Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2004 (30/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 30 de noviembre de 2004

resolucion se afectara al Mnemonico de la Estructura Funcional Programatica y a la Cadena del Gasto correspondiente al Presupuesto de la Universidad Nacional de Educacion MORDAZA MORDAZA y MORDAZA para el ejercicio presupuestal 2004. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector (e) 21643

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CUERPO GENERAL DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL PERU
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de unidades medicas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 565-2004-CGBVP San MORDAZA, 26 de noviembre del 2004 VISTOS: La Resolucion Jefatural Nº 075-2004-CGBVP, de fecha 30 de enero de 2004, la Resolucion Jefatural Nº 271-2004-CGBVP, de fecha 3 de MORDAZA de 2004, el Oficio Nº 305-2004-CGBVP/OFIPLAN, de fecha 19 de noviembre de 2004, emitido por el Director de Presupuesto y Planificacion, el Informe Tecnico Nº 001-04/CGBVP-DIMAN, de fecha 23 de noviembre de 2004, emitido por la Oficina de Mantenimiento y el Informe Legal Nº 0022004-CGBVP-CN-AJ, de fecha 24 de noviembre de 2004, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 075-2004-CGBVP, se aprobo el MORDAZA Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru para el Ano Fiscal 2004; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 271-2004-CGBVP, se aprobaron las modificaciones al MORDAZA Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru para el Ano Fiscal 2004; Que, mediante Oficio Nº 305-2004-CGBVP/OFIPLAN, el Director de Presupuesto y Planificacion hace de conocimiento que el Ministerio de Economia y Finanzas aprobo la Ampliacion del Calendario de Compromisos del mes de Noviembre por la suma de S/. 4'297,985.00 (Cuatro Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Novecientos Ochenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), para ser destinado a financiar los gastos que demanden la adquisicion de unidades medicas para las companias de bomberos; Que, de conformidad con el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cada Entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, conteniendo los bienes, servicios y obras que se requeriran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido, el cual debe ser aprobado por el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa, segun corresponda; Que, de acuerdo con el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual puede ser modificado de conformidad con la asignacion presupuestal o en caso de reprogramaciones de metas propuestas. Asimismo, se senala que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion deben ser comunicadas a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa - PROMPYME, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de

su aprobacion, dando cuenta de lo senalado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE; Que, teniendo en cuenta lo expresado en los considerandos precedentes, resulta procedente modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru para el Ano Fiscal 2004, asi como, en atencion a los dispuesto en la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE; y conforme a lo previsto en la Directiva Nº 001-2004-CONSUCODE/PRE; Que, el objetivo del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru es prevenir, controlar y extinguir incendios, asi como preservar la MORDAZA humana como consecuencia de accidentes u otros acontecimientos; para lo cual, resulta indispensable que la Entidad posea unidades medicas que permitan atender las emergencias que se suscitan en estos siniestros; Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-04/CGBVPDIMAN, se senala la necesidad urgente de contar con 40 unidades medicas ensambladas en fabrica en su totalidad, dado que a la fecha, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, cuenta con unidades medicas que datan de los anos 70 y 80 y que en su gran mayoria han sido donadas por el Gobierno de Japon, Estados Unidos y paises europeos, luego de cumplir las mismas en sus lugares de origen su MORDAZA util; en consecuencia, se encuentran obsoletas, fuera de servicio y paralizadas debido a la onerosidad en su reparacion, lo cual conlleva a tomar medidas inmediatas a fin de que la Entidad pueda cumplir con sus objetivos y funciones propias; Que, asimismo, resulta necesaria la compra de las unidades medicas en el menor tiempo posible, debido al incremento del numero de emergencias atendidas sobre todo en los proximos seis (6) meses, dado el aumento de accidentes y emergencias por motivo de las MORDAZA Navidenas, Ano MORDAZA y el Plan MORDAZA (Playas), el cual se encuentra bajo responsabilidad de la Entidad; Que, como consecuencia de la adquisicion de las unidades medicas, la Entidad brindaria a la colectividad un servicio de calidad; Que, mediante Informe Legal Nº 002-2004-CGBVPCN-AL, se senala que la Entidad no ha podido prever la situacion extraordinaria de que en la actualidad las pocas unidades que con limitaciones prestan servicios, se vean sobrepasadas en su capacidad de atender emergencias prehospitalarias, puesto que no era previsible el abandono, en la practica de este servicio por el Ministerio de Salud y ESSALUD; asi como, los desperfectos mecanicos en unidades de MORDAZA uso, pues no es posible conocer previamente el estado mecanico de vehiculos que han cumplido su MORDAZA util en sus paises de origen; Que, asimismo, al haberse verificado la imposibilidad de la reparacion o la excesiva onerosidad de esta, en un numero importante de unidades medicas, se ha configurado el requisito de la ausencia del bien que debe ser suplido de inmediato para satisfacer la funcion basica y esencial de la Entidad; Que, igualmente, existe relacion directa e inmediata entre la ausencia del bien y de las operaciones esenciales que no pueden ser cubiertas, dado que al no poder contar con las unidades operativas, el servicio se ve recortado, debiendo seleccionar a las emergencias que facticamente es posible cumplir, postergando otras, situacion riesgosa que pone en riesgo inminente y tangible la MORDAZA y salud de la poblacion; Que, en consecuencia, la Oficina de Asesoria Juridica, es de la opinion de adquirir 14 unidades medicas, por exoneracion por situacion de urgencia, por un monto referencial de S/. 4'297,985.00 (Cuatro Millones Doscientos Noventa y Siete Mil Novecientos Ochenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles); Que, el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, considera situacion de urgencia, cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, estando esta facultada a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras, solo por el tiempo o cantidad

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