Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2004 (30/11/2004)


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EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 30 de noviembre de 2004

Que, la Constitucion Politica del Peru, en su articulo 194º, modificado por la Ley Nº27680, de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº079-2004-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de noviembre de 2004, se fija excepcionalmente, el periodo del 13 de diciembre de 2004 al 2 de enero de 2005, para el goce de vacaciones de las personas que prestan servicios en los pliegos y unidades ejecutoras del Poder Ejecutivo; Que, el articulo 5º de la precitada MORDAZA legal establece que los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, sus empresas y sus Organismos Publicos Descentralizados asi como los Organismos Constitucionalmente Autonomos, las Universidades, y las entidades pertenecientes a los otros Poderes del Estado podran adoptar, segun estimen conveniente y no existan disposiciones legales que regulen sus periodos vacacionales de manera particular, medidas de similar fin, en el MORDAZA de sus competencias y funciones; Que, asimismo en el articulo 6º de la citada MORDAZA, precisa ademas que las entidades bajo responsabilidad de la mas alta autoridad administrativa, deben asignar el personal necesario para garantizar la continuidad de los servicios publicos basicos y las labores indispensables de la institucion; Que, siendo intencion de la Corporacion Municipal adoptar en parte lo establecido en el Decreto Supremo Nº079-2004-PCM, y dada la naturaleza de los servicios que brinda la Municipalidad a la comunidad, es necesario que la entidad establezca los mecanismos pertinentes a efectos que no se interrumpa el normal funcionamiento de los mismos; En merito de lo expuesto de los considerandos vertidos, y contando con el visto de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 20º numeral 6) Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Fijar, excepcionalmente el goce de vacaciones adelantadas de los trabajadores de la Municipalidad de Miraflores, del 27 al 30 de diciembre de 2004; de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 079-2004-PCM. Articulo Segundo.- Modifiquese la Resolucion de Alcaldia Nº 0261 de fecha 14 de MORDAZA de 2004, respecto a los dias de recuperacion del 24 y 31 de diciembre de 2004, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: - Dia 24 de diciembre de 2004, sera compensado con una hora adicional los dias 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11 y 12 de enero de 2005. - Dia 31 de diciembre de 2004, sera compensado con un hora adicional los dias 13, 14, 17,18, 19, 20, 21 y 24 de enero de 2005. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal en coordinacion con las Subgerencias de Personal y Abastecimientos, la determinacion del personal necesario para la continuidad de la operatividad de los servicios publicos municipales. Articulo Cuarto.- Todas las Gerencias Centrales, Gerencias y Subgerencias y Areas Organicas de la Entidad, daran cumplimiento al presente Decreto bajo responsabilidad, garantizando la adecuada prestacion de los servicios. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21621

Prorrogan plazo de Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Deudas a que se refiere la Ordenanza Nº 171
DECRETO DE ALCALDIA Nº 14 Miraflores, 29 de noviembre de 2004 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 194º de la Constitucion Politica, concordado con el articulo 11º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 30 de setiembre de 2004, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 171, mediante la cual se aprobo el Beneficio de Regularizacion Extraordinarioa de Deudas, la misma que establecio en su MORDAZA Disposicion Final delegar en la persona del MORDAZA la facultad de disponer, mediante Decreto de Alcaldia la prorroga de la Ordenanza; Que, el 3 de noviembre de 2004, mediante Decreto de Alcaldia Nº 10 la Municipalidad de Miraflores, con la finalidad de seguir brindando las mayores facilidades de pago a los contribuyentes, prorrogo el plazo establecido en la Ordenanza Nº 171, hasta el 30 de noviembre de 2004; Que, a fin de lograr que un mayor numero de contribuyentes acceda a los beneficios de pago concedidos, resulta pertinente dictar una MORDAZA prorroga de la citada Ordenanza a fin de atender los requerimientos realizados; En uso de las facultades establecidas en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972: DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 17 de diciembre de 2004, el Beneficio de Regularizacion Extraordinaria de Deudas contenido en la Ordenanza Nº 171. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia 21634

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Establecen plazo de suspension de tramite de licencias para establecimientos educativos
ORDENANZA Nº 095-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO; EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Visto en Sesion de Concejo de fecha 23 de noviembre de 2004, los Informes Nºs 812 y 772-2004-15-OAJ/ MSI de la Oficina de Asesoria Juridica y el Informe Nº 796-04-18.4-SCCA/GDU/MSI de la Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio, sobre Suspension Temporal de Tramite de Autorizaciones Municipales referidas a Establecimientos dedicados a la Ensenanza; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios

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