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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (27/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

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PÆg. 281209 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de noviembre de 2004 Gobierno Regional del Callao, su Reglamento Interno y el Plan de Trabajo dentro de los primeros 30 días calendariode instalado el grupo. Igualmente reportará trimestralmente sobre el avance en sus tareas, debiendo al final del perio- do señalado en el artículo 6º, presentar un Informe Final. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente 21563 Crean el Grupo TØcnico Regional so- bre los Humedales de Ventanilla en elmarco del Sistema Regional de Ges-tión Ambiental DECRETO REGIONAL Nº 003-2004-REGIÓN CALLAO-PR Callao, 19 de noviembre de 2004EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLLAO CONSIDERANDO: Que, los artículos 67 y 68º de la Constitución Política del Perú establec en que, el Estado determina la política nacional ambiental, así como esta obligado a promoverla conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; Que, el artículo 50º del Decreto Legislativo Nº 613 - Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales señala, que es obligación del Estado Peruano proteger muestras representativas de los diversos tipos de eco-sistemas naturales existentes en el territorio nacional a través de un sistema de áreas protegidas; Que, por Ley Nº 26410, se crea el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, como organismo descentraliza- do , con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, financiera, adminis-trativa y técnica que depende de la Presidencia del Con- sejo de Ministros y que tiene por finalidad , planificar, pro- mover, coordinar, controlar y velar por el ambiente y elpatrimonio natural de la nación, estableciendo en su Artí- culo 6º, que el Consejo Directivo es la máxima autoridad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2001-PCM, se dicta el Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), establecien- do en su artículo 15º, que el CONAM esta facultado paradictar, dentro del ámbito de su competencia, las normas requeridas para la ejecución de la Política y demás ins- trumentos de Planeamiento y de Gestión Ambiental porparte del Gobierno Central, Gobierno Regionales y Lo- cales y que el CONAM podrá dictar disposiciones de carácter transectorial requeridas, en función de ello, dic-tará Decretos del Consejo Directivo; Que, el artículo 59º de la acotada norma reglamenta- ria, establece que la Comisión Ambiental Regional, CAR,es la instancia de gestión ambiental de carácter multi- sectorial encargada de coordinar y concertar la política ambiental regional. Promueve el diálogo y el acuerdoentre los sectores público y privado; Que, mediante Ley Nº 28245 -LEY MARCO DEL SIS- TEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL, se dis-pone el eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales dentro de las entidades públicas, fortaleciendo los me- canismos de transectorialidad en la gestión ambiental,así como el rol que le corresponde cumplir al Consejo Nacional del Ambiente y a la entidades sectoriales, re- gionales y locales en el ejercicio de sus atribucionesambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacíos o con-flictos, ratificando lo dispuesto por la Ley Nº 26410;Que, asimismo el artículo 22º de la acotada norma, establece que los Gobiernos Regionales, ejercen susfunciones ambientales sobre la base de sus leyes co- rrespondientes, en concordancia con las políticas, nor- mas y planes nacionales y sectoriales en el marco delos principios de la gestión ambiental, estableciendo ade- más que los Gobiernos Regionales, deben implemen- tar el sistema regional de gestión ambiental, en coordi-nación con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM, sobre la base de los órganos que desem- peñan diversas funciones ambientales en el GobiernoRegional; Que Los Humedales de Ventanilla, conforman uno de los principales ecosistemas naturales que tiene la Re-gión Callao, y el cual se encuentra en estado de deterio- ro. Este ecosistema permite el descanso de aves migra- torias y hábitat de aves acuáticas, fauna y flora; presen-ta potencial biológico, ambiental, científico, cultural y tu- rístico; Que, por Decreto del Consejo Directivo Nº 018-2002- CD/CONAM de fecha 21 de mayo del 2002, se crea el Grupo Técnico Humedales de Ventanilla en el marco de la Comisión Ambiental Regional del Callao, con la finali-dad de evaluar y formular una propuesta para el sanea- miento físico legal de los Humedales de Ventanilla y pro- piciar la ejecución de las actividades destinadas a pre-venir ocupaciones informales; Que, mediante Decreto del Consejo Directivo Nº 011- 2003-CD/CONAM, de fecha 10 de mayo del 2003, seaprueba el Marco Estructural de Gestión Ambiental (MEGA), estableciendo en su Artículo 30º, que el Go- bierno Regional es responsable de aprobar y ejecutar laPolítica Ambiental Regional, en el marco de lo estableci- do en el artículo 53º de la Ley Nº 27867, debiendo imple- mentar el Sistema Regional de Gestión Ambiental encoordinación con la Comisión Ambiental Regional. Se- guidamente el artículo 31º establece que, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del MedioAmbiente, es el órgano responsable de brindar apoyo técnico al proceso de implementación del Sistema Re- gional de Gestión Ambiental, en coordinación con la Co-misión Ambiental Regional y el CONAM; Que mediante Acuerdo del Consejo Directivo Nº 035- 2003-CD/CONAM, se aprueba la Guía para la Creacióndel Sistema Regional de Gestión Ambiental -SGRA, con la finalidad de alcanzar a los Gobiernos Regionales algu- nas pautas orientadoras y facilitar la elaboración e im-plementación del Sistema Regional de Gestión Ambien- tal, estableciendo en el III Nivel de Proposición Regional, que en dicho nivel, se promueven los Grupos TécnicosRegionales para la discusión, análisis y búsqueda de acuerdos técnicos y mecanismos para hacer operati- vos los instrumentos de gestión ambiental en la región.Los Grupos Técnicos Regionales serán creados por los Gobiernos Regionales; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº005-2004- REGIÓN CALLAO-CR, se declara de Interés Público la Protección y Conservación Ambiental de los humedales ubicados en el distrito de Ventanilla, de la Provincia Cons-titucional del Callao. Asimismo, proponer al Sistema Na- cional de Áreas Protegidas por el Estado (SINAMPE), la creación del Área Natural Protegida de los Humedales,en categoría de Área de Conservación Regional; Que, por Ordenanza Regional Nº 007-2004-Región Callao-CR, de fecha 19 de mayo del 2004, se aprueba laPolítica Ambiental Regional, con la finalidad de promover la sustentabilidad ambiental del proceso de desarrollo regional, con responsabilidad individual y colectiva ycapacidad de gestión ambiental de la Región, estable- ciendo en su Artículo 11º que, las acciones derivadas de la implementación de los instrumentos de gestión am-biental, serán coordinados y concertadas a través de la Comisión Ambiental Regional, además de contar con Grupos Técnicos Regionales que propondrán herramien-tas y medidas para solucionar los diferentes conflictos ambientales en la Región Callao; Que, asimismo la Ordenanza Regional Nº 008-2004- REGIÓN CALLAO-CR, de fecha 19 de mayo del 2004, se crea el Sistema Regional de Gestión Ambiental para la Región