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PÆg. 280647 NORMAS LEGALES Lima, viernes 19 de noviembre de 2004 DNT, en lo que respecta a la identificación de los modelos de máquinas tragamonedas individualizados con los Re-gistros: B0000217 y B0000218, debiéndose entender queel código que identifica a los modelos de máquinas traga- monedas autorizados y registrado por la Dirección Nacio- nal de Turismo son: “Endeavour Series y Endeavour Es500 Series, siendo el tipo al que pertenecen: “CasinoTop”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANTONIO ZAMORA S. Director Nacional de Turismo 20847 ECONOMÍA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la apli- cación del Derecho Variable Adicionalo rebaja arancelaria a importacionesde maíz, azœcar, arroz y lÆcteos RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 022-2004-EF/15 Lima, 18 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se estable- ció el Sistema de Franja de Precios para las importacionesQue, asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 209- 2004-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 3.5.2004, se autori-zó y registró el modelo de máquina tragamonedas del refe-rido fabricante, consignándose como Código del Modelo: Endeavour Es 500 Series Casino Top; Que, mediante los expedientes antes indicados, la em- presa señala que el término “Casino Top” sólo hace refe-rencia al tipo del modelo al que pertenecen y no a loscódigos de identificación de los modelos de máquinas tra-gamonedas; Que, para tal efecto, adjunta copia de la modificación de los Certificados de Cumplimiento Nºs. 200310-08 y 200310-05, de fecha 20.10.2003, expedidos por el Laboratorio deCertificación de la Pontificia Universidad Católica del Perú,en los que se deja constancia sobre la correcta identifica-ción de los modelos de máquinas tragamonedas; Que, evaluados los argumentos presentados por la em- presa así como los Informes Técnicos Nºs. 099 y 100-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM, corresponde que laDirección Nacional de Turismo proceda a la modificación delos Registros: B0000217 y B0000218, al haberse determi-nado un error en la designación de los códigos de los mode- los a los que pertenecen las máquinas tragamonedas que fueron objeto de autorización y registro; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, y su Reglamento aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR,estando a lo opinado en los Informes Legal Nº 620-2004- MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR y Técnicos Nºs. 099 y 100-2004-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR/JYM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el Artículo Único de las Resolu- ciones Directorales Nºs. 204 y 209-2004-MINCETUR/VMT/ REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU