Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2004 (17/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, miercoles 17 de noviembre de 2004

NORMAS LEGALES

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trascendente y significativo, causaria un perjuicio colectivo a los beneficiarios, pues la desatencion traeria como consecuencia la proliferacion de focos infecciosos que acarrearia la presencia de enfermedades con caracter endemico; resultando necesario e indispensable proceder a adquirir una unidad movil destinada a tal fin, conforme lo opinado por la Unidad Organica que administra dicho servicio, dentro de las limitaciones y restricciones administrativas y presupuestales de conformidad con el MORDAZA normativo regulatorio aplicable y vigente; Que, la adquisicion referida cuenta con disponibilidad presupuestal, estando afecta en la siguiente Estructura Funcional Programatica: 03 003 0006 100267 - Gestion Administrativa; y la Especifica del Gasto 6.7.11.51 - Equipamiento y Bienes Duraderos, por un monto de S/. 315,000.00 Nuevos Soles; cuya fuente de financiamiento se detalla a continuacion: 11. Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno; Que, por Acuerdo Nº 069-2004, adoptado en Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 035-2004 del 20 de octubre del 2004, en un primer momento, por mayoria calificada, se aprobo declarar en situacion de urgencia el servicio de limpieza publica en la MORDAZA de Atalaya, en merito al Informe Tecnico y Legal de visto, encargandose al Comite Especial responsable MORDAZA las acciones inmediatas para la adquisicion del camion compactador, la misma que mediante el presente acuerdo y en atencion a los informes MORDAZA aludidos, se autoriza la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, aprobandose la adquisicion de un volquete compactador por la modalidad de menor cuantia; Por ultimo, cabe manifestar que, mediante D.S. Nº 057-2004-PCM, se aprueba el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314, a fin de asegurar que la gestion y el manejo de los residuos solidos MORDAZA apropiados para prevenir riesgos sanitarios, proteger y promover la calidad ambiental, la salud y el bienestar de la persona humana. La autoridad municipal es responsable por la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares a estos originados por otras actividades; Por estos fundamentos y estando a lo dispuesto en el Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo Municipal en la Sesion de Visto, por mayoria calificada: ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR en Situacion de Urgencia el Servicio de Limpieza Publica que brinda la Municipalidad Provincial de Atalaya, en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo Segundo.- AUTORIZAR la exoneracion del MORDAZA de Seleccion correspondiente, ENCARGANDOSE a la Direccion de Administracion, para que a traves de la Unidad de Abastecimiento INICIE de manera inmediata los actos administrativos para la adquisicion de un camion o volquete recolectores compactadores de 12 a 15 toneladas, en la forma y modo que determina el Art. 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- DETERMINAR COMO VALOR REFERENCIAL, segun la Estructura funcional programatica siguiente: Estructura Funcional Programatica: 03 003 0006 100267 - Gestion Administrativa; y la Especifica del Gasto 6.7.11.51 - Equipamiento y Bienes Duraderos, por un monto de S/. 315,000.00 Nuevos Soles; cuya fuente de financiamiento se detalla a continuacion: 11. Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, la PUBLICACION en el Diario Oficial El Peruano, y REMITIR MORDAZA de este acuerdo a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 20726

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de arroz pilado para el Programa de Asistencia Alimentaria
ACUERDO Nº 092-2004-MPC Canete, 12 de noviembre de 2004 Visto, en Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, sobre Declaratoria de Urgencia para adquisicion de insumos del Programa de Asistencia Alimentaria correspondiente a los meses de octubre a diciembre del 2004, y el Informe Tecnico Legal Nº 003-2004-OAJ-MPC; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad al articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 462-2004AL-MPC se declaro nulo el MORDAZA de seleccion por Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-PAA-MPC, en lo que respecta al Item I (arroz pilado corriente), al haberse contravenido lo dispuesto por el articulo 32º del D.S. Nº 012-2001-PCM; Que, conforme al articulo 19º del D.S. Nº 012-2001-PM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, (en adelante el TUO) expresa que, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen; inciso c) En situacion de emergencia o de urgencia declaradas de conformidad con la presente ley; Que, el articulo 20º del TUO senala las formalidades de los procedimientos no sujetos a Licitacion Publica y Concurso Publico o Adjudicacion Directa, precisando que, la misma debe de realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; y que dichas exoneraciones deben de ser aprobadas mediante Acuerdo del Concejo Municipal, para el caso de los Gobiernos Locales, requiriendo ademas para ello se emita informe tecnico-legal previo y ser publicado en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 21º del TUO precisa que se considera Situacion de Urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo; Que, al haberse declarado nulo el referido MORDAZA de seleccion en cuanto al Item I correspondiente a adquisicion de Arroz Corriente Pilado y estando al cronograma de distribucion del referido insumo, la misma que no se ha materializado hasta la fecha, en consecuencia se encuentran desabastecidas la beneficiarias del referido Programa en cuanto a dicho producto y los que indudablemente hacen peligrar la continuidad del servicio que brindan los comedores populares a quienes estan dirigidos dichos alimentos, siendo que de este modo se da el presupuesto senalado para declarar en Situacion de Urgencia su adquisicion; Que, se tiene el Informe Tecnico - Legal Nº 003-2004-OAJMPC el cual opina por la procedencia de la declaratoria de urgencia, y el mismo que tambien ha merecido aprobacion por el pleno del concejo en la sesion tratada el dia de la fecha; Estando a las consideraciones expuestas, de conformidad al articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades, y la aprobacion por unanimidad del pleno del concejo, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo 1º.- DECLARAR en situacion de Urgencia la adquisicion de 63,093.60 Kg. de Arroz pilado corriente

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