Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2004 (07/10/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 7 de octubre de 2004

NORMAS LEGALES

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VISTA: La solicitud de imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision de 10 kV Derivacion MORDAZA MORDAZA que parte del poste P91 de la linea de transmision de 10kV CatacaosCucungara-Chato Chico, hasta el poste P10, presentada por ELECTRONOROESTE S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00110544 del Registro de Personas Juridicas de Piura; CONSIDERANDO: Que, ELECTRONOROESTE S.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la linea de transmision de 10 kV Derivacion MORDAZA MORDAZA que parte del poste P857 de la linea de transmision de 10kV Catacaos-Cucungara-Chato Chico, hasta el poste P868, en merito de la Resolucion Suprema Nº 106-99-EM, publicada el 6 de agosto de 1999, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de dicha linea, ubicada en el distrito de Cura MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 21144303; Que, con fecha 22 de MORDAZA de 2004, mediante documento ingresado bajo el Registro Nº 1463890, el concesionario informo que ha procedido a efectuar el cambio de numeracion de los postes, teniendo como resultado, que a los mencionados postes P857 y P868, ahora les corresponde la numeracion P91 y P10, respectivamente; Que, el articulo 112º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, dispone que el derecho de imponer una servidumbre al MORDAZA de la citada Ley, obliga a indemnizar el perjuicio que MORDAZA cause y a pagar por el uso del bien gravado; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, el concesionario ha compensado a los propietarios particulares de los predios afectados por las servidumbres a que se refiere la presente Resolucion; Que, asimismo, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del articulo 109º de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados a utilizar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones, siendo de aplicacion esta MORDAZA al predio de propiedad municipal sobre el que tambien pasa un tramo de la referida linea de transmision; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 107-2004-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de transmision de la que es titular ELECTRONOROESTE S.A., las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision de 10 kV Derivacion MORDAZA MORDAZA que parte del poste P91 de la linea de transmision de 10kV Catacaos-Cucungara-Chato Chico, hasta el poste P10, ubicada en el distrito de Cura MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Cod. Exp. Inicio y llegada de la linea electrica Nivel de N° de Longitud Ancho de tension ternas (km) la faja ( kV ) (m) 01 0,60 6

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTRONOROESTE S.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTRONOROESTE S.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por las servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 16276

JUSTICIA
Designan representantes del Estado Peruano ante el Comite de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion
RESOLUCION SUPREMA Nº 228-2004-JUS MORDAZA, 6 de octubre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 064-2004JUS, se designo en calidad de Viceministro de Justicia al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Estado Peruano ante el Comite de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Convencion Interamer icana contra la Corrupcion (CICC); Que, mediante Resolucion Suprema Nº 194-2004JUS se acepto la renuncia al cargo de Viceministro de Justicia al senor doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARROYO; Que, resulta necesario designar al representante del Estado Peruano ante el Comite de Expertos, quien sera responsable del analisis tecnico de la implementacion de la Convencion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y en la Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MACCHIAVELLO CASABONNE, en calidad de Viceministra de Justicia, como representante titular del Estado Peruano ante el Comite de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion (CICC). Articulo 2º.- Designar al senor abogado LOREZO MORDAZA VON MAACK, Presidente del Consejo de Defensa Judicial del Estado, como representante alterno del Estado Peruano ante el Comite de Expertos del Mecanismo de Seguimiento de la Convencion Interamericana contra la Corrupcion (CICC). Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera

21144303 Derivacion MORDAZA MORDAZA 10 (que parte del poste P91de la linea de transmision de 10kV Catacaos-CucungaraChato Chico, hasta el poste P10)

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