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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de noviembre de 2004 CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIÓN NORMA LEGAL % U.I.T. U OTRO PARAMETRO H-033 Por expender comidas y bebidas o productos alimenticios no Multa / Clausura DS Nº 007-1998-SA aptos para el consumo humano después de la toma de muestra y realizado los análisis bromatologicos. La reincidenciada lugar a la clausura transitoria o definitiva. Restaurantes y afines - Panaderías 80% UIT M CECOPRONOS -CECOPROSIS 30% UIT M Mercados y Galerías 30% UIT M H-034 Por comercializar productos alimenticios con 50% UIT M DS Nº 007-1998-SA cuerpos extraños (insectos, cabello, piedra, vidrio,metales, etc.) poniendo en riesgo la salud del público consumidor. H-035 Por criar animales dentro de viviendas o azoteas 50% UIT N.P. Ley 27972 con fines comerciales y/o consumo y queconstituyan un peligro para la salud pública o quecirculen libremente en locales de atención al público o en fábricas de productos alimenticios. H-036 Por no desinfectar ni fumigar semestralmente los Ley 27972 locales, careciendo del respectivo certificado:a) Locales comerciales y/o de servicios en general 20% UIT M b) Hostales, hoteles, hospedaje 10% UIT Por cada habitación M c) Academias, clubes, centros educativos 10% UIT M H-037 Por no contar con agua potable y desagüe o tener 100% UIT / Clausura M DS Nº 007-1998-SA los mismos en malas condiciones y/o salubridad Transitoria / Clausura en lugares que preparan ó venden alimentos. Definitiva H-038 Por arrojar agua servidas, contaminadas o 20% UIT M DS Nº 007-1998-SA desechos sólidos a la vía pública. H-039 Por no encontrarse el profesional responsable al 50% UIT M Ley 26842 realizar la inspección ocular en consultorios médicos y/o afines. DE LOS SUPERMERCADOS E HIPERMERCADOS H-040 Por comercializar productos alimenticios sin el 10 UIT /Decomiso, M RM Nº 1653-2002-SA/DM respectivo Registro Sanitario obligatorio, con fecha Destrucción del de vencimiento expirada, falsificados, con envase producto, Clausura abollados, adulterados, de origen desconocido, transitoria y/odeteriorados, contaminados o sin rótulo, no aptos clausura del para consumo humano. establecimiento H-041 Por no contar con equipos o no tenerlos operativos 100 UIT% M RM Nº 1653-2002-SA/DM que adeguren la cadena fría cuando se almacenen y expenden alimentos que requieren refrigeración o congelación. H-042 Por exhibir, almacenar y comercializar productos 100 UIT% M RM Nº 1653-2002-SA/DM alimenticios juntamente con productos tóxicos como detergentes, jabones, desinfectantes y otros de alto riesgo. H-043 Por permitir la presencia de animales domésticos 20% UIT M RM Nº 1653-2002-SA/DM en los ambientes del autoservicio. H-044 Por tener el local y/o sus diferentes ambientes en 05 UIT /Clausura del M RM Nº 1653-2002-SA/DM estado antihigiénico. establecimiento H-045 Por presencia de insectos, roedores en el local. 10 UIT / Clausura M RM Nº 1653-2002-SA/DM H-046 Por no contar con servicios higiénicos limpios con 50% UIT M RM Nº 1653-2002-SA/DM la adecuada instalación sanitaria, ventilación y con implementos necesarios. H-047 Por permitir el trabajo de manipuladores enfermos 50% UIT M RM Nº 1653-2002-SA/DM o con signos visibles de enfermedad o carecer de higiene personal. H-048 Por carecer del certificado de capacitación 10% UIT por persona M RM Nº 1653-2002-SA/DM obligatorio, los manipuladores de alimentos. H-049 Por comercializar productos con menor peso del M RM Nº 1653-2002-SA/DM indicado o requerido H-050 Por carecer o tener vencido el Certificado de M RM Nº 1653-2002-SA/DM Control Oficial de Aferición de balanzas H-051 Por no dar mantenimiento a ductos forzados hacia el exterior M RM Nº 1653-2002-SA/DM H-052 Por expender comidas y bebidas o productos Multa 100% UIT/ M RM Nº 1653-2002-SA/DM alimenticios no aptos para el consumo humano Clausura transitoria/ después de la toma de muestra y realizado los C lausura definitiva análisis bromatologicos. La reincidencia da lugar a la clausura transitoria o definitiva. I LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE LOCALES COMERCIALES I-001 Por apertura del establecimiento sin el certificado 100% UIT /Clausura N.P. Ley 27972 de autorización municipal de funcionamiento o tener autorización provisional de funcionamiento vencida. I-002 Por ampliación de giro, área y/u horario, cambio 100% UIT /Clausura N.P. Ley 27972 de giro, de nombre o razón social sin la respectiva Tr ansitoria/ autorización municipal. Cancelación de la Licencia I-003 Por no dar aviso de cierre del establecimiento. 8% UIT M Ley 27972 I-004 Por usar los retiros fronterizos o la vía pública con Ley 27972 fines comerciales sin autorización municipal o de