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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G30/G34/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 15 de noviembre de 2004 tir en el incumplimiento de las disposiciones municipales y/ o legales se le revocará la autorización. Artículo 19º.- Los vendedores y/o prestadores de servicios están ter- minantemente prohibidos de usar bancas y/o mesas adicio-nales al módulo, usar más espacio que el autorizado, usar elmódulo como depósito de mercadería, usar instalacionessanitarias y/o de electricidad clandestinas, vender produc-tos y/o prestar servicios no autorizados. Está prohibido aten-der al público en estado de ebriedad o bajo los efectos desustancias alucinógenas o tóxicas, realizar actos reñidoscontra la moral y buenas costumbres, exhibir material o im-preso pornográfico, alterar la tranquilidad y el orden público,realizar sus necesidades fisiológicas en los espacios públi-cos o en la propiedad de los vecinos. La violación de estasprohibiciones es causal de revocación de la autorización. Artículo 20º.- Los Vendedores y/o los Prestadores Servicios están terminantemente prohibidos de utilizar megáfonos, equi-pos de audio o similares que produzcan ruidos molestos onocivos. El incumplimiento de esta disposición acarrea elcomiso de los implementos, la revocación de la Autoriza-ción, sin perjuicio de la denuncia correspondiente por deli-to contra la ecología y medio ambiente. Artículo 21º.- Los Vendedores y/o los Prestadores de Servicios auto- rizados están en la obligación de usar uniformes y gorroshomogéneos establecidos por la Municipalidad de Inde-pendencia, que tendrá en cuenta el giro de su actividad. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los diseños y especificaciones técnicas de lo módulos será regulado por Decreto de Alcaldía. Losvendedores o prestadores de servicios se hacen cargo decumplir, el contar con su módulo de acuerdo al diseño yespecificaciones técnicas reguladas por la municipalidad. Segunda.- Las personas con discapacidad registrados en el CONADIS podrán acceder a los beneficios especia-les establecidos en la Ordenanza Nº 035-2002-MDI. Te-niéndose en cuenta que la autorización será únicamentepara que laboren las personas con discapacidad. Por nin-gún motivo podrá laborar otra persona como su represen-tante o un tercero. Tercera.- En un plazo no mayor de 60 días hábiles, desde la publicación de la presente Ordenanza, se emitirá los Decre-tos de Alcaldía para que los actuales ocupantes de la víapública, como vendedores o prestadores de servicio, cumplancon regularizar y/o adecuarse a las normas municipales apro-badas. Cumplido este plazo, la Gerencia de Desarrollo Econó-mico Local o quien haga sus veces y la Gerencia de GestiónAmbiental y Servicios Públicos coordinarán para retirar de lajurisdicción cualquier carreta, módulo o similares que incum-plan la presente Ordenanza y demás normas municipales. Cuarta.- Deróguese los artículos 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º, 11º, 18º, 20º, primera y segunda disposición complemen-taria, y primera y segunda disposición final de la Ordenan-za Nº 036-2002-MDI, y deróguese todas las disposicionesmunicipales que se opongan o impidan la correcta aplica-ción de la presente Ordenanza. Quinta.- Incorpórese al Texto Único de Procedimientos Administrativos y al Régimen de Aplicación de SancionesAdministrativas, los procedimientos y sanciones reguladosen la presente Ordenanza. 20547 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G53/G61/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73 ORDENANZA Nº 317-MSB EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO:Visto, en la XXI-2004 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28.10.2004, el Dictamen Nº 036-2004-MSB-CER,Dictamen Nº 138-2004-MSB-CAL y Dictamen Nº 009-2004- MSB-CDU, de la Comisión de Economía y Rentas, Comi-sión de Asuntos Legales y Comisión de Desarrollo Urbano; De conformidad con la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de aprobaciónde Actas, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad lasiguiente Ordenanza: REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I BASE LEGAL 1. Constitución Política del Perú. 2. Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades.3. Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Borja. 4. Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General. 5. Ley Nº 26979 - Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva. 6. Ordenanzas Nº 336 y Nº 337 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. CAPÍTULO II OBJETIVO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ÓRGANOS COMPETENTES Artículo 1º.- OBJETIVO La presente Ordenanza establece el Régimen de Apli- cación de Sanciones Administrativas que regulan el proce-dimiento de fiscalización y control de infracciones, la impo-sición y ejecución de sanciones administrativas, así comolas competencias de los órganos de línea. Artículo 2º.- ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito de aplicación de la presente Ordenanza se circunscribe a la jurisdicción del distrito de San Borja, sien-do de estricto cumplimiento para todas aquellas personasnaturales y/o jurídicas que cometieran cualquier infracciónestablecida en el Cuadro de Infracciones y Sanciones den-tro de esta jurisdicción, aún si su domicilio estuviere ubica-do fuera del distrito de San Borja. Artículo 3º.- ÓRGANOS COMPETENTES Los procedimientos de fiscalización, imposición y ejecu- ción de las sanciones, así como los procedimientos admi-nistrativos que en vía de reconsideración se formulen con-tra tales actos, son de competencia de los siguientes órga-nos municipales: a) Gerencia de Comercialización. b) Gerencia de Desarrollo Urbano.c) Gerencia de Servicios a la Ciudad.d) Gerencia de Rentas.e) Gerencia de Seguridad Ciudadana. Los funcionarios responsables de las áreas señaladas realizarán una permanente fiscalización y control según sucompetencia, a través del personal designado para estoscasos, a efectos de verificar el cumplimiento de las normasmunicipales. Artículo 4º.- ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS COM- PETENTES Constituyen atribuciones de los órganos competentes: a) Velar por la aplicación y cumplimiento de las disposi- ciones municipales. b) Recibir los informes de los Policías Municipales, Ins- pectores y/o Técnicos de la Municipalidad, en los que sedan cuenta de las infracciones detectadas. c) Registrar y disponer las acciones pertinentes respec- to a las denuncias sobre infracciones que reciban de losvecinos. d) Tomar la manifestación en el Acta de Comparecencia de los presuntos infractores que se presenten a formularsu descargo personalmente o mediante su representantelegal, quien deberá estar facultado mediante una cartapoder simple en el caso de personas naturales (adjuntan-do copia del documento de identidad de ambos) o poderinscrito en los Registros Públicos, en el caso de personasjurídicas.