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PÆg. 277831 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de octubre de 2004 Que, mediante Resolución Ministerial Nº 490-2004-EF/ 10 se ha designado a la Agencia de Promoción de la Inver-sión Privada - PROINVERSIÓN a fin que, en representa-ción del Estado Peruano, participe como fideicomitente enlos fideicomisos que sean constituidos bajo el marco delDecreto de Urgencia Nº 009-2004; Que, es necesario establecer disposiciones reglamenta- rias al Decreto de Urgencia Nº 009-2004, para efectos deimplementar la constitución de los fideicomisos antes indi-cados; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, por el Decreto de Urgencia Nº 009-2004 y por el Decreto Legis- lativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA:Artículo 1º.- Registro presupuestal En el marco de lo dispuesto en el segundo párrafo del Decreto de Urgencia Nº 009-2004, los recursos a ser des-tinados para la constitución de los fideicomisos a que hacereferencia el citado Decreto de Urgencia, serán incorpora-dos en el presupuesto de PROINVERSIÓN en la fuente definanciamiento 13. "Donaciones y Transferencias", para lue- go ser transferidos financieramente por dicha entidad al fideicomiso respectivo, registrando tal transferencia en elgrupo genérico de gasto 7. "Otros Gastos de Capital". Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 18086 Autorizan viaje de profesionales de la SUNAT a los Estados Unidos Mexicanos,en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 114-2004-EF Lima, 6 de octubre de 2004 Visto el Oficio Nº 394-2004-SUNAT/1A00000, de fecha 23 de setiembre de 2004 de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT-, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, la SUNAT, de acuerdo a su Reglamento de Orga- nización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº115-2002-PCM, tiene como finalidad, entre otras, adminis-trar y controlar el tráfico internacional de mercancías den-tro del territorio aduanero y recaudar los tributos aplicablesconforme a Ley, así como facilitar las actividades aduane- ras de comercio exterior e inspeccionar el tráfico interna- cional de personas y medios de transporte, desarrollandolas acciones necesarias para prevenir y reprimir la comi-sión de delitos aduaneros; Que, para el adecuado cumplimiento de tales funciones, la SUNAT requiere contar con el debido soporte de equipos de alta tecnología que apoyen el sistema de riesgo institucio- nal, a fin de facilitar el control aduanero, así como adiestrar enel funcionamiento de los mismos a sus profesionales; Que, las nuevas tendencias en las organizaciones adua- neras, que buscan facilitar el comercio exterior sin descui-dar su labor de control, se están orientando al uso de tec- nologías de inspección no intrusiva de carga, siendo nece- sario que la aduana peruana se adecue a estas corrientes,a fin de mantener el liderazgo tecnológico que siempre laha caracterizado; por lo que es de interés de la SUNAT, que su personal realice una visita a administraciones adua-neras donde estas herramientas estén incorporadas en losprocesos de control y despacho de mercancías; Que, a nivel de Latinoamérica, la aduana mexicana es la que más avances ha alcanzado en la utilización de esta tecnología, por lo que el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas de la SUNAT, mediante Oficio Nº 352-2004-SUNAT/300000, solicitó al Director General de Aduanasdel Servicio de Administración Tributaria de México quepermitiera a algunos trabajadores de la SUNAT visitar di-cha administración aduanera; Que, mediante Carta de fecha 8 de setiembre de 2004, el Administrador de Asuntos Aduaneros Internacional delServicio de Administración Tributaria de México, informaque no existe objeción alguna para recibir una delegacióndel Perú para visitar las Aduanas Mexicanas de Veracruz,Nueva Laredo y Tijuana; Que, en tal sentido, se estima pertinente autorizar el viaje de dos profesionales de la SUNAT, para que viajen encomisión de servicios a las citadas Aduanas, cuyos gas-tos serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la Super-intendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servi- cios del señor Jaime Eduardo Mosquera Grados, Oficialde Aduanas de la División de Investigaciones de la Inten-dencia de Prevención del Contrabando y Control Fronteri-zo y de la señora Hilda Ysaura Vera Terrones, Jefe de laOficina de Oficiales de la Intendencia de Aduana Marítima del Callao, a la ciudad de México, Estados Unidos Mexica- nos del 10 al 17 de octubre de 2004, para los fines expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, serán con cargo al Presu-puesto de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT-, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jaime Eduardo Mosquera GradosPasajes : US$ 1 461,82 Viáticos : US$ 1 540,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 2 8,24 Señora Hilda Ysaura Vera TerronesPasajes : US$ 1 461,82 Viáticos : US$ 1 540,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 2 8,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país la servidora cuyo viaje se autoriza,deberá presentar a la Institución un informe detallado des-cribiendo las acciones realizadas y los resultados obteni- dos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual-quier clase o denominación a favor de los profesionalescuyos viajes se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros ypor el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 18087