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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (07/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 277844 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de octubre de 2004 blica del Perú y la República de Argentina" , suscrito en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, el 11de junio de 2004, para los efectos a que se contraen losartículos 56º inciso 1) y 102º inciso 3) de la ConstituciónPolítica del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 18090 Remiten al Congreso de la Repœblica la documentación referente al "Tratado deExtradición entre la Repœblica del Perœy la Repœblica de Corea" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 274-2004-RE Lima, 5 de octubre de 2004Remítase al Congreso de la República la documenta- ción referente al "Tratado de Extradición entre la Re- pública del Perú y la República de Corea", suscrito en la ciudad de Lima, República del Perú, el 5 de diciembre de 2003, para los efectos a que se contraen los artículos56º inciso 1 y 102º inciso 3, de la Constitución Política delPerú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 18091 Remiten al Congreso de la Repœblica la documentación referente al "Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles,Inhumanos o Degradantes" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 275-2004-RE Lima, 5 de octubre de 2004 Remítase al Congreso de la República la documenta- ción referente al "Protocolo Facultativo de la Con- vención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crue-les, Inhumnanos o Degradantes", adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 18 de di-ciembre de 2002, para los efectos a que se contraen los artículos 56º inciso 1 y 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 18092Remiten al Congreso de la Repœblica la documentación referente al "Convenioentre el Gobierno de la Repœblia delPerœ y el Gobierno de la Federación de Rusia sobre la Cooperación TØcnico- Militar" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 276-2004-RE Lima, 5 de octubre de 2004 Remítase al Congreso de la República la documenta- ción referente al "Convenio Entre el Gobierno de la República del Perú y El Gobierno de la Federación de Rusia Sobre la Cooperación Técnico-Militar", sus- crito el 13 de abril de 2004, en la ciudad de Lima, Re-pública del Perú, para los efectos a que se contraen elartículo 56º inciso 3 y último párrafo, y el artículo 102ºinciso 3 de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 18093 Remiten al Congreso de la Repœblica la documentación referente a la "Medida 1(2003): Secretaría del Tratado AntÆrtico" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 277-2004-RE Lima, 5 de octubre de 2004 Remítase al Congreso de la República la documenta- ción referente a la "Medida 1 (2003): Secretaría del Tra- tado Antártico", adoptada en la XXVI Reunión Consul- tiva del Tratado Antártico (RCTA) celebrada en Madrid, Reino de España, entre el 9 y 20 de junio del 2003 paralos efectos a que se contraen el artículo 56º inciso 4 y elartículo 102º inciso 3 de la Constitución Política del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 18094 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perœ en el ReinoUnido de Gran Bretaæa e Irlanda delNorte RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 278-2004-RE Lima, 6 de octubre de 2004 CONSIDERANDO:De conformidad con el inciso 12) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajado-res y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Con-sejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso;