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PÆg. 280532 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de noviembre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:El Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de octubre del presente año; CONSIDERANDO:Que, Mediante documento de Visto el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo dicta las disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la trasmi-sión radial y televisiva de ofertas laborales en el sectorpúblico y privado; Que, conforme lo precisa el Decreto Supremo en su artículo primero el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su programa "Red CIL Proempleo" proporcionará diariamente al Instituto de Radio y Televi-sión del Perú la información vinculada con la oferta detrabajo del sector público y privado, a efecto del cumpli-miento del artículo 1º de la Ley Nº 27736, la misma quese difundirá por canal 7 y Radio y Televisión del Perú; Que, conforme se precisa en el artículo segundo de la precitada norma todos los organismos públicos yempresas del estado están obligados a remitir sus ofer-tas de empleo al Programa Red CIL Proempleo del Mi-nisterio de Trabajo y Promoción Social. Estando exclui-das de esta obligación de concursar y remitir ofertas, los puestos clasificados como de confianza; Que, los organismos públicos y empresas del Esta- do remitirán con (10) diez días hábiles de anticipación alinicio del concurso de los puestos de trabajo vacantes aofertar. Dicha remisión podrá ser realizada por escrito ovía electrónica; Que, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo segundo del referido Decreto Supre-mo, los organismos públicos y empresas del estadodesignarán al funcionario público responsable de emitirlas ofertas de empleo de la entidad; Con el visto bueno de la Gerencia Municipal y Gerencia de Personal; en uso de las facultades establecidas en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, Artículo43º de la Ley Nº 27972 "Orgánica de Municipalidades", SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a don DOMINGO CARRI- LLO RODRIGUEZ como el funcionario responsable deremitir las ofertas de empleo de la entidad al Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo la publicación en el Diario Oficial el Peruano de la presente resolución; así como la notificación, de la misma, al funcionario designado. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.JUAN JOSE LOPEZ ALAVA Alcalde 20721 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ATALAYA Declaran en situación de urgencia el servicio de limpieza pœblica ACUERDO DE CONCEJO Nº 070-2004-SE-MPA Atalaya, 2 de noviembre del 2004VISTOS, en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 36- 2004 de fecha 2 de noviembre del 2004, el Informe LegalNº 073-2004-AL-MPA y el Informe Nº 219-2004-SGPAC del 13-10-04, referente a la necesidad de declarar ensituación de urgencia el servicio de limpieza pública enVilla Atalaya; CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 219-2004-SGPAC del 13 de octubre del 2004, la Subgerencia de Participación yAsuntos Comunales, comunica que el servicio de recojode residuos sólidos en el área urbana de Villa Atalaya, enlos últimos años, se venia realizando en forma interdiaria de 3 toneladas métricas, haciendo un total al mes de 36 toneladas métricas; sin embargo debido a la crecienteexpansión urbana, ha generado la necesidad de incre-mentar, este servicio durante 6 días a la semana, paratratar de cubrir al 100% el radio urbano, para lo cual secuenta con el único volquete marca SISU que tiene una antigüedad de más de 25 años, y que por razones de orden técnico, mecánico y económico no se puede brin-dar el servicio en forma eficaz y eficiente. Dicha unidadmóvil no tiene el rendimiento necesario debido a su anti-güedad, su reparación resulta altamente costosa, susrepuestos son descontinuados en el mercado; el abas- tecimiento de aceite de lubricación interna y líquido hi- dráulico al mes se utiliza 5 baldes de aceite SAE 40 y 01balde de hidrolina, generando un gasto de S/. 898.00nuevos soles. De acuerdo a la necesidad del servicio elvehículo no garantiza la continuidad del servicio, trayen-do como consecuencia la generalizada práctica de los pobladores de utilizar el cauce de las quebradas como depósito de basura generando un proceso de contami-nación de las aguas que discurren dentro del área urba-na de Villa Atalaya. Por tales razones dicho Subgerentesolicita sea declarado en situación de Urgencia el Servi-cio de Limpieza Pública, con la finalidad de solucionar lo más pronto posible los problemas antes indicado y se adquiera un volquete compactador moderno; Que, la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales son entida-des básicas de la organización territorial del Estado ycanales inmediatos de participación vecinal; promueven la adecuada prestación de los Servicios Públicos loca- les, teniendo como función, entre otros, de promover elservicio de limpieza pública, determinando las áreas deacumulación de desechos o rellenos sanitarios y el apro-vechamiento industrial de desperdicios; Que, el artículo 21º del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisición del Estado, prescribe que, se considerasituación de de Urgencia cuando la ausencia extraordi-naria e imprevisible de determinado bien o servicio com-promete en forma directa e inminente la continuidad delos servicios esenciales o de las operaciones producti- vas que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situación faculta a la Entidad a la adquisición o contracción de losbienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad,según sea el caso, necesario para llevar acabo el pro-ceso de selección que corresponda; Que, la declaración de la situación de urgencia o emergencia conlleva a la exoneración de Licitación Pú- blica, Concurso Público o Adjudicación Directa, segúnsea el caso; la misma que se formaliza, tratándose delos Gobiernos Locales, mediante Acuerdo del ConcejoMunicipal; ello en aplicación del artículo 19º y 20º delacotado D.S. Nº 012-2001-PCM; Que, en merito al informe a que se refiere el primer considerando, es de primordial importancia prevenir laausencia extraordinaria e imprevisible de la continuidaddel servicio de limpieza pública que presta esta Corpo-ración Edil, adoptando una acción rápida, a fin de adqui-rir o contratar lo indispensable, para no paralizar la con- tinuidad del servicio; vale decir, según el Informe Técni- co de la referida Subgerencia, es evidente la necesidadde adquirir un nuevo vehículo recolector de residuossólidos, por cuanto se encuentra plenamente justificaday sustentada que la única unidad destinada al serviciode limpieza pública se encuentra a punto de colapsar, por circunstancias que escapan al control de la actual gestión municipal, lo cual por tratarse de un servicio