Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2004 (14/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2004

CIENTOS CUARENTISIETE Y 90/100 NUEVOS SOLES, por el mes de setiembre del presente ano; el Informe Nº 043-2004-UA su fecha 15.9.2004 que informa sobre el desabastecimiento del Programa Social del Vaso de Leche; y, el Informe Legal Nº 040-04-GACO.AAE.MDB su fecha 15.9.2004, respectivamente, donde opinan de la justificacion tecnico legal de la procedencia y adecuacion a la situacion de urgencia de la compra indicada, prevista en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM; y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 22º de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano 2004; Ley Nº 28128, establece los montos para la determinacion de los procesos de seleccion; Que de conformidad con el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, facultandole dicha situacion a la adquisicion de los bienes necesarios exonerados de cualquier MORDAZA de seleccion; Con fecha 15.9.04 el Jefe de la Unidad de Abastecimiento emite el Informe Nº 043-2004-UA, mediante la cual le informa al Despacho de Alcaldia que en los almacenes de esta municipalidad no existen los productos utilizados por el Programa Social del Vaso de Leche, de tal manera que existe desabastecimiento de los indicados productos para el mes de setiembre del presente ano; Con fecha 8.9.2004 se llevo adelante la Audiencia de Apertura de Sobres del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 002-2004-CEPPVL.MDB, habiendo salido ganador de la Buena Pro la empresa Molitesa EIRL; pero la empresa Industrial del Norte SRL interpuso Recurso impugnatorio de Revision ante el CONSUCODE, el mismo que hasta la fecha se encuentra en giro con expediente Nº 1140-2004; que siendo esto asi, los efectos contractuales del indicado MORDAZA de seleccion queda en suspenso por disposicion de la Ley; Que, el programa social del Vaso de Leche no puede quedar desabastecida bajo apercibimiento de responsabilidad funcional, es por ello que es necesario darle solucion a este impase; Que, segun el Informe Legal de vistos, la Asesoria Legal de la municipalidad opina que el Pleno del Concejo declare en situacion de URGENCIA la compra de leche evaporada en tarro de 410 gr., de 10,892 unidades por el valor de S/. 19,605.60 (DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO Y 60/ 100 NUEVOS SOLES); y harina compuesto por MORDAZA, Quinua y Kiwuicha por el monto de 2,802 bolsas de 1 Kg., por la suma dineraria de] S/. 10,647.90 (DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTISIETE Y 90/100 NUEVOS SOLES, por el mes de setiembre del presente ano, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM; y, concordado con el articulo 108º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM, porque las municipalidades estan facultadas para declarar dicho estado de excepcion por las razones expuestas en los parrafos precedentes, mientras se espera el resultado del Recurso de Revision interpuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 10º y SS de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, estas son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, el articulo 36º de la acotada MORDAZA faculta a los Concejos Municipales a ejercer a plenitud las atribuciones contenidas en el articulo indicado en el parrafo precedente; por lo que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley glosada; ACUERDA: Primero.- DECLARAR en situacion de URGENCIA la compra de leche evaporada en tarro de 410 gr., de 10,892 unidades por el valor de S/. 19,605.60 (DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO Y 60/100 NUEVOS

SOLES); y harina compuesto por MORDAZA, Quinua y Kiwuicha por el monto de 2,802 bolsas de 1 Kg., por la suma dineraria de S/.10,647.90 (DIEZ MIL SEISCIENTOS CUARENTISIETE Y 90/100 NUEVOS SOLES, por el mes de setiembre del presente ano. Segundo.- Encargar a la Unidad de Administracion para que a traves de la Oficina de Presupuesto y Contabilidad, se afecte los egresos que origine la presente compra. Tercero.- ENCARGAR al Jefe de la Unidad de Administracion la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, e informar a la Contraloria General de la Republica dentro del termino establecido en la Ley de la materia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20479

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHAO
Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia para la construccion de sistema de agua potable
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 186-2004-MDCH Acomayo, 8 de noviembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHINCHAO VISTOS: El Informe Nº 072-2004-AL-MDCH y la Carta Nº 082004-CE-MDCH del Comite Especial que eleva a despacho de Alcaldia el expediente que contiene los actuados del MORDAZA de Seleccion denominado Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 002-2004-MDCH, para la "Construccion del Sistema de Agua Potable de Nueva Independencia"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 177-2004MDCH, de fecha 27 de setiembre del 2004, se aprueba la Ejecucion de la "Construccion del Sistema de Agua Potable de Nueva Independencia" y se encarga al Comite Especial para que realice el MORDAZA de seleccion; Que, conforme a la Carta Nº 008-2004-CE-MDCH de fecha 26 de octubre del 2004, el Presidente del Comite Especial remite a despacho de Alcaldia el expediente que contiene los actuados del MORDAZA de Seleccion denominado Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0022004-MDCH, informando que la Empresa MORDAZA S.R.L. presento un recurso de Apelacion; Que, estando a la absolucion del traslado de la apelacion y el Informe Nº 005-2004 de la Encargada de Tramite de Mesa de Partes, y siendo que las Etapas de Adjudicacion de Menor Cuantia para la ejecucion de Obras esta prescrito en el articulo 98º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, siendo estos los siguientes: a) Convocatoria y Venta de Bases; b) MORDAZA de Consultas, Absolucion y Aclaracion de las Bases; c) MORDAZA de Propuestas; d) Evaluacion de Propuestas; y, e) Otorgamiento de la Buena Pro. Y que el articulo 57º del mismo cuerpo legal dispone sobre las formalidades de los actos de MORDAZA de propuestas, que siendo asi los actos se llevan a cabo en la fecha y hora senaladas en la convocatoria, salvo que MORDAZA postergados. Que conforme a las Bases Generales para la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 002-2004-MDCH; el Acta de Adjudicacion de Menor Cuantia de fecha 15 de octubre del 2004, corroborado con el Oficio Nº 002-2004-MDCH-PCE dirigido a PROMPYME, y el correspondiente Aviso de Convocatoria de la Adjudicacion la fecha y hora senalada para la MORDAZA de propuestas era el dia 15 de octubre del 2004 de las 8.00 a.m. a las 10.00 a.m.; Que, conforme a los Informes Nº 004-2004-MMG-TDMDCH y Nº 005-2004- Enc. de Tramite Documentario-MDCH;

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