Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2004 (27/11/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 106

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 2004

Exoneran de pago la obtencion de carne de biblioteca a integrantes del Club del Adulto Mayor MORDAZA MORDAZA de Lince
ORDENANZA Nº 126-MDL Lince, 3 de noviembre del 2004 VISTO: En Sesion Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 041-2004-MDL-CEA-CAL-EC, de las Comisiones de Economia y Administracion, Asuntos Legales y de Educacion y Cultura, referente a la exoneracion del pago por concepto de carne de biblioteca a los integrantes del Club del Adulto Mayor MORDAZA MORDAZA de Lince; CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 099 de fecha 20 de diciembre del 2003, aprueba el cuadro de tarifas de la Municipalidad Distrital de Lince, estableciendose entre ellas el pago por Carne de Biblioteca adulto con codigo 4.031; Que de conformidad con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo el inciso 17 del articulo 82º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades tienen como competencia promover espacios de participacion educativos y de recreacion destinados a adultos mayores de su localidad; Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 20º numeral 6), 40º, 82º inciso 17), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por Unanimidad, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA EXONERACION DEL PAGO DE LA TARIFA PARA OBTENCION DE CARNE DE BIBLIOTECA Articulo Primero.- EXONERAR del pago de tarifa regulado en la Ordenanza Nº 099-MDL, para la obtencion de los respectivos carne de Biblioteca a los vecinos integrantes del Club del Adulto Mayor MORDAZA MORDAZA de Lince que lo soliciten, por los fundamentos expuestos en la presente ordenanza. Articulo Segundo.- La presente disposicion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21494

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ALTO AMAZONAS VISTO: El Informe Nº 006-2004-MPAA-DA, su fecha 13 de octubre de 2004, emitido por la Direccion de Administracion, mediante el cual expone los argumentos por los que se sustenta la Modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Modificado (PAAC Modificado) de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas para el Ejercicio Presupuestal 2004, aprobado con Resolucion de Alcaldia Nº 0319-2004-MPAA-A; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Resolucion de Alcaldia Nº 0319-2004-MPAA-A, su fecha 23 de MORDAZA de 2003, se aprobo la Modificacion del PAAC de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas para el Ejercicio Presupuestal 2004; Que, mediante el Informe de Vistos se sustenta la Modificacion del PAAC Modificado para el Ejercicio Presupuestal 2004, encontrandose por efecto del cambio de las metas institucionales algunas exclusiones e inclusiones en el Plan con relacion a contratacion de bienes, servicios y ejecucion de obras; Que, el Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en su Articulo 7º ultimo parrafo, senala que el PAAC puede ser modificado de acuerdo con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramacion de metas propuestas; Que, asimismo, el Articulo 8º del acotado, indica que los procesos de seleccion no contenidos en el PAAC deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, informando al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, el Articulo 6º del Titulo VI Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada mediante Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE establece que el PAAC puede ser modificado en cualquier momento durante el curso del ejercicio presupuestal correspondiente y que toda modificacion, ya sea por exclusion o inclusion, debera ser aprobada por el Titular de la Entidad; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Normas Complementarias y Modificatorias; en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Modificado de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas para el Ejercicio Presupuestal 2004, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Secretaria General notifique la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa (PROMPyME), asi como su correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo establecido por Ley. Articulo Tercero.- DISPONER que el PAAC Modificado por la presente Resolucion, sea puesto a disposicion de los interesados en la Oficina de la Unidad de Logistica y Control Patrimonial de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, pudiendo adquirirlo al precio establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ALTO AMAZONAS
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones Modificado de la municipalidad para el ejercicio 2004
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0509-2004-MPAA-A Yurimaguas, 14 de octubre de 2004

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