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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (30/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G33/G39/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 30 de noviembre de 2004 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65 /G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G6C/G6C/G65/G76/G61/G2D/G64/G6F/G73/G20/G61/G20/G63/G61/G62/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G43/G6F/G72/G64/G69/G6C/G6C/G65/G72/G61/G4E/G65/G67/G72/G61/G20/G43/GE9/G6C/G75/G6C/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G50/G6F/G73/G74/G20/G43/G69/G65/G2D /G72/G72/G65 RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 0103-2004-GRA/PRE Huaraz, 26 de noviembre de 2004 EL SEÑOR GERENTE GENERAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH CONSIDERANDO: Que, en fecha 22 de noviembre se otorgó la Buena Pro, respecto de los Procesos de Selección de Adjudica- ción Directa Selectiva Nºs. 001, 002, 003, 006, 007 y 008, los mismos que fueron convocados y llevados acabo por el Programa Cordillera Negra Célula de Seguimiento Post Cierre, habiendo quedado desiertas las Adjudicaciones Directas Selectivas Nºs. 004 y 005; Que, los Procesos de Selección de Adjudicación Di- recta Selectiva referidos son los siguientes: - ADS Nº 001 "Construcción Aulas C.E. 86824 HUAN- CHUY - LLACLLÍN". - ADS Nº 002 "Construcción Posta Médica HUALL- MI". - ADS Nº 003 "Construcción 02 Aulas CE 86578 TAPA- COCHA". - ADS Nº 004 "Construcción 02 Aulas y Servicios Higiénicos CEI 241 HUANCHAY". - ADS Nº 005 "Construcción Servicios Higiénicos Colegio Santa Isabel de Huaylas". - ADS Nº 006 "Construcción Posta Médica HUACUY - QUILLO". - ADS Nº 007 "Construcción Agua Potable Mandahuaz - Huncar - Pararin". - ADS Nº 008 "Abastecimiento Agua Potable de Pam- pas Chico". Que, de conformidad a lo establecido en el segundo párrafo del artículo 85 del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, tratándose de Procesos de Adjudicación Directa Selectiva, para efectos de realizar la convocatoria, se debe cursar invitación a nomenos de tres (03) proveedores y con la respectiva noti- ficación a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa PROMPYME, ello con la finalidad de darpublicidad a las convocatorias de esta clase de procesos de selección entre las pequeñas y microempresas; Que, lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 85 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, constituye una norma esencial del pro- cedimiento para todo Proceso de Selección de Adjudi-cación Directa Selectiva, no pudiendo prescindirse de ella; Que, si bien, se advierte que, las convocatorias a los procesos de selección mencionados, fueron notificadasa PROMPYME, debe recalcarse que dichas notificacio- nes se efectuaron recién el día viernes 19 de noviembre del presente año, cuando la fecha para la Etapa dePresentación y Entrega de Propuestas, Evaluación de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro, de los pro- cesos de selección a los que se ha hecho referencia,estaba programada, según las Bases de cada uno de ellos, para el día lunes 22 de noviembre, lo cual permite determinar que, la comunicación efectuada a PROMPY-ME carecía de objeto por la fecha en que se produjo, lo que no habría permitido realizar, de manera alguna, una difusión eficaz de la convocatoria de los procesos deselección, a las pequeñas y microempresas, menos aún,que puedan participar de cada una de las etapas previas a la Etapa de Presentación y Entrega de Propuestas, considerando que la convocatoria se inició el día 8 de noviembre del presente año; Que, de acuerdo a lo establecido en el considerando precedente, se determina que se ha vulnerado el dere- cho de participar en los procesos de selección a los quese ha hecho mención, de las Pequeñas y Micro Empre- sas, que no pudieron enterarse oportunamente de las convocatorias respectivas, al haberse comunicado tar-díamente, dichas convocatorias a PROMPYME; Que, siendo esto así, al haberse contravenido lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 85º del Re-glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, constituyendo esto, causal de nulidad, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 26º del Regla-mento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 57º del Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi-ciones del Estado, corresponde que, el Gerente Gene- ral Regional, como máxima autoridad administrativa de la entidad, Declare la Nulidad de Oficio de los Procesosde Selección de Adjudicación Directa Selectiva Nºs. 001, 002, 003, 004, 005, 006, 007 y 008 del Programa Cordi- llera Negra Célula de Seguimiento Post Cierre; Estando al Informe Legal Nº 219-2004-GRA/ORAJ y en uso de las atribuciones que confiere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificato-ria Ley Nº 27902, así como demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD DE OFICIO de los Procesos de Selección de AdjudicaciónDirecta Selectiva del Programa Cordillera Negra Célula de Seguimiento Post Cierre siguientes: - ADS Nº 001 "Construcción Aulas C.E. 86824 HUAN- CHUY - LLACLLÍN". - ADS Nº 002 "Construcción Posta Médica HUALL- MI". - ADS Nº 003 "Construcción 02 Aulas CE 86578 TAPA- COCHA". - ADS Nº 004 "Construcción 02 Aulas y Servicios Higiénicos CEI 241 HUANCHAY". - ADS Nº 005 "Construcción Servicios Higiénicos Colegio Santa Isabel de Huaylas". - ADS Nº 006 "Construcción Posta Médica HUACUY - QUILLO". - ADS Nº 007 "Construcción Agua Potable Mandahuaz - Huncar - Pararin". - ADS Nº 008 "Abastecimiento Agua Potable de Pam- pas Chico". Artículo Segundo.- DISPONER que el Comité Es- pecial a cargo de los procesos de selección, indicados en el artículo precedente, procedan a llevar a cabo, nue- vamente dichos procesos, dando estricto cumplimientoa lo establecido en la parte considerativa de la presente resolución y a la normatividad de la materia. Regístrese, comuníquese y archívese. HECTOR DEL CASTILLO PROTACIO Gerente General Regional Gobierno de la Región Ancash 21641 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES /G46/G69/G6A/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G76/G61/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G64/G65/G6C/G61/G6E/G74/G61/G2D /G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G74/G72/G61/G62/G61/G6A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G2D /G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 13 Miraflores, 25 de noviembre de 2004