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PÆg. 280350 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de noviembre de 2004 de 2000, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Regístrese y comuníquese.LUZ MARINA SÁNCHEZ MERA Presidenta del Tribunal Administrativode la Propiedad de COFOPRI JOSÉ VICENTE SECLÉN PERALTA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI VÍCTOR GUEVARA PEZO Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI LUIS ALEJANDRO RUBIO DEL CASTILLO Vocal Titular del Tribunalde la Propiedad de COFOPRI RICARDO JAVIER HAAKER PIÉROLA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI 20488 CONASEV Disponen exclusión de valores corres- pondientes a emisiones realizadas por Financiera CMR del Registro Pœblico del Mercado de Valores COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 068-2004-EF/94.45 Lima, 8 de noviembre de 2004VISTOS: Los Expedientes Nºs. 2004029952, 2004029880 y 2004029950, así como el Informe Interno Nº 138- 2004-EF/94.45.2 del 8 de noviembre de 2004, de la Ge-rencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO:Que, el 19 de junio de 2003, Financiera CMR solicitó a CONASEV la inscripción, en el Registro Público del Mercado de Valores, del Segundo Programa de Certifi-cados de Depósito Negociables de la sociedad así como el registro del documento informativo marco correspon- diente; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2ºde la Resolución CONASEV Nº 022-2000-EF/94.10, la inscripción solicitada se realizó de forma automática; Que, dentro del Segundo Programa de Emisión de Certifi- cados de Depósito Negociables se realizó la primera emisión el 18 de julio de 2003 y estuvo conformada por las series A y B por un monto total ascendente aS/. 25 000 000,00; la segunda emisión se efectuó el 21 de agosto de 2003 y estuvo conformada por las series A y B por un monto total de S/. 30 000 000,00, y la tercera emisión, con-formada por las series A, B y C se realizó el 22 de octubre de 2003 y alcanzó un monto de emisión de S/. 53 600 000,00; Que, mediante escritos remitidos a la Bolsa de Valores de Lima los días 15 y 22 de octubre de 2004, Financiera CMR solicitó a la Bolsa de Valores de Lima el deslistado de los valores correspondientes a la primera, segunda y ter-cera emisión realizadas en el marco del Segundo Progra- ma de Certificados de Depósito Negociables de dicha so- ciedad, del Registro de Valores de la Bolsa de Valores deLima, así como la correspondiente exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, para tal efecto, se adjuntaron las declaraciones juradas suscritas por el señor Rafael Rizo Patrón, Ge- rente General de Financiera CMR, en las que manifiesta que las referidas emisiones han sido debidamente can-celadas en su oportunidad;Que, mediante Cartas GL-1095/04, GL-1089/04 y GL- 1092/04, remitidas a CONASEV los días 25 y 26 de oc- tubre de 2004, la Bolsa de Valores de Lima comunicó a CONASEV su decisión de admitir el deslistado de losreferidos valores y elevar el expediente correspondien- te para los fines pertinentes; Que, el artículo 37º inciso b) del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, establece como causal para la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado deValores su amortización, el rescate total u otra causa; Que, asimismo, el artículo 38º del referido Texto Único Ordenado, en concordancia con el artículo 34º del Regla-mento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONA- SEV Nº 630-97/94.10, establece que la exclusión de unvalor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una Oferta Pública de Compra; Que, no obstante lo señalado en el considerando ante- rior, la exclusión del Registro Público del Mercado de Valo- res de Lima de los valores correspondientes a las tres emisiones realizadas en el marco del Segundo Programade Certificados de Depósito de Financiera CMR, se en- cuentra dentro de la causal de excepción a la realización de una Oferta Pública de Compra por exclusión, contem-plada en el artículo 38º inciso a) del citado Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2º de las Normas Relativas a la Publica- ción y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órga- nos Decisorios de CONASEV, aprobadas por ResoluciónCONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las re- soluciones administrativas referidas a la exclusión del Re- gistro Público del Mercado de Valores de los valores mobi-liarios objeto de oferta pública deben ser objeto de difusión a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 48º del Regla- mento del Registro Público de Mercado de Valores, apro- bado por la Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10y el acuerdo del Directorio de CONASEV del 18 de di- ciembre de 2000, que faculta a la Gerencia de Mercados y Emisores a disponer la exclusión de valores mobilia-rios del Registro Público de Mercado de Valores; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores correspondientes a la primera, segunda ytercera emisión de Certificados de Depósito Negocia- bles, realizadas en el marco del Segundo Programa de Certificados de Depósito de Financiera CMR, del Regis-tro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Disponer la exclusión del Registro Pú- blico del Mercado de Valores de los valores correspon-dientes a las emisiones señaladas en el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente resolución debe ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano y en la página deCONASEV en Internet. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Finan- ciera CMR, a la Bolsa de Valores de Lima y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. HÉCTOR VALENTÍN HURTADO Gerente de Mercados y Emisores 20343 INACC Disponen publicar relación de conce- siones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2004 INSTITUTO NACIONAL DE CONCESIONES Y CATASTRO MINERO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 03904-2004-INACC/J Lima, 4 de noviembre de 2004