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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G31/G33/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 30 de noviembre de 2004 resolución se afectará al Mnemónico de la Estructura Funcional Programática y a la Cadena del Gasto corres- pondiente al Presupuesto de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle para el ejercicio pre-supuestal 2004. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Rector (e) 21643 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERÚ /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G6D/GE9/G64/G69/G63/G61/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 565-2004-CGBVP San Isidro, 26 de noviembre del 2004 VISTOS: La Resolución Jefatural Nº 075-2004-CGBVP, de fe- cha 30 de enero de 2004, la Resolución Jefatural Nº 271-2004-CGBVP, de fecha 3 de mayo de 2004, el Oficio Nº 305-2004-CGBVP/OFIPLAN, de fecha 19 de noviem-bre de 2004, emitido por el Director de Presupuesto y Planificación, el Informe Técnico Nº 001-04/CGBVP-DI- MAN, de fecha 23 de noviembre de 2004, emitido por laOficina de Mantenimiento y el Informe Legal Nº 002- 2004-CGBVP-CN-AJ, de fecha 24 de noviembre de 2004, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 075-2004-CG- BVP, se aprobó el nuevo Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Cuerpo General de Bomberos Volun-tarios del Perú para el Año Fiscal 2004; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 271-2004-CG- BVP, se aprobaron las modificaciones al nuevo Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú para el Año Fiscal 2004; Que, mediante Oficio Nº 305-2004-CGBVP/OFIPLAN, el Director de Presupuesto y Planificación hace de co- nocimiento que el Ministerio de Economía y Finanzasaprobó la Ampliación del Calendario de Compromisos del mes de Noviembre por la suma de S/. 4’297,985.00 (Cuatro Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Nove-cientos Ochenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), para ser destinado a financiar los gastos que demanden la adquisición de unidades médicas para las compañíasde bomberos; Que, de conformidad con el artículo 7º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, conteniendo los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejerciciopresupuestal y el monto del presupuesto requerido, el cual debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la máxi- ma autoridad administrativa, según corresponda; Que, de acuerdo con el artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual puede ser modificado de conformidad con laasignación presupuestal o en caso de reprogramacio- nes de metas propuestas. Asimismo, se señala que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccióndeben ser comunicadas a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha desu aprobación, dando cuenta de lo señalado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE; Que, teniendo en cuenta lo expresado en los consi- derandos precedentes, resulta procedente modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Cuer- po General de Bomberos Voluntarios del Perú para el Año Fiscal 2004, así como, en atención a los dispuesto en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; y con- forme a lo previsto en la Directiva Nº 001-2004-CONSU- CODE/PRE; Que, el objetivo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú es prevenir, controlar y extinguir incendios, así como preservar la vida humana como consecuencia de accidentes u otros acontecimientos; para lo cual, resulta indispensable que la Entidad posea unidades médicas que permitan atender las emergen- cias que se suscitan en estos siniestros; Que, mediante Informe Técnico Nº 001-04/CGBVP- DIMAN, se señala la necesidad urgente de contar con 40 unidades médicas ensambladas en fábrica en su to- talidad, dado que a la fecha, el Cuerpo General de Bom- beros Voluntarios del Perú, cuenta con unidades médi- cas que datan de los años 70 y 80 y que en su gran mayoría han sido donadas por el Gobierno de Japón, Estados Unidos y países europeos, luego de cumplir las mismas en sus lugares de origen su vida útil; en conse- cuencia, se encuentran obsoletas, fuera de servicio y paralizadas debido a la onerosidad en su reparación, lo cual conlleva a tomar medidas inmediatas a fin de que la Entidad pueda cumplir con sus objetivos y funciones propias; Que, asimismo, resulta necesaria la compra de las unidades médicas en el menor tiempo posible, debido al incremento del número de emergencias atendidas sobre todo en los próximos seis (6) meses, dado el aumento de accidentes y emergencias por motivo de las Fiestas Navideñas, Año Nuevo y el Plan Verano (Playas), el cual se encuentra bajo responsabilidad de la Entidad; Que, como consecuencia de la adquisición de las unidades médicas, la Entidad brindaría a la colectividad un servicio de calidad; Que, mediante Informe Legal Nº 002-2004-CGBVP- CN-AL, se señala que la Entidad no ha podido prever la situación extraordinaria de que en la actualidad las po- cas unidades que con limitaciones prestan servicios, se vean sobrepasadas en su capacidad de atender emer- gencias prehospitalarias, puesto que no era previsible el abandono, en la práctica de este servicio por el Ministe- rio de Salud y ESSALUD; así como, los desperfectos mecánicos en unidades de segundo uso, pues no es posible conocer previamente el estado mecánico de vehículos que han cumplido su vida útil en sus países de origen; Que, asimismo, al haberse verificado la imposibilidad de la reparación o la excesiva onerosidad de ésta, en un número importante de unidades médicas, se ha configu- rado el requisito de la ausencia del bien que debe ser suplido de inmediato para satisfacer la función básica y esencial de la Entidad; Que, igualmente, existe relación directa e inmediata entre la ausencia del bien y de las operaciones esencia- les que no pueden ser cubiertas, dado que al no poder contar con las unidades operativas, el servicio se ve recortado, debiendo seleccionar a las emergencias que fácticamente es posible cumplir, postergando otras, si- tuación riesgosa que pone en riesgo inminente y tangible la vida y salud de la población; Que, en consecuencia, la Oficina de Asesoría Jurídi- ca, es de la opinión de adquirir 14 unidades médicas, por exoneración por situación de urgencia, por un monto referencial de S/. 4’297,985.00 (Cuatro Millones Dos- cientos Noventa y Siete Mil Novecientos Ochenta y Cin- co y 00/100 Nuevos Soles); Que, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, con- sidera situación de urgencia, cuando la ausencia ex- traordinaria e imprevisible de determinado bien o servi- cio compromete en forma directa e inminente la continui- dad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, estando ésta facultada a la adquisición o contratación de los bie- nes, servicios u obras, sólo por el tiempo o cantidad