo ambiental. Artículo 2º.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Gerencia Regional de DesarrolloSocial del Gobierno Regional Huánuco, con conocimientode los demás órganos estructurados que formen partedel Gobierno Regional, con participación de la sociedadcivil, para los fines pertinentes. Artículo 3º.- Disponer que la Dirección Regional de Administración efectúe la publicación de la presente Or-denanza en el Diario Oficial El Peruano y la Subgerenciade Informática realice la publicación en el portal electró-nico del Gobierno Regional. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 20208 Rectifican las RR. N”s. 217 y 220-2004- GRH/PR, sobre contratación de alqui- ler de tractores oruga RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 636-2004-GRH/PR Huánuco, 4 de noviembre de 2004 VISTO:El Memorándum Nº 576-2004-GRH/GGR, de fecha 7 de octubre del 2004, de la Gerencia General Regional,la Resolución Ejecutiva Regional Nº 220-2004-GRH/PRde fecha 31 de marzo del 2004; y demás antecedentes; CONSIDERANDO: Que, el artículo 201.1 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece: "loserrores materiales o aritméticos en los actos administra-tivos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, encualquier momento, de oficio o a instancia de los admi-nistrados, siempre que no se altere lo sustancial de sucontenido o el sentido de la decisión"; Que, el artículo 201.2 señala: "la rectificación adopta las mismas formas o modalidades de comunicación opublicación que corresponda para el acto original"; Que, en el presente caso, se advierte que en el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva RegionalNº 220-2004-GRH/PR de fecha 31 de marzo del 2004,involuntariamente no se ha consignado el valor referen-