Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2004 (15/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 15 de noviembre de 2004

Articulo 6º.Los modulos tendran un diseno acorde con el ornato del lugar y con el producto que venden o prestan servicio. Las especificaciones tecnicas del modulo, medidas, diseno y color lo determinara la autoridad administrativa competente. Para facilitar su control, todos los modulos, obligatoriamente deberan de llevar impresos en lugar visible: El nombre de su organizacion si estuviesen asociados, escudo municipal y leyenda asignada autorizada por la Municipalidad de Independencia. Esta prohibido cualquier MORDAZA de anuncio comercial en el modulo, salvo autorizacion expresa de la autoridad competente. Articulo 7º.La Gerencia de Desarrollo Economico o la que haga sus veces se encargara de promover la agremiacion y de coordinar con los representantes gremiales de los vendedores y/o prestadores de servicios del distrito, para promover su desarrollo y bienestar, a la vez que controla el estricto cumplimiento de las normas que establece la presente Ordenanza. TITULO II DISPOSICIONES TECNICAS ADMINISTRATIVAS Y SOCIALES Articulo 8º.Para poder otorgar la autorizacion al solicitante, previamente la municipalidad realizara una Inspeccion Tecnica, que comprendera una Evaluacion Tecnica MORDAZA y una Evaluacion Tecnico Social, que tenga en consideracion que la presencia del modulo no distorsione la estetica ni el ornato, no incomode la vecindario, no constituya un peligro, no obstruya el MORDAZA peatonal y/o vehicular y tendra presente la situacion socio-economica del vendedor o prestador de servicio. Se entiende por: EVALUACION TECNICA URBANA: Es el MORDAZA administrativo mediante el cual la Gerencia de Gestion MORDAZA o quien haga sus veces emita un Informe Tecnico que contempla el impacto del modulo en la estetica y ornato de la MORDAZA, la fluidez en el libre MORDAZA peatonal y vehicular, condiciones de seguridad en la ubicacion y concluye con una recomendacion de otorgar o no la autorizacion en la ubicacion evaluada. EVALUACION TECNICA SOCIAL: Es el MORDAZA por el cual la Gerencia de Desarrollo Local o quien haga sus veces, realiza un informe socio economico de la composicion y carga familiar del solicitante, sus ingresos su capacidad economica; informe sobre el impacto que causa al vecindario de la MORDAZA y, concluye con una recomendacion de otorgar o no la autorizacion al solicitante. Para el caso de las personas con discapacidad, se adicionara el Informe favorable de la Oficina Municipal de Apoyo a las Personas con Discapacidad. TITULO III DE LAS AUTORIZACIONES Articulo 9º.La Municipalidad de Independencia otorgara autorizaciones priorizando a aquellas personas que residan en el distrito. La cantidad, ubicacion e instalacion de modulos donde se ejerza la venta de productos o prestacion de servicios, estara en funcion a un analisis tecnico de la Gerencia de Gestion MORDAZA, que establezca el numero MORDAZA que pueda soportar cada MORDAZA MORDAZA por lo que al completarse la capacidad fisica de las mismas, no se otorgaran nuevas autorizaciones, salvo que se declare alguna vacante. Articulo 10º.Es un requisito previo para la obtencion de la Autorizacion Provisional contar con los Certificados de Evaluacion Tecnica MORDAZA y Certificado de Evaluacion Tecnica Social. El procedimiento para obtener los certificados es el siguiente: 1. Solicitud simple. 2. Croquis de ubicacion anexada a la solicitud. 3. Pago de derecho por Inspeccion Tecnica. Articulo 11º.Cumplido el articulo anterior el interesado no podra instalar su modulo hasta que la municipalidad otorgue la

autorizacion respectiva sustentado en las dos evaluaciones tecnicas, MORDAZA y social, favorables. En el supuesto de obtener solamente una evaluacion favorable no se concedera autorizacion. Articulo 12º.Requisito para el tramite de la Autorizacion Provisional: 1. Solicitud simple. 2. MORDAZA autenticada del D.N.I. del solicitante. 3. 2 Fotografias a color tamano pasaporte. 4. Certificados de Evaluacion Tecnica MORDAZA y Certificado de Evaluacion Tecnica Social con opiniones favorables. 5. Pago por derecho por concepto de Autorizacion Anual de Ocupacion del Area Publica: S/. 50.00 Nuevos Soles. 6. Por uso y disfrute del area publica: S/. 10.00 Nuevos soles mensuales. Articulo 13º.Para la solicitud de renovacion de la Autorizacion Provisional, se requiere anexar una declaracion jurada de mantenerse en estado de necesidad para continuar realizando su actividad economica en areas de uso publico. Es condicion para la renovacion de su Autorizacion Provisional contar con su carne de sanidad vigente, certificado de manipulacion de alimentos y estar al dia en el pago de sus derechos establecidos en el articulo precedente. La solicitud debera ser presentada a mas tardar quince dias MORDAZA del vencimiento de su autorizacion provisional, pagando S/ . 10.00 nuevos soles por concepto de derechos administrativos. Articulo 14º.La Gerencia de Desarrollo Economico Local, o quien haga sus veces, es la encargada de expedir las Autorizaciones. En la autorizacion municipal de ocupacion de la via publica debera figurar los siguientes datos: 1. Nombre del titular o conductor del modulo. 2. Ubicacion exacta del modulo. 3. Domicilio real y documento de identidad del conductor. 4. Fecha de emision y de termino de la autorizacion. 5. Fotografia del titular. 6. Giro. Articulo 15º.La autorizacion NO genera derechos sobre el area donde se ubican los modulos, tendra caracter provisional, otorgado uno por cada unidad familiar y, podran ser revocados para su reubicacion o anulacion por queja de la comunidad, necesidad social, por seguridad, modificacion del ordenamiento MORDAZA o porque se descubriera informacion falsa en su solicitud. TITULO IV OBLIGACIONES DEL VENDEDOR Y/O PRESTADOR DE SERVICIOS Articulo 16º.El vendedor y/o prestador de servicios esta obligado a mantener la buena MORDAZA de su modulo, priorizando la higiene, obligandose a mantener limpia la MORDAZA circundante en un radio no menor de cinco metros. Adicionalmente acondicionara a la estructura del modulo un deposito con tapa para residuos solidos con bolsa de plastico en su interior. Debe cumplir con el pago de sus arbitrios de limpieza publica de acuerdo a las normas municipales aprobadas. Articulo 17º.La conduccion de los modulos de venta y/o de prestacion de servicio, solamente estaran a cargo del titular que figure en la Autorizacion Provisional. Por ningun motivo podran subcontratar personal para la conduccion y/o atencion al publico. El incumplimiento de esta disposicion sera sancionado con el retiro del modulo y la revocacion de la autorizacion. Articulo 18º.Los vendedores y/o prestadores de servicio estan obligados a cumplir la presente Ordenanza y las demas disposiciones municipales y legales, su incumplimiento tiene como consecuencia la aplicacion de sanciones de acuerdo a lo establecido en las normas legales y municipales. De persis-

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