Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2004 (14/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 2004

Articulo Tercero.- REMITIR la presente Resolucion a la Superintendencia de Banca y Seguros, Banco Central de Reserva, Banco de la Nacion, Registros Publicos de MORDAZA, Registro Predial MORDAZA y Policia Nacional del Peru, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 036-2001-EF. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General, Gerencia de Administracion Tributaria, Gerencia de Administracion de Recursos y Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperacion Tecnica, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20466

Articulo Segundo.- El MORDAZA de la Municipalidad de Centro Poblado, que no presenta la documentacion requerida en forma reiterativa, perdera el derecho de evaluacion de su documentacion para su posterior ADECUACION, mediante Ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Encargar a los Organos Administrativos de la Municipalidad Provincial y a la Comision nombrada con tal efecto, para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese, archivese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial de Yauyos Region MORDAZA 20469

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS
Otorgan plazo a las municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos para que presenten documentacion que acredite su creacion
ORDENANZA Nº 16-2004-A-MPY Yauyos, 9 de noviembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS POR CUANTO: Visto el Informe Nº 001-2004-CAMCP_MPY. de fecha 4 de Nov. 2004, de la Comision de Adecuacion de las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos. El Concejo Provincial de Yauyos, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA DE LA MAYORIA LEGAL DE LOS SENORES REGIDORES y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, ha aprobado la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Art. 194º establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica, y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, la Constitucion Politica del Peru, Art. 194º dispone que las Municipalidades de Centros Poblados son creadas de acuerdo a Ley; Que, el Art. 20º de la Ley Nº 27972 numeral 4, dispone que son atribuciones del MORDAZA, proponer al Concejo Municipal Proyectos de Ordenanzas y Acuerdos; Que, en cumplimiento de la Ordenanza Nº 013-2004A-MPY, los Alcaldes de las Municipalidades de Centros Poblados, de San MORDAZA de Malleuran, San MORDAZA de MORDAZA y San MORDAZA de Aucampi, presentaron la documentacion requerida; Que, algunas autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados, creadas a merito de Resoluciones Municipales, cuya documentacion no fue transferida, de acuerdo a ley, por la Administracion Municipal anterior. Presentaron Cartas Notariales, por lo que, la Comision de Adecuacion de la provincia de Yauyos, mediante Informe Nº 0012004-CAMCP-MPY sugiere otorgar un ULTIMO PLAZO, a los representantes legales de las Municipalidades de Centros Poblados, creadas en merito a la derogada Ley Nº 23853, que no presentaron la documentacion requerida mediante Ordenanza Nº 013-2004-A-MPY; Que de conformidad a lo dispuesto por las normas glosadas, en uso de las atribuciones, que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, en su Art. 20º numeral 5, el Concejo Municipal aprobo por mayoria y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Otorgar, por unica vez, una prorroga de 30 dias, a las Municipalidades de Centros Poblados de la provincia de Yauyos, para que presenten, la documentacion que acredite su creacion.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA
Declaran en situacion de urgencia el arrendamiento de volquetes para ejecucion de obra de mejoramiento de la Trocha Carrozable Inguro - La Guayaba
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-04-MDB Bellavista, 25 de agosto del 2004 VISTO: El Acta de Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 25.8.2004, el pedido de declaratoria en situacion de URGENCIA el arrendamiento de 3 volquetes; y el informe Nº 301-B-2004-MDB-DIDUR su fecha 23.08.2004 emitido por la Jefatura de DIDUR; y, el Informe Legal Nº 032-04-GACO.AAE.MDB su fecha 24.8.2004, respectivamente, donde opinan de la justificacion tecnico legal de la procedencia y adecuacion a la situacion de urgencia el arrendamiento indicado, prevista en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 012-2001-PCM; y su Reglamento aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM; CONSIDERANDO: Que, segun la Constitucion Politica del Estado, las municipalidades distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 22º de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el ano 2004; Ley Nº 28128, establece los montos para la determinacion de los procesos de seleccion; Que, de conformidad con el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el D.S. Nº 013-2001-PCM, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio, compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, facultandole dicha situacion a la adquisicion de los bienes necesarios exonerados de cualquier MORDAZA de seleccion; Que, mediante Informe Tecnico Nº 301-B-2004-MDBDIDUR su fecha 23.8.2004, suscrito por el jefe de DIDUR, se da a conocer de la necesidad de arrendar con urgencia 3 volquetes de 14 m3 de capacidad, con la finalidad de ejecutar los trabajos en la obra "Mejoramiento de la Trocha Carrozable Inguro - La Guayaba" y que las condiciones del clima no favorecen dilatar por mas tiempo la realizacion de dicha obra; asi mismo se debe de tener en cuenta que la realizacion de un MORDAZA de seleccion, demoraria esta en su MORDAZA no menos de 23 dias utiles; lo cual, lamentablemente traeria como consecuencia que se paralice la obra por mucho tiempo y las lluvias paralicen la obra indicada; Que, segun el Informe Legal de vistos, la Asesoria Legal de la municipalidad opina que el Pleno del Concejo declare en situacion de URGENCIA el arrendamiento de 3 volquetes, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-

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